RAZÓN
DE CUENTA; En Ciudad Judicial, a treinta de agosto de dos mil veintiuno, el
Secretario de Acuerdos adscrito a este Juzgado, doy cuenta a la Ciudadana Juez,
con un escrito de VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO y tres promociones electrónicas de
la misma persona, turnados para su acuerdo correspondiente. CONSTE.
EXPEDIENTE:
973/2021. L´ALAN.
CIUDAD
JUDICIAL, PUEBLA, A TREINTA DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIUNO.
Agréguese a sus autos lo de cuenta y visto su contenido con fundamento en los artículos 291 a 293 del Código Civil del Estado, 80, 81, 677 y 763 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, se acuerda:
1. Por lo que se refiere al escrito del ocursante, téngasele haciendo las manifestaciones que del mismo se desprenden y como lo solicita, gírese oficio al Registro Público de la Propiedad del Distrito Judicial de Tecali de Herrera, Puebla, para que informe si existen bienes inmuebles registrados en esa Intitución a nombre del autor de la autora de la sucesión BEATRIZ SÁNCHEZ VALDIVIA. Hágase saber a las partes que, de conformidad con el acuerdo emitido por el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla, de fecha doce de octubre del dos mil veinte, se facultó a la Secretaria de la Unidad de Gestión adscrita a este Juzgado, para elaborar y suscribir los oficios, exhortos, cartas rogatorias o cualquier otro medio de comunicación procesal, relacionados con el presente juicio.
2. Con fundamento en los artículos 47, 51, 80, 81 y 677 fracción I inciso a) del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, se tiene al promovente haciendo las manifestaciones que de sus promociones electrónicas se desprenden y como lo solicita, se ordena turnar los autos a la Diligenciaria de la adscripción, a efecto de llamar a juicio a la presunta heredera en su domicilio señalado en autos, en términos del punto décimo del auto admisorio, fijándose para ello, LAS TRECE HORAS DEL VEINTISIETE DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL VEINTIUNO.
NOTIFÍQUESE
POR EL SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTROL Y GESTIÓN JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DEL
ESTADO DE PUEBLA AL ALBACEA PROVISIONAL.
Lo
proveyó y firma la abogada VERÓNICA ROJAS PASÁN, Juez Cuarto de lo Familiar del
Distrito Judicial de Puebla, ante el abogado LUIS FERNANDO SÁNCHEZ ROSALES,
Secretario que autoriza. DOY FE.
EN
CIUDAD JUDICIAL, PUEBLA A ____________________ DE _____________ DEL AÑO DOS MIL
VEINTIUNO, EL SUSCRITO SECRETARIO DE ACUERDOS, HACE CONSTAR, QUE CON ESTA FECHA,
SE REMITE A FIDEL SÁNCHEZ VÉLEZ, LA REPRODUCCIÓN ELECTRÓNICA POR MEDIO DEL
SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTROL Y GESTIÓN JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO
DE PUEBLA DEL AUTO QUE ANTECEDE. CONSTE. SECRETARIO LUIS FERNANDO SÁNCHEZ
ROSALES.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario