lunes, 3 de septiembre de 2018

MODELO DE ACUERDO REQUIRIENDO RENDICIÓN DE CUENTAS DE ADMINISTRACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA.



                  EXPEDIENTE 611/2016


                  CIUDAD JUDICIAL PUEBLA A CATORCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO.

Agréguese a sus autos el escrito de Jesús Omar Rodríguez Serrano, para que surta sus efectos legales correspondientes y visto el estado procesal que guarda las presentes actuaciones, toda vez que por sesión ordinaria de fecha veintinueve de mayo del dos mil dieciocho el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, informó el cambio de adscripción de la abogada amada MARÍA TERESA BERMÚDEZ GONZÁLEZ COMO TITULAR DE ESTE JUZGADO SEGUNDO DE LO FAMILIAR DE ESTE MISMO DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA, a partir del día cuatro de junio del año dos mil dieciocho. En consecuencia, en términos de lo establecido por los artículos 80, 81, 677 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, se ordena dar vista a las partes para que dentro del término de tres días manifiesten a lo que a su derecho e interés legal corresponda respecto al cambio del titular de este juzgado.


En relación al escrito de cuenta, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19, 20, 21, 23,80, 88, 194 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, téngase al ocursante revocando nombramiento y domicilio para recibir notificaciones hechos con anterioridad y designados como nuevo abogado patrono al profesionista Lázaro López López, con cédula profesional 1037 556 y título registrado en el Tribunal Superior de Justicia en el Estado cuyos datos de Registro han sido confrontados en el libro respectivo, quién firma en unión del promovente el escrito de cuenta, en señal de aceptación y protesta del cargo conferido, señalando como domicilio para recibir notificaciones el que indica, autorizando para que en su nombre y representación la recibe el letrado que menciona.


Por último como lo solicita el promovente, en términos de lo establecido por los artículos 697 de la Ley Adjetiva Civil, se requiere a la acreedora Araceli Muñoz Contreras, para que en el término de tres días realice la rendición de cuentas respecto de administración de la pensión alimenticia, así como justifique con las pruebas que tenga su alcance la correspondiente aplicación a la misma.


NOTIFÍQUESE.

Así lo proveyó y firma la abogada amada MARÍA TERESA BERMÚDEZ GONZÁLEZ, Jueza Segundo de lo Familiar de los de esta Capital, ante el Licenciado GONZALO GONZÁLEZ MÁRQUEZ, Secretario de acuerdos, que autoriza y da Fe.


No hay comentarios.:

Publicar un comentario