TESORERÍA
MUNICIPAL
Unidad de Normativa y Regulación
Comercial
Coordinación de Fiscalización de
Comercio Establecido
Folio:
5060
Acta de Visita Domiciliaria de
Inspección y Verificación
En el Municipio de Puebla, siendo
las trece horas con cincuenta minutos del día veintiocho del mes de mayo de dos
mil quince, él suscrito visitador y/o inspector JUAN MANUEL MUÑOZ CORONA,
adscrito a la Unidad de Normatividad y Regulación Comercial del H. Ayuntamiento
del Municipio de Puebla, identificándome con credencial número 412542, expedida
por el Titular de la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla,
con vigencia del día quince de febrero del dos mil catorce al quince de octubre
del dos mil dieciocho de conformidad con los artículos 26 fracción IV inciso e)
del Código Fiscal y Presupuestario para el Municipio de Puebla, así como del
diverso 53 del Reglamento del Código en cita, la cual contiene el nombre, la fotografía
que corresponde a los rasgos fisonómicos, así como la firma autógrafa del
suscrito y cargo con que se ostenta en cumplimiento a la Orden de Visita
Domiciliaria y/o Inspección número 4960 de fecha veintiocho del mes de mayo de
dos mil quince, emitida por el Titular de la Unidad de Normativa y Regulación Comercial
de la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento de Puebla, me constituí
físicamente en el domicilio ubicado en cuarenta norte, número doscientos quince,
local A, Santa Bárbara, Norte, Puebla, cerciorándome de ser efectivamente el
domicilio del visitador por los siguientes medios: inspección ocular de la
calle y número oficial, requerí la presencia del propietario, representante
legal, encargado o a quien se encuentre al frente del establecimiento, entendiéndose
la diligencia con la persona que dijo llamarse María Teresa Hernández Flores,
IFE 1025451125451 y ser propietaria del establecimiento, a quien exhorté para
que corrobore que la fotografía que aparece en dicha credencial concuerdan fielmente
con los rasgos fisonómicos del que actúa. Acto seguido y habiendo entregado al
visitado el original de la Orden de Visita Domiciliaria y/o inspección con
número de Orden 4960 y la Carta de Derechos del Visitado para el Municipio de
Puebla, con fundamento en el artículo 52 Bis fracción II del Reglamento del Código Fiscal y Presupuestario
se procede al desahogo de la diligencia, haciéndole de su conocimiento que es su derecho nombrar a dos testigos, apercibiéndole que de no hacerlo, éstos serán
designados por el suscrito, los testigos son designados por el suscrito,
quienes en este acto manifiestan sus generales: el primero dijo llamarse
Enriqueta López Sánchez, ser originaria de Tlaxcala, de 42 años de edad, estado
civil casada, con domicilio en cuatro poniente, número doce, Colonia Centro de
esta ciudad, con ocupación empleada, mismo que se identifica con credencial
número 212545; el segundo dijo llamarse Soledad Hernández Córdoba, ser
originaria de Puebla, de 48 años de edad, estado civil casada, con domicilio en
cuatro
poniente, número doce, Colonia Centro de esta ciudad, con ocupación empleada,
mismo que se identifica con credencial, número 314455, quienes aceptan
intervenir en la presente diligencia como testigos. Acto seguido en presencia
de los testigos y de la persona con
quien se entiende la diligencia, se prosiguió con la misma, comprobándose lo
siguiente: NEGOCIO CON GIRO DE MISCELÁNEA CON VTA DE B/A EN B/C FUNCIONANDO SIN
CONTAR CON LA CONSTANCIA DE MEDIDAS PREVENTIVAS CONTRA INCENDIOS AL MOMENTO DE
LA VISITA. A través de lo cual se constató que el establecimiento y la
documentación sujeta a verificación NO cumplen con lo requerido por la Autoridad
Fiscal Municipal en lo correspondiente a: INFRINGE ARTICULO 614 FRACCIÓN IV,
617 FRACCIÓN I DEL CÓDIGO REGLAMENTARIO del Código Fiscal y Presupuestario para
el Municipio de Puebla, por lo que con fundamento en los artículos 224 y 225
del Código Fiscal y Presupuestario para el Municipio de Puebla, se otorga un
término de quince días hábiles que correrán a partir del día siguiente a la
entrega de la presente acta, para la regularización de las omisiones en que
incurre, en caso de persistir en la omisión dentro del término señalado, dará
lugar a la clausura definitiva. Acto seguido de da uso de la palabra a la
persona con quien se entiende la diligencia quien manifiesta: NO ENCUENTRO EL
ROIDER DONDE ESTÁN EL RESTO DE MIS PAPELES Y AHÍ ESTA LA DE BOMBEROS. Observaciones:
se brindó la oportunidad de localizar los documentos. Previa lectura de la
presente acta ante todos los