jueves, 1 de mayo de 2014

MODELO DE ESCRITO NOMBRANDO PERITO PARA ACTUALIZACION DE AVALUO



EXP. 374/04

SECCIÓN SEGUNDA

SECCIÓN DE INVENTARIOS

CIUDADANO JUEZ DE LO CIVIL DE TEPEACA, PUEBLA. 






OBDULIA RAMOS FUENTES, promoviendo con el carácter de Albacea Definitiva dentro de la sucesión intestamentaria señalada al rubro, personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, vengo por medio del presente escrito, a dar cumplimiento a lo acordado con fecha siete de marzo de dos mi catorce, a fin de acutualizar el avaluo de los bienes que componen la masa hereditaria;  en consecuencia, nombro como perito valuador a los bienes del De Cujus al ingeniero Gerardo Méndez Flores quien cuenta con título expedido por la Benemérita Universidad autónoma de Puebla y cedula profesional número1070307 expedida por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaria de Educación Pública; solicitando se le conceda el término legal para la aceptación y protesta del cargo conferido. Lo anterior tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 1314 fracción II, inciso B, 1392 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla. 


Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:


PRIMERO.- Se me tenga por presentado en tiempo y forma legal el presente escrito, nombrando perito a efecto de que realice los avalúos correspondientes.

SEGUNDO.- Se le conceda el término legal para la aceptación y protesta del cargo conferido al perito nombrado, acordando lo que en Derecho proceda.

PROTESTAMOS A USTED NUESTRO RESPETO

TEPEACA DE NEGRETE PUEBLA, TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE.




OBDULIA RAMOS FUENTES
ALBACEA DEFINITIVA



VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO








CUESTIONARIO DE PUNTOS CONCRETOS AL TENOR DEL CUAL DEBERÁ EMITIR SU DICTAMEN DE AVALUÓ EL PERITO PROPUESTO POR LA SEÑORA OBDULIA RAMOS FUENTES, ALBACEA DEFINITIVA DENTRO DEL EXPEDIENTE 374/04 QUE SE TRAMITA EN ESTE JUZGADO CIVIL DE TEPEACA, PUEBLA.

Previo estudio de los documentos fundatorios de la acción que, obran en autos el perito resolverá los siguientes: 

1.-Dentro del presente juicio intestamentario hay tres bienes inmuebles a evaluar y que son los siguientes: 

 a) Que se constituya el perito en el inmueble identificado como lote de terreno denominado “LOS REMEDIOS”, ubicado en la Primera Sección de los Reyes de Juárez, Puebla con escritura privada de fecha veintidós de julio de mil novecientos treinta, en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Tepeaca, Puebla, bajo la partida número 358, a fojas 152, del libro 6º, volumen XI con fecha veintidós de septiembre de mil novecientos cuarenta.

b) Que se constituya el perito en el inmueble identificado como lote de terreno denominado “EL SERRANO”, ubicado en la Segunda Sección de Los Reyes de Juárez, Puebla, con escritura privada de fecha diecisiete de agosto de mil novecientos cuarenta, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Tepeaca, Puebla, bajo la partida número 359, a fojas 152, del libro 6º, tomo XI con fecha veintidós de septiembre de mil novecientos cuarenta.

c) Que se constituya el perito en el inmueble identificado como lote de terreno denominado “LOS DURAZNOS”, ubicado en la Primera Sección de Los Reyes de Juárez, Puebla, con escritura privada de fecha veinte de noviembre de mil novecientos treinta, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Tepeaca, Puebla, bajo la partida número 357, a fojas 151, del libro 6º, tomo XI de fecha veintidós de septiembre de mil novecientos cuarenta.

2.- Que determine el valor de cada uno de los bienes inmuebles con base en sus conocimientos.

3.- Que diga el perito el método o técnica que utilizó para emitir su dictamen.

4.- Que diga el perito  las conclusiones a que llegó a partir de su dictamen. 

                           PROTESTAMOS A USTED NUESTRO RESPETO

TEPEACA DE NEGRETE PUEBLA, TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL CATORCE.



 OBDULIA RAMOS FUENTES
ALBACE DEFINITIVA


VICTOR HUGO MIAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO

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