viernes, 31 de agosto de 2018

MODELO DE AUTO DE ADMISIÓN DE AMPARO


NÚM. DE EXPEDIENTE: 1718/2018 

FECHA DEL AUTO: 23/08/2018 

FECHA DE PUBLICACIÓN: 24/08/2018


SÍNTESIS: 


SE ADMITE la demanda de amparo promovida por VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, pídase informe justificado a las responsables quienes deberá rendirlo dentro del término de quince días se hace saber a la parte quejosa y a las autoridades señaladas como responsables que deberán comunicar de inmediato cuando cesen los efectos del acto reclamado o cuando ocurra alguna causa notoria de sobreseimiento. Cítese a las partes a la audiencia constitucional que se realizará a las NUEVE HORAS CON CINCUENTA Y TRES MINUTOS DEL DOCE DE SEPTIMEBRE DE DOS MIL DIECIOCHO se ordena al actuario judicial emplace al presente juicio a la Agente del Ministerio Público de la Federación adscrita a este órgano jurisdiccional se posterga la tramitación del incidente correspondiente, toda vez que no acompañó las copias para formar el incidente de suspensión.

Se tiene como domicilio para recibir notificaciones personales de la parte quejosa el que indica en su demanda, y con fundamento en el artículo 24 de la Ley de Amparo, se tiene como autorizada a la persona que refiere en su ocurso. Por otra parte, se autoriza a las partes, para que, al imponerse de los autos puedan utilizar medios electrónicos, cámaras o lectores ópticos, para reproducir copias de las constancias de autos. se admite como pruebas del quejoso la documental que anexó en su escrito de demanda se habilitan los días y horas inhábiles, para la práctica de las notificaciones que deriven del presente juicio.


El presente asunto queda sujeto a las disposiciones contenidas en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, hasta en tanto el Consejo de la Judicatura Federal, emita la normativa correspondiente. Dígase a las partes que la sentencia que se dicte en el presente asunto estará a disposición del público para su consulta, cuando así lo soliciten conforme al procedimiento de acceso a la información; así también, que tienen el derecho de manifestar hasta antes de que se dicte el falló, su oposición a que su nombre y datos personales se incluyan en la citada publicación, en la inteligencia de que la falta de oposición conlleva a su consentimiento para que la sentencia respectiva se aplique con supresión de datos.

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