viernes, 20 de octubre de 2017

MODELO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA



En la Heroica ciudad de Puebla de Zaragoza, siendo las nueve horas del día cinco de enero de mil novecientos noventa y ocho, en la ciudad de Puebla, Puebla, de una parte comparecieron por una parte, en su carácter de vendedor, el señor MARTÍN ROBLES LARA, a quien en lo sucesivo se le denominara “El vendedor” y en su carácter de compradora, y el señor FRANCISCO ZAVALETA GARCÍA, quien en lo sucesivo se le denominara “El comprador”, y que formalizan el presente al tenor de las siguientes:

D E C L A R A C I O N E S

1.- DEL VENDEDOR:

I.- La parte vendedora, manifiesta ser legítima propietaria de la bodega, materia del presente contrato y tener la posesión legal y legítima, según minuta de compraventa con la que acredita tal derecho.

II.- Declara tener la capacidad legal para contratar y obligarse, mayor de edad, casado, saben leer y escribir, ocupación campesino, originario la ciudad de Puebla, Puebla, de Nacionalidad Mexicana.

III.- Manifiesta tener su domicilio bien conocido en privada Lirios número tres de la colonia Miraflores de la ciudad de Puebla, Puebla.

IV.- Que, el bien inmueble está libre de todo gravamen.

2.- DE LA COMPRADORA:

I.-Manifiesta estar enterada de las declaraciones del vendedor y de las condiciones del bien inmueble.

II.- Declara tener la capacidad legal para contratar y obligarse, mayor de edad, soltera, ocupación comerciante, sabe leer y escribir, originaria de San Salvador Huixcolotla del estado de Veracruz, de Nacionalidad Mexicana.

III.- Señala domicilio el ubicado en privada treinta y dos A norte seiscientos diecisiete de la colonia Resurgimiento de esta ciudad.

 Al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- El señor MARTIN ROBLES LARA, en su carácter de propietario del bien inmueble objeto de esta compraventa, vende la bodega sesenta y nueve de la nave “C” de la Central de Abasto del Municipio de Puebla, Puebla; y el señor FRANCISCO ALONSO ZAVALETA, compra y adquiere para sí el bien inmueble ubicado en el Municipio de Puebla, Puebla con una superficie de setenta y tres metros con diecisiete decímetros cuadrados y con las siguientes medidas y colindancias:

AL NORTE: mide catorce metros cuarenta y nueve centímetros y colinda con la bodega número sesenta y siete,

AL SUR: mide catorce metros cuarenta y nueve centímetros y colinda con la bodega número setenta y uno,

AL ORIENTE: mide cinco metros con cinco centímetros y colinda con pasillo de circulación, y

AL PONIENTE: mide cinco metros con cinco centímetros y colinda con anden de carga y descarga.

Y, compra el derecho de uso indefinido del estacionamiento marcado con el número de la bodega, sesenta y nueve, de la nave “C” con superficie de sesenta metros sesenta decímetros cuadrados y las medidas y colindancias siguientes:

AL NORTE: Mide doce metros y colinda con estacionamiento de la bodega sesenta y siete,
AL SUR: Mide doce metros y colinda con estacionamiento de la bodega setenta y uno,

AL ORIENTE: Mide cinco metros con cinco centímetros con anden de carga y descarga, y
AL PONIENTE: Mide cinco metros con cinco centímetros con área de circulación interior de la Central de Abasto del Municipio de Puebla, Puebla.

SEGUNDA.- El precio acordado por el predio de referencia es la cantidad de $65, 000, 000. 00 (SESENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) suma que paga el comprador al vendedor de propias manos  en este preciso momento, extendiendo por medio de la presente clausula, el recibo más valedero a favor de la parte compradora.

TERCERA.- Estiman los contratantes, que el precio fijado a la presente operación es el justo y legítimo valor de dicha fracción del lote y declaran que en el mismo no media lesión alguna, renunciando a mayor abundamiento a la acción rescisoria por tal causa y aún por dictamen posterior de peritos.

CUARTA.- La posesión del bien inmueble en venta, se entrega por el vendedor la compradora en el momento de la firma de éste contrato de compraventa, así como los documentos que amparan la presente venta.

QUINTA.- Los contratantes se someten a la jurisdicción de los Tribunales del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, para el conocimiento de las acciones que dimanen del presente contrato de compraventa, renunciando al fuero de su domicilio presente o futuro si lo hubiere. 

SEXTA.- Los gastos, impuestos y derechos que se ocasionen con motivo del presente contrato de compraventa así como los que se originen con motivo de la escrituración respectiva, correrán a cargo de la compradora.

Leído que fue el presente contrato a los que en él intervienen explicándoles el valor y fuerza legal de su contenido, lo firman al margen y calce en señal de aceptación, el día de su otorgamiento. Se agregan copias de las credenciales para votar de los contratantes.







MARTIN ROBLES LARA           FRANCISCO ZAVALETA GARCÍA


VENDEDOR                                           COMPRADORA


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