Ejido de San Mateo Mendizabal
AMOZOC, PUEBLA.
Minuta Sobre
Convenio de Cesión de Derechos
Por cesión voluntaria de derechos de
una fracción de terreno, según plano de lotificación Rustica de la parcela
No._ _ _ _ _ _ _ _ _ __
_ _ _ _ Titulo _ _ _ _ __ _ _ _ _ _
_ _ _ _ _ _ _ _ _ cuyo titular
actual es _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _
_ _ _ _ según protocolo del
Registro Agrario Nacional Volumen No. _
_ _ _ _ _ _ _ _ _ Foja _ _ _
Fecha _ _ _ _ __ _ _ _ _.
Autorización
Estos convenios de cesión de derechos han sido
aprobados únicamente por Asamblea General de Ejidatarios del Puebla de San
Mateo Mendizabal, Amozoc, Pue., y total apoyo de la Coalición de Ejidatarios
del Municipio y Estado de Puebla, teniendo como fundamento casos específicos de
compañeros ejidatarios, que no obstante haber cultivado sus parcelas durante
años en unión de sus familiares, se encuentran actualmente imposibilitados para
seguir haciéndolo porque su parcela esta ya totalmente integrada al crecimiento
urbano de la ciudad, originado por el elevado crecimiento demográfico y por
consecuencia apertura de calles, pasos de costumbre que ocasionen destrucción y robo de cultivos, resultando
de todo ello la necesidad apremiante de obtener en otra forma adecuada un medio
productivo inmediato que permita el
sostenimiento decoroso de la familia. Otra consideración muy importante para
autorizar estos convenios especiales de cesión de derechos entre ejidatarios y
particulares en la falta de terrenos de propiedad privada indispensable para la
expansión o crecimiento urbano de las grandes ciudades.
FRACCIÓN DE TERRENO QUE AMPARA ESTA MINUTA
Lote No. _ _ _ _ __
_ _ _ _Manzana _ _ __ _ _ _ _ Superficie Total 409.945
Nombre del Particular a quien se ceden los
derechos de posesión de la fracción de terreno en que ampara esta Minuta:
CC. MARIBEL MORALES GARCÍA.
SAN MATEO MENDIZABAL, AMOZOC, PUEBLA, A 04 DE FEBRERO DE 2002.
Sello de autorizar de las
Autoridades en función del
Ejido de san mateo Mendizabal Amozoc, Pue.
NOTA:- Este documento no será válido con raspaduras
o enmendaduras.
CONVENIO
DE CESION DE DERECHOS, concertado entre el (a) Ejidatario (a) CC. CRISTINA
LÓPEZ ZEPEDA, cuya personalidad y titularidad se acredita al frente de este
documento y el particular CC. MARIBEL MORALES GARCÍA, declarando ambas partes
ser mexicanos, mayores de edad, en plenitud de sus facultades físicas y
mentales, si ocasión alguna, y por lo tanto con capacidad legal para contratar
y obligarse: respecto de una fracción de terreno derivado de la parcela
específica al frente de esta constancia. Que ampara los derechos sobre esta
fracción de terreno y se extiende en forma provisional hasta que sea legalizada
por la dependencia oficial a que corresponda y habiendo quedado reconocida por
los que en ella intervienen quienes firman al calce para mayor validez de este
documento.
ANTECEDENTES.- Esta parcela del régimen. . . . . . .
. . . . . . . .. . . . . originalmente le fue adjudicado al Ejidatario CC. . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . .
. . . . . . .. . . . . .. . . . . . .. . . . . . . . . .. . . .. . . .. . . ..
. . .. . .. . . .. .. . . .. .. . . .. . . . .. . . .. . .. . . .. . . . .. . .
.. . . . . . . . . con fecha . . . . . . ..
.. . . . . . . .. . y por
circunstancias de . . . . . . . . .. . . . . .. . . … .. . .. Con fecha . . . .
