miércoles, 3 de julio de 2013

ESCRITO OFRECIENDO PRUEBAS EN AMPARO


AMPARO 747/13

AUDIENCIA CONSTITUCIONAL:

FECHA: 15/07/2013

HORA: 10:50 HORAS


CIUDADANO JUEZ SEGUNDO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA.





VICTOR HUGO MIAZ SERRANO, promoviendo con el carácter de autorizado en términos amplios de acuerdo a la ley de Amparo, personalidad que tengo debidamente acreditada en autos ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, por medio del presente ocurso, dentro de la Audiencia Constitucional, señalada dentro del presente Juicio de Garantías, vengo a ofrecer las siguientes:

                                              P R U E B A S:

1.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en el Contrato de Compraventa en copia certificada firmado entre los señores DANIEL RAMOS CASTILLO y ARACELI RENDON PEREZ, de fecha diecisiete de octubre de mil novecientos noventa y cinco, respecto del bien inmueble marcado como departamento número Doscientos del Edificio Seis del conjunto Habitacional localizado en Retorno Dos “D”  de Bosques de San Sebastián de la ciudad de Puebla, pasado ante la fe del notario público número dos de los de Tepeaca de Negrete, Puebla.

2.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.-   Consistente en el acta de defunción número de folio 98474  de ARTURO GARCIA JIMENEZ, de fecha veintiséis de julio del año dos mil; expedida por el Juez Segundo del Registro del Estado Civil de las personas de la ciudad de Puebla, Puebla.

3.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en el acta de nacimiento número de folio 79671, correspondiente al menor ISRAEL GARCIA DOMINGEZ, hijo del difunto ARTURO GARCIA JIMENEZ y la suscrita; expedida por el Juez Cuarto del Registro del Estado Civil de las personas de la ciudad de Puebla, Puebla.

4.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en el acta de nacimiento número de folio 187978, correspondiente a la menor SONIA GARCIA DOMINGUEZ, hija del difundo ARTURO GARCIA JIMENEZ y la suscrita; expedida por el Juez Cuarto del Registro del Estado Civil de las personas de la ciudad de Puebla, Puebla.

5.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en el acta de nacimiento número de folio 187978, correspondiente a la menor SARAHI GARCIA DOMINGUEZ, hija del difundo ARTURO GARCIA JIMENEZ y la suscrita; expedida por el Juez Cuarto del Registro del Estado Civil de las personas de la ciudad de Puebla, Puebla.

6.- LAS DOCUMENTALES PUBLICAS.- Consistentes en los recibos de pago emitidos por la Comisión Federal de Electricidad emitidos a favor de mi difunto concubino ARTURO GARCIA JIMENEZ y de la suscrita respecto del bien inmueble marcado inmueble marcado como departamento número Doscientos del Edificio Seis del conjunto Habitacional localizado en Retorno Dos “D” número once de Bosques de San Sebastián de la ciudad de Puebla. Se anexan.

7.- LA INSPECCION JUDICIAL.- Consistente en la inspección que se sirva realizar sobre el bien inmueble marcado como departamento número Doscientos del Edificio Seis del conjunto Habitacional localizado en Retorno Dos “D” de Bosques de San Sebastián de la ciudad de Puebla. Se anexa interrogatorio.

8.- LA TESTIMONIAL.- Consistente en las declaraciones que hagan de viva voz los señores CESAR HERNÁNDEZ SAYAS Y MARIANA LÓPEZ AGUILAR, mismos que me comprometo a presentarlos debidamente identificados el día y hora señalados para la Audiencia Constitucional. Se anexa interrogatorio.

9.- LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- Consistente en la concatenación lógico jurídica que haga su Señoría con base en la presunción legal contenida en el artículo 2121 del Código Civil para el Estado de Puebla que señala:

“Articulo 2121.- La compraventa es un contrato por el cual una de las partes, llamada vendedor, transfiere a la otra la propiedad de un bien, obligándose esta última, que es el comprador, al pago cierto y en dinero”:  

Es decir, que a quienes les requiere la entrega del bien inmueble marcado como departamento número Doscientos del Edificio Seis del conjunto Habitacional localizado en Retorno Dos “D” de Bosques de San Sebastián de la ciudad de Puebla, pasado ante la fe del notario público número dos de los de Tepeaca de Negrete, Puebla, la autoridad responsable, señores DANIEL CASTILLO CASTILLO y ARACELI PEREZ CASTILLO ya habían le habían transmitido el dominio a mi concubino ARTURO GARCIA JIMENEZ, con anterioridad al juicio de donde emana el acto reclamado.

La presuncional humana, la hago consistir en la concatenación lógico jurídica basada en el hecho de que, al tener la posesión la suscrita por su propio derecho y en representación de mis menores hijos, respecto del bien inmueble marcado como departamento número Doscientos del Edificio Seis del conjunto Habitacional localizado en Retorno Dos “D” de Bosques de San Sebastián de la ciudad de Puebla, no es dable que se nos afecte dicho derecho sin ser oídos y vencido en juicio.

Lo anterior, tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 119, 120, 121 y 122 de la Ley de amparo; 79, 80, 81, 82, 83, 85, 86, 87, 88, 93, 94 y demás relativos del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicado supletoriamente a la Ley de Amparo de acuerdo al dispositivo legal 2 de la misma Ley.

Por lo anteriormente, expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

          ÚNICO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma legal, el presente ocurso, ofreciendo los medios de prueba que se desprenden del cuerpo del presente, solicitando que sean admitidas y desahogadas según su propia naturaleza.

                  PROTESTO A USTED MI RESPETO

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, TRES DE JULIO DE DOS MIL TRECE





                   VICTOR HUGO MIAZ SERRANO

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