HONORABLE CIUDADANO JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO DEL
DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA
FRANCISCO
MORALES LÓPEZ, por mi propio derecho y con domicilio particular el ubicado en
avenida dieciocho sur, numero mil trescientos ocho de la colonia Santiago de
esta ciudad capital, PRIVADA TREINTA Y DOS “A” NORTE SEISCIENTOS DIECISIETE DE
LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, nombrando como mi abogado
patrono, al abogado VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, quien firma al calce de la
presente en señal de aceptación del cargo conferido, con cédula profesional
numero 5381143 bajo la partida 280 a fojas 76 vuelta frente del libro XIV,
debidamente registrada en este Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado
de Puebla, con domicilio particular en PRIVADA TREINTA Y DOS “A” NORTE
SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA,
autorizando en término amplio para que en mi nombre y representación las reciba
y revise mi expediente al abogado VÍCTOR MANUEL MORALES ROJAS, ante usted con
el debido respeto, comparezco y expongo:
Que
por medio del presente escrito y anexos que lo acompañan, y por la vía
privilegiada, vengo a promover procedimiento de visita y convivencia, en contra
de la señora LUZ PÉREZ GONZÁLEZ quien tiene su domicilio en prolongación de
la doce sur número diez mil ciento cuarenta y tres casa trece, del
fraccionamiento rincón del mayorazgo, en esta ciudad de Puebla, mismo que señalo
para todos los efectos legales, y a quien le reclamo las siguientes:
PRESTACIONES
ÚNICO.-
El derecho de visita y convivencia para poder convivir con mi menor hijo de
nueve años y de nombre FRANCISCO MORALES PÉREZ, los fines de semana recogiéndolo
donde me indique mi ex esposa, los viernes a las cinco de la tarde y entregándoselo
en el mismo domicilio los domingos a las ocho de la noche, así mismo tenerlo la
mitad de los periodos vacacionales así como la mitad de los días festivos
señalados en el calendario anual.
Fundo
la presente al tenor de los siguientes puntos de hechos y orden legal:
HECHOS:
1.-
Con fecha quince de abril del dos mil catorce, me divorcie de la señora LUZ PÉREZ GONZÁLEZ y en el punto cuarto de la sentencia de divorcio, el Juez deja
expeditos mis derechos para hacerlos valer en la vía y forma legal procedente,
respecto a la visita con mi menor hijo de nombre FRANCISCO MORALES PÉREZ.
2.-
Con fecha veintitrés de septiembre del dos mil quince, se me notifico la
sentencia definitiva del juicio de alimentos interpuesto en mi contra por mi
ex consorte, en el que en su cláusula cuarta se confirma la pensión que le he
estado dando desde hace cuatro años siete meses, que es del treinta por ciento
del salario y demás prestaciones que percibo.
3.-
No obstante que nunca he dejado de pagar la pensión que me fijo la juez de la
causa, pues me descuentan directamente en mi trabajo ya que soy empleado del
sector salud, la señora de deja ver a mi hijo cuando quiere o me castiga sin
que lo pueda ver si no acceso a sus chantajes y a partir de la generosa pensión
que le doy, todavía me pide más dinero disque para ropa y es el caso que tiene
cuatro meses que no me deja ver a mi hijo amenazándome que si le quito la pensión
(que no le corresponde por que trabaja, pues tiene dos puestos ambulantes que
pone en los tianguis, dos autos y casa propia) se llevara a mi hijo a monterrey
y es por esto que me veo obligado a proceder conforme a derecho en la vía y
forma propuesta.
DERECHO:
I.-
ES USTED COMPETENTE ciudadano juez de lo familiar en turno, para conocer del
presente juicio de visita y convivencia, de acuerdo a lo establecido por los artículos
106, 107, 108, del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla y
40 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en el Estado.
II.-
MI PERSONALIDAD se encuentra debidamente acreditada conforme a lo dispuesto por
el artículo 103 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.
III.-
EN CUANTO AL FONDO del asunto lo rigen los artículos 291 fracciones I, II, III
Y IV, 635, 637 y demás relativos y aplicables al Código Civil del Estado.
IV.-
RIGEN EL PROCEDIMIENTO los artículos 679, 682, 683 fracciones VII, IX,
684, fracciones I, III, IV, VI, VII,
685, 687 y demás relativos y aplicables al código adjetivo civil.
PRUEBAS:
I.- LA DOCUMENTAL
PRIVADA.- consistente en el último recibo original de cobro de mi salario
quincenal. Con esta probanza compruebo que se me está descontando el treinta
por ciento de mi salario y prestaciones por concepto de pensión alimenticia y
tiene por objeto demostrar a su señoría, que jamás me he desentendido de las
necesidades de mi menor hijo. Y se relaciona con los puntos 2 y 3 del capítulo
de hechos.
II.- LA DOCUMENTAL
PÚBLICA.- consistente en la copia certificada de la sentencia del juicio de
alimentos entablada en mi contra, de fecha catorce de septiembre del dos mil
quince con número de expediente 277/2011, la cual se me notifico el día veintitrés
de septiembre del mismo año. Con esta probanza compruebo mi dicho manifestando
en el inciso anterior marcado como a) y tiene por objeto demostrar a su señoría,
que desde el mes de abril de dos mil once, se me descontó el treinta por ciento
como primer pago de la pensión alimenticia provisional y así subsecuentemente
hasta la fecha, por lo que no entiendo el por qué no me deja convivir con mi
menor hijo y se relaciona con los puntos 2 y 3 del capítulo de hechos.
III.- La Documental
Pública.- consistente en la copia certificada de la sentencia de divorcio
necesario de fecha quince de abril del dos mil catorce. Con esta probanza
compruebo que no existe vínculo matrimonial entre la demandada y el suscrito y
tiene por objeto demostrar a su señoría, que el juez sexto de lo familiar que conoció
del divorcio necesario promovido por mi dentro del expediente número 217/2011,
en el punto cuarto de la sentencia, deja a salvo mis derechos para promover por
la vía y forma legal lo conducente, para la visita y convivencia con mi menor
hijo. Y se relaciona con el punto número 1 del capítulo de hechos.
Por lo anteriormente expuesto y fundado,
ante usted su señoría respetuosamente pido:
PRIMERO.-
Tenerme por presentado con este escrito y anexos que lo acompañan, promoviendo
por la vía privilegiada, procedimiento de visita y convivencia en contra de la señora LUZ PÉREZ GONZÁLEZ.
SEGUNDO.-
Tenerme ofreciendo de mi parte, las
probanzas que he dejado debidamente mencionadas en el capítulo correspondiente
del presente escrito y en su oportunidad concederles pleno valor probatorio.
TERCERO.- Se elabore el convenio de
visita y convivencia para su firma.
CUARTO.-
Se le de vista al ministerio público adscrito para que manifieste lo que a su
derecho le corresponda.
QUINTO.-
Una vez admitida la presente se fije día y hora para la celebración de la
audiencia de ley, para el desahogo de pruebas, presentación de alegatos y su señoría
dicte la resolución correspondiente.
PROTESTO MIS RESPETOS
HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, ONCE DE NOVIEMBRE DE
DOS MIL QUINCE.
FRANCISCO MORALES LÓPEZ
VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO
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