EXPEDIENTE 611/2016
EN CIUDAD
JUDICIAL PUEBLA A NUEVE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO.
Agréguese a sus
autos el escrito de cuenta para que surta sus efectos legales procedentes y
visto Su contenido se acuerda:
Con fundamento
en los artículos 55 y 677 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado,
tenga sea Jesús Omar Rodríguez Serrano haciendo las manifestaciones que de su
escrito se desprende, como lo solicita, se ordena turnar los autos a la
ciudadana diligenciaría a fin de que se constituyen el domicilio particular de la
actora Araceli Muñoz Contreras señalando en autos, o en el domicilio que señala
la parte demandada en la ESTÉTICA UNISEX NAOMA UBICADA EN CALLE DE LA ROSA
NÚMERO TREINTA LOCAL B DE LA COLONIA ONCE DE MAYO DE ESTA CIUDAD y proceda
notificarle a los autos de fecha veinte de abril y catorce de junio ambos del do
mil dieciocho, debiendo levantar el acta circunstanciada correspondiente.
Por otro lado dígasele
que se esté a lo ordenado en líneas que anteceden, toda vez que se ha recibido
el estudio socioeconómico que le fue practicado al promovente.
Con fundamento
en los artículos 80, 88, 677 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado,
téngase a la PROCURADORA DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y
ADOLESCENTES Y DIRECTORA DE LA ASISTENCIA JURÍDICA SISTEMA ESTATAL DIF, ciudadana
Irma Méndez Osorio remitiendo la valoración psicológica realizada la parte
demandada Hilda Vázquez Jeremy y con su contenido dese vista a la parte actora
para que dentro del término de tres días manifiesten lo que a su derecho
interés convenga.
NOTIFÍQUESE.
Así lo proveyó y
firma la abogada amada MARÍA TERESA BERMÚDEZ GONZÁLEZ, Jueza Segundo de lo Familiar
de los de esta Capital, ante el Licenciado GONZALO GONZÁLEZ MÁRQUEZ, Secretario
de acuerdos, que autoriza y da Fe.
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