. .. . . .. . . . .. . . .. . .. . .. según registros de las oficinas del Ejido
San Mateo Mendizábal, Amozoc, Pue., y protocolo del Registro Agrario Nacional.
La C. CRISTINA LÓPEZ ZEPEDA. .. cedió a la C. MARIBEL MORALES GARCÍA, ubicado
en el pueblo de San Mateo Mendizábal, Amozoc, Pue., y por lo tanto están de
acuerdo en notificar y ceder los lotes.
Intervienen en esta aclaración las Autoridades
Ejidales en función, quienes habiendo revisado los registros correspondientes
determinan que a la fecha no existe ningún endoso o nueva adjudicación de esta
parcela y será nula cualquier adjudicación o endoso posterior.
CONSIDERANDO.- En el cuadro de AUTORIZACIÓN consignado al frente de esta
minuta se especifican claramente los considerandos en que se fundamentó la
autorización de estos convenios, existiendo además constancia de la decisión
voluntaria del titular y sucesor de esta parcela para acogerse a este beneficio
aprobado unánimemente por la Asamblea General de Ejidatarios.
C
L A U
S U L
A S :
PRIMERA.- La CC. Ejidatario CRISTINA LÓPEZ ZEPEDA
cede al particular CC. MARIBEL MORALES GARCÍA sus derechos cobre la fracción de
un terreno derivada de la parcela especificada al frente de esta constancia y
cuyas medidas y colindancias según plano de lotificación técnicamente
proyectado son:
NORTE
. . . . . . .16.30. . . . . . .. Mts. Con CALLE REFORMA ORIENTE.
SUR.
. . . . . . . .. .16.30. . . .. . ..Mts. con TERRENO PARTICULAR.
ORIENTE.
. . . . .25.15. . . . . . .Mts. con TERRENO PARTICULAR.
PONIENTE.
. . . .25.15. . . . . . .Mts. con CALLE 2 SUR.
SEGUNDA.- El particular CC. Maribel Morales García
se obliga a partir de esa fecha al cuidado, ocupación y posesión de su lote.
TERCERA.- Por lo antes expuesto se entiende
que los gastos que se generan por concepto de tramitación correrán a cargo del
interesado hasta su legalización definitiva y que afrontara todas las
necesidades que se desprenden de la adquisición que se hubo hecho en una Zona
Ejidal.
CUARTA.- El particular
CC. MARIBEL MORALES GARCÍA se compromete a costear
todos los gastos que su lote origine con respecto a los servicios públicos,
como agua, drenaje, electrificación, etc.
QUINTA.- Para la interpretación y cumplimiento del
presente documento, las partes se someten en una forma expresa a la competencia
de las Autoridades Ejidales y Asamblea General de Ejidatarios del Pueblo de San
Mateo Mendizabal, Amozoc, Puebla.
Finalmente
enterados de los antecedentes considerándolos, clausulas y demás contenido con
que se constituya esta Constancia de Convenio Particular ambas partes declaran
que no media lesión de ninguna especie y considerando como justo el acuerdo
pactado respecto al objeto de este convenio y para constancia del mismo la
ratifican y firman de conformidad las partes y Autoridades Ejidales que
intervinieron a petición del Ejidatario y Particulares.
SAN MATEO MENDIZABAL, AMOZOC, PUEBLA, A 04 DE FEBRERO DE 2002.
EJIDATARIO
EN PRIMER
TERMINO CONFORME A MI ENTERA SATISFACCIÓN
___________________________________
PARTICULAR A MI ENTERA SATISFACCION CONFORME
________________________________
EJIDO DE SAN MATEO MENDIZABAL, AMOZOC, PUE.
PRESIDENTE DEL COMISARIADO EJIDAL
________________________________
SECRETARIO COMISARIADO EJIDAL.
_________________________________
TESTIGO TESTIGO
_______________________ _____________________
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