CIUDADANO JUEZ
ESPECIALIZADO EN MATERIA CIVIL EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA,
PUEBLA.
MODESTA MORAN GARCIA, promoviendo por mi propio derecho, señalando como mi
domicilio particular el ubicado en PRIVADA ZARAGOZA SIN NÚMERO DE SAN PABLO
XOCHIMEHUACAN DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, señalando como domicilio para
recibir todo tipo de notificaciones que por ley me correspondan la PRIVADA
TREINTA Y DOS A NORTE SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA
CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA nombrando como Abogados Patronos al Licenciado VÍCTOR
HUGO MÍAZ SERRANO, quien cuenta con título profesional de Abogado registrado
ante el Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla, bajo la parida
280, foja 70 vuelta, libro XIV, y, a la Licenciada JANETH CRUZ LEÓN, quien
cuenta con título profesional de abogada registrado ante el Tribunal superior
de Justicia en el Estado, bajo la partida 697, foja 175
frente, del Tomo I; ambos con domicilio particular en
PRIVADA TREINTA Y DOS A NORTE SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA COLONIA
RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA; ante Usted de la manera más
atenta y respetuosa comparezco y expongo:
Que,
por medio del presente ocurso, vengo a interponer formal demanda de
INMATRICULACIÓN JUDICIAL en contra del ciudadano REGISTRADOR PUBLICO DE LA
PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA, a quien
le señalo como domicilio para ser notificado el ubicado en SIETE NORTE NUMERO
MIL SEIS DEL CENTRO HISTÓRICO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, de quien reclamo
las siguientes:
P R E S T A C I O N E S:
A).-
La inscripción por declaración judicial ante el Registro Público de la
Propiedad y del Comercio de este Distrito Judicial, del Contrato de compraventa
respecto al bien inmueble objeto del presente procedimiento judicial.
B).-
Como consecuencia jurídica se ordene al Registrador Publico de la Propiedad y
del Comercio de este Distrito Judicial, abrirle partida en el libro
correspondiente al bien inmueble en cita.
H E C H O S:
1.-
Soy propietaria del bien inmueble sito en PRIVADA ZARAGOZA SIN NÚMERO DE SAN
PABLO XOCHIMEHUACAN DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, con las siguientes medidas
y colindancias:
AL
NORTE MIDE: 19.40 METROS Y COLINDA CON PROPIEDAD DEL SEÑOR PIOQUINTO TITLA;
AL
SUR MIDE: 19.40 METROS Y COLINDA CON PROPIEDAD DEL SEÑOR GUSTAVO GÓMEZ SÁNCHEZ;
AL
ORIENTE MIDE: 16.60 METROS Y COLINDA CON PROPIEDAD DEL SEÑOR PIOQUINTO SANCHEZ
Y
AL
PONIENTE MIDE: 16.60 METROS Y COLINDA CON PRIVADA ZARAGOZA. BIEN INMUEBLE QUE
CUENTA CON UNA SUPERFICIE TOTAL DE 332.04 METROS CUADRADOS, tal y como lo
acredito con las copias certificadas del Contrato de Compraventa en sus cláusulas
PRIMERA y SEGUNDA que para tal efecto exhibo.
2.-
El bien inmueble descrito en el punto inmediato anterior, lo adquirí de los
señores FRANCISCA BETANZOS YAHUITL también conocida FRANCISCA BETANZOS LLAHUTL y
MARCELO MONTES ZENTLE, mediante contrato que celebramos con fecha nueve de
enero de mil novecientos ochenta y ocho y ratificado ante notario con fecha uno
de diciembre de dos mil cuatro. Tal y como consta en la ratificación hecha ante
el licenciado RAFAEL GUTIÉRREZ RUIZ, notario auxiliar de la notaria publica
numero treinta y uno de la que es titular el Licenciado RAFAEL GUTIÉRREZ
MARTÍNEZ, en ejercicio de los del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, mismo que
se exhibe. Tal y como se desprende del contrato que se exhibe.
3.-
La propiedad del bien inmueble objeto de la presente inmatriculación la acreditaron
mis vendedores a través de minuta de compraventa que realizaron con el señor
ROBERTO GODÍNEZ MAURICIO ante el Juez Menor de Paz de San Pablo Xochimehuacan,
Puebla con fecha veinte de octubre de mil novecientos ochenta y siete y quien a
su vez lo adquirió del señor PIOQUINTO HERRAN TITLA mediante minuta de
compraventa con fecha nueve de febrero de mil novecientos ochenta y cinco. Tal
y como consta en la cláusula SEGUNDA del contrato que se anexa.
4.-
Tal y como lo he mencionado el bien inmueble del cual se solicita su
inmatriculación carece de antecedentes registrales, lo cual lo demuestro con el
CERTIFICADO DE NO INSCRIPCIÓN expedido por el ciudadano Registrador Publico y
del Comercio del Distrito Judicial de Puebla, Puebla.
D E R E C H O:
I.-
DE LA COMPETENCIA. Atendiendo a lo dispuesto por el artículo 108 del Código de
Procedimientos Civiles en el Estado de Puebla.
II.-
DEL INTERÉS JURÍDICO.- Con fundamento en lo dispuesto por los diversos 99
Fracción II y 101 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el
Estado.
III.-
DE LA CAPACIDAD.- La ocursante tiene aptitud jurídica para comparecer al
presente Juicio en Términos a los documentos exhibidos. Lo anterior
atendiendo a lo dispuesto por el numeral 102 del Código de Procedimientos
Civiles en el Estadio de Puebla.
IV.-
DE LA PERSONALIDAD.- Se me reconozca personalidad, para promover, el presente
Juicio en términos a los documentos exhibidos. Lo anterior atendiendo a lo
dispuesto por el numeral 103 del Código de Procedimientos Civiles vigente
en el Estado.
V.-
DE LA LEGITIMACIÓN ACTIVA.- La misma se encuentra plenamente acreditada dentro
de autos, dada la aptitud que le asiste a la parte actora, para hacer valer el
derecho cuestionado en su calidad de titular del mismo, tal y como lo previene
el artículo 104 del Código de Procedimientos vigentes en el Estado.
VI.-
LA DEMANDA ES VÁLIDA.- Porque cumple con los requisitos que establece la Ley y
permite se establezca la relación jurídica procesal entre las
partes y esta autoridad, cumpliendo con lo dispuesto por el artículo 105
del Código de Procedimientos Civiles del estado.
VII.-
EL PROCEDIMIENTO. Lo rigen los artículos 145, 146, 147, 148, 150 y demás
relativos aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado
de Puebla.
VIII.-
DEL FONDO.- Son aplicables los diversos 93, 94, 95, 96 y demás aplicables de la
Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio para el Estado.
P R U E B A S:
1.-
LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente las copias certificadas del contrato entre los
señores FRANCISCA BETANZOS YAHUITL también conocida FRANCISCA BETANZOS LLAHUTL y
MARCELO MONTES ZENTLE, y la suscrita,
ratificado ante notario con fecha uno de diciembre de dos mil cuatro. Tal y
como consta en la ratificación hecha ante el licenciado RAFAEL GUTIÉRREZ RUIZ,
notario auxiliar de la notaria publica numero treinta y uno de la que es
titular el Licenciado RAFAEL GUTIÉRREZ MARTÍNEZ, en ejercicio de los del
Distrito Judicial de Puebla, Puebla,
2.-
LA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en el CERTIFICADO DE NO INSCRIPCIÓN,
expedido por al Registrador Publico de la Propiedad del Distrito Judicial de
Puebla, Puebla. Prueba con la cual pretendo demostrar que es procedente la inscripción
debido a que no tiene antecedentes registrales, misma que relaciono con todos y
cada uno de los puntos de hechos del presente.
3.-
LA DOCUMENTAL PUBLICA ACTUACIONES.- Misma que hago consistir en todas y cada una
de las constancias que integran el presente expediente, principalmente aquellas
que a beneficio del suscrito favorezcan; prueba con la cual demostraré que es
procedente la inmatriculación del inmueble objeto del presente Juicio, debido a
que no tiene antecedentes registrales, misma que relaciono con todos y cada uno
de los puntos de hechos del presente.
4.-
LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- Prueba
que se hace consistir en los razonamientos lógicos jurídicos que se formulen
para arribar al conocimiento de la verdad real, partiendo de una presuncional
legal para llegar a la verdad que se busca, misma que se basa en el artículo 37
de la Ley del Registro Público de la Propiedad del Estado de Puebla:
Artículo
37.- La primera inscripción de cada inmueble en el Registro será de dominio. El
titular de cada derecho real impuesto sobre un inmueble cuyo dueño no hubiera
inscrito su dominio, podrá solicitar judicialmente la inscripción de este y la
de su derecho, debiendo acreditar el dominio de su causante.
La
humana, misma que se ofrece partiendo de un hecho conocido para averiguar la
verdad de uno desconocido, tendiente a demostrar que es necesaria la inmatriculación
del inmueble objeto del presente juicio ya que con el CERTIFICADO DE NO
INSCRIPCIÓN que se adjunta, y la acreditación del dominio de mi causante, por
lo cual es procedente su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad
en los términos solicitados.
P E T I C I O N E S:
PRIMERO.
Tenerme por presentado en la forma y términos del presente escrito,
interponiendo juicio de inmatriculación en contra del Registrador Publico de la
Propiedad y del Comercio en el Estado de Puebla.
SEGUNDO.-
Tenerme por señalado domicilio para recibir todo tipo de notificaciones y por
nombrado como Abogado Patrono al profesionista que se indica así como
autorizando a la profesionista mencionada.
TERCERO.-
Se ordene el emplazamiento al ciudadano Registrador Publico de la Propiedad y
del Comercio de este Distrito Judicial para que alegue lo que a su interés
convenga.
CUARTO.-
Se dicte la sentencia definitiva en la cual se condene a mi demandado al
cumplimiento de las prestaciones reclamadas.
PROTESTO A USTED MIS RESPETOS
HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, CATORCE DE DICIEMBRE DE
DOS MIL DIECIOCHO
MODESTA MORAN GARCIA
VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO
JANET CRUZ LEÓN
ABOGADA PATRONA
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