EXP.
1484/2019
CIUDADANO JUEZ
DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEPEACA, PUEBLA.
ROBERTO
VÁZQUEZ RAMOS, promoviendo por mi propio derecho, con la personalidad que
tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco
y expongo:
Que,
por medio del presente escrito, vengo a dar contestación al requerimiento que
se me hace mediante acuerdo de fecha dieciocho de octubre de dos mil
diecinueve, notificado al suscrito con fecha trece de noviembre de dos mil
diecinueve, en el sentido de exhibir los documentos que acrediten de acuerdo al
artículo 770 fracción IV del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de
Puebla:
IV.-
Documentos, testimonios o copias certificadas que justifiquen la propiedad de
los bienes que se atribuyen al autor de la herencia, siempre que la Ley
establezca que el dominio de esos bienes en esta forma.
En
atención a lo anterior, manifiesto bajo protesta de decir verdad que, los
bienes a nombre de mis difuntos padres están siendo ocultados, dilapidados y
puestos a nombre de terceras personas e incluso de los propios herederos. Si
bien, el artículo 770 en su fracción IV, del Código Procedimental en la
Materia, preceptúa lo ya transcrito, no menos cierto es que, el numeral 764 del
cuerpo de leyes lo siguiente:
Artículo
764.- Mientras no se presenten los presuntos herederos o legatarios, el Juez
con audiencia del Ministerio Publico, a petición de cualquier interesado,
dictará las medidas necesarias para asegurar los bienes de la sucesión:
III.-
Cuando haya peligro de que se oculten o dilapiden los bienes.
En
este contexto, se han ocultado los documentos de los diversos bienes ya que al
parecer mis difuntos padres no los inscribieron en el Registro Publico de la
Propiedad de la adscripción. He tratado de solicitar constancias de posesión de
los bienes de mis extintos padres pero las autoridades administrativas me han
contestado que es menester exista la denuncia del intestamentario y el
nombramiento de Albacea Provisional para que se puedan solicitar las
documentales correspondientes para acreditar la posesión y regularización de
los mismos.
Finalmente,
exhibo la documental que acredita la propiedad del bien con que se inicie el
intestado pues, no hay obstáculo legal o material para que se inicie el
presente procedimiento, se aseguren los bienes, se inicien las correspondientes
acciones legales para asegura los bienes y las correspondientes para recuperar
los que se hayan ocultado o dilapidado. Lo anterior tiene su fundamento, en lo
preceptuado en los artículos 19, 20, 22, 25 y 764 del Código de Procedimientos
Civiles para el estado de Puebla.
Por
lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente, solicito:
PRIMERO.-
Se me tenga por presentado en tiempo y forma legal el presente escrito
exhibiendo la documental de mérito.
SEGUNDO.-
Se acuerde de conformidad legal el presente escrito fundando y motivando el
mismo y en consecuencia, se inicie el procedimiento solicitado.
TERCERO.-
Se brinde al suscrito todo el apoyo para asegurar los bienes a nombre de los De
Cujus.
PROTESTO A USTED MI RESPETO
TEPEACA DE NEGRETE, VEINTIDÓS DE NOVIEMBRE DE DOS MIL
DIECINUEVE
ROBERTO VÁZQUEZ RAMOS
VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO
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