sábado, 11 de agosto de 2018

MODELO DE DIVORCIO INCAUSADO UNILATERAL



CIUDADANO JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE XICOTEPEC DE JUÁREZ, PUEBLA.








                               

ERNESTO PAREDES GARCÍA, por mi propio derecho con domicilio particular el que se ubica en CARRETERA MÉXICO TUXPAN, CALLE ADALBERTO TEJEDA ESQUINA CON CALLE CORONEL TITO HERNÁNDEZ CASA SIN NÚMERO PIEDRAS NEGRAS JALPAN, PUEBLA, señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones la casa marcada con el CALLE ZARAGOZA, NUMERO TREINTA Y SIETE, COLONIA CENTRO, XICOTEPEC DE JUAREZ, PUEBLA,  nombrando como mis Abogados Patronos a VICTOR HUGO MIAZ SERRANO y /o JANET CRUZ LEÓN; el primero, con Título Profesional debidamente registrado ante el Tribunal Superior de Justicia  en el Estado bajo la partida 280 a fojas 70 vuelta tomo XIV; la segunda con Título Profesional debidamente registrado ante el Tribunal Superior de Justicia  en el Estado bajo la partida 697, foja 175 frente, del Tomo I, ambos con domicilio en el CALLE ZARAGOZA, NUMERO TREINTA Y SIETE, COLONIA CENTRO, XICOTEPEC DE JUAREZ, PUEBLA, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, por medio del presente ocurso, vengo a interponer JUICIO DE DIVORCIO INCAUSADO, en contra de LAURA MIRANDA RAMOS, quien tiene su domicilio para ser emplazado en sito en calle LINDORO HERNÁNDEZ SIN NÚMERO DE PIEDRAS NEGRAS, MUNICIPIO DE JALPAN, PUEBLA, en  los siguientes términos:



P R E S T A C I O N E S:



A).- La disolución del vínculo matrimonial.

    

B).- La disolución de la sociedad conyugal.



H E C H O S:



1.- Con fecha veintitrés de julio de dos mil novecientos noventa y ocho LAURA MIRANDA RAMOS y EL suscrito contrajimos matrimonio ante el ciudadano JUEZ DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONA, del MUNICIPIO DE JALPAN, PUEBLA, bajo el régimen de sociedad conyugal. Tal y como lo demuestro con la copia certificada del acta de matrimonio, expedida por el ciudadano juez de dicha adscripción. Anexo uno.


2.- Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que el domicilio conyugal lo establecimos en el ubicado LINDORO HERNÁNDEZ SIN NÚMERO DE PIEDRAS NEGRAS, MUNICIPIO DE JALPAN, PUEBLA y desde el inicio de nuestro matrimonio he cubierto todos los gastos que se han generado para la manutención de la familia.

3.- Durante la vigencia de nuestro matrimonio, mi esposa LAURA MIRANDA RAMOS y el suscrito, procreamos dos hijos de nombres ROBERTO Y CAROLINA, ambos de apellidos, PAREDES MIRANDA, quienes actualmente son menores de edad; los cuales tienen necesidad de recibir alimentos. Anexos dos y tres.


4.- Con fecha tres de noviembre de dos mil diecisiete mi esposo y el suscrito, ya no vivimos en el domicilio conyugal, siendo mi voluntad de no seguir con el matrimonio y ya ha transcurrido con exceso el término de un año de la celebración del mismo.


5.- Durante la vigencia de nuestro matrimonio no adquirimos bien inmueble alguno; sin embargo, exhibo la propuesta de convenio para el pago de los alimentos de mis menores hijos. Anexo cuatro.

6.- En consecuencia, exhibo la propuesta de convenio para regular las consecuencias derivadas de la disolución del vínculo matrimonial; así como de la disolución de la sociedad conyugal. Anexo cinco. 


D E R E C H O:



I.- DE LA COMPETENCIA.- Es Usted, competente para conocer y fallar el presente de acuerdo a lo establecido en los artículos 100, 106 y 108 fracción XIX del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, 33 fracción II y 40  fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial  del Estado de Puebla.


 II.- DEL INTERÉS JURÍDICO.- Tengo interés jurídico según lo preceptuado por el artículo 101 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.


III.- DE LA CAPACIDAD.- Tengo capacidad para comparecer en virtud de no tener impedimento legal alguno, de acuerdo a lo establecido en el artículo 102 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.


IV.- DE LA PERSONALIDAD.- Tengo personalidad para promover la presente por mi propio derecho según lo estipula el numeral 103 del Código Adjetivo Civil para la entidad federativa. 


V.- LA LEGITIMACIÓN.- Tengo legitimación en virtud de estar en aptitud para hacer valer el derecho que se cuestionara según lo prevé el dispositivo legal 104  del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.


VI.- DE LA DEMANDA FORMAL Y SUBSTANCIALMENTE VÁLIDA.- La demanda cumple con lo estipulado por la ley y permite establecer con eficacia la relación jurídica en términos del artículo 105 del Código Adjetivo Civil para la entidad federativa.


VII.- DEL PROCEDIMIENTO.- Se encuentra regulado por los numerales 688, 689, 690, 691 y 698 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.


VIII.- DEL FONDO.- Son aplicables los artículos 442, 443, 445, 446, 447, 448, 449, 450, 451 y demás relativos aplicables del Civil vigente para el Estado de Puebla;



Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, con el debido respeto solicito:


P E T I C I O N E S:



PRIMERO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma legal, el presente ocurso interponiendo formal demanda en contra de LAURA MIRANDA RAMOS.


SEGUNDO.- Se emplace al demando a efecto de que haga las propuestas que considere pertinentes.


TERCERO.- Se señale día y hora para la junta en que se proponga por las partes el arreglo sobre los puntos propuestos.



CUARTO.- Previos trámites de Ley, se dicte Sentencia Definitiva condenando a la parte demandada a las prestaciones reclamadas.



PROTESTAMOS A USTED NUESTRO RESPETO


XICOTEPEC DE JUAREZ, PUEBLA, CATORCE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO







ERNESTO PAREDES GARCÍA






VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO



ABOGADO PATRONO







JANET CRUZ LEÓN


ABOGADA PATRONA




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