NÚM. DE EXPEDIENTE: 146/2018
FECHA DEL AUTO: 26/03/2018
FECHA DE PUBLICACIÓN: 27/03/2018
SÍNTESIS:
San Andrés Cholula, Puebla, veintiséis
de marzo de dos mil dieciocho. Con fundamento en los artículos 219, 220 y 221
del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley
de Amparo, según su artículo 2°, agréguese a los autos el escrito de cuenta,
signado por VÍCTOR
HUGO MÍAZ SERRANO; visto su contenido, así como el estado de
autos, se advierte que mediante escrito presentado el quince de marzo de dos
mil dieciocho [foja 54 a 59], los apoderados de la tercera interesada
manifestaron su deseo de autorizar en términos amplios del artículo 12 de la
Ley de Amparo al ocursante, y en virtud de que mediante el escrito de cuenta
precisa los datos de registro de su cédula profesional ante el Sistema
Computarizado para el Registro Único de Profesionales del Derecho, ante los
órganos jurisdiccionales del Consejo de la Judicatura Federal, a fin de evitar
mayores dilaciones procesales, se tiene al ocursante como autorizado de la
tercera interesada MARÍA AGUILAR AGUILAR, en términos amplios del
artículo 12 de la Ley de Amparo.
NOTIFÍQUESE.
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