JUICIO DE AMPARO 902/2017-IV
En diecinueve de mayo de dos mil diecisiete, San Andrés
Cholula, Puebla, quince de mayo de dos mil diecisiete.
Agréguese a los autos el escrito de
cuenta, visto su contenido, téngase a los terceros interesados SILVIA CARRANZA
MONTIEL y DAVID GONZÁLEZ FLORES, apersonándose dentro del presente juicio de
amparo, señalando domicilio para recibir sus notificaciones y autorizando en
términos del artículo 12 de la Ley de Amparo, a VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, quien
se encuentra debidamente registrado en el Sistema Computarizado para el
Registro Único de Profesionales del Derecho, ante los Tribunales de Circuito y
Juzgados de Distrito; y únicamente para oír y recibir notificaciones a JANET
CRUZ LEÓN.
Asimismo, con fundamento en el artículo
124 de la Ley de Amparo, se tienen por formulados los alegatos que hace valer,
los que serán tomados en consideración en el momento procesal oportuno. Por
otra parte, dígase que mediante auto de quince de mayo del año en curso, se
corrió traslado con copia de la demanda de amparo interpuesta por la quejosa REMEDIOS
DELGADO VALERO, al Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a este
Juzgado, en términos de lo dispuesto por la fracción IV del artículo 5 de la
Ley de Amparo, pues la Institución del Ministerio Público Federal, en
representación de la sociedad, es parte en los juicios de amparo. Finalmente,
por lo que hace a la petición de que se niegue la suspensión definitiva, dígase
que deberá solicitarlo dentro del incidente de suspensión del que deriva el
presente juicio de amparo, pues se llevan por cuerda separada.
NOTIFÍQUESE.
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