lunes, 21 de septiembre de 2020

ACUERDO QUE TIENE POR NOTIFICADA LA INTERPOSICION DE REVISION

 

En ocho del mes de mayo del año dos mil diecinueve, doy cuenta con el oficio número 1070/2019 del SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, Y ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA, presentado en este juzgado el día siete de mayo de dos mil diecinueve, y el oficio número 1393/2019 de la ACTUARIA JUDICIAL DEL TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO presentado el día seis de mayo del año en curso, para dictar su acuerdo correspondientes. CONSTE.

 

EXP. NÚM. 350/2016

 

Ciudad Judicial Puebla, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil diecinueve. Agréguese a sus autos los oficios con los que se da cuenta del SECRETARIO DEL JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA, el primero de ellos de fecha veintinueve de abril del dos mil diecinueve, y presentado en este Juzgado el día uno de abril mismo mes y año, y el segundo de los oficios de fecha tres de mayo y presentado el seis del mismo mes y año, para que surtan sus efectos legales procedentes, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley de Amparo, se acuerda; por lo que hace al primero de los oficios téngase a la autoridad federal comunicando que la Quejosa interpuso recurso de revisión en contra de la sentencia dictada dentro del juicio de amparo número 903/2017 Por lo que hace al segundo de los oficios téngase a la autoridad federal comunicando que, se admitió recurso de revisión dentro del juicio de amparo número 903/2017 radicándose bajo el número R-287/2018. Lo que esta autoridad toma de su conocimiento para los efectos legales correspondientes.

 

NOTIFÍQUESE.

 

Así lo proveyó y firma el Ciudadano Licenciado JULIO VARGAS DOMÍNGUEZ Juez Primero Especializado en Materia Civil del Distrito Judicial de Puebla y Especializado en Extinción de Dominio, ante el Licenciado JORGE JAVIER COETO ROMANO Secretario de Acuerdos que Autoriza. DOY FE. Exp. Núm. 350/2016 Am. Núm. 903/2017 jhrr


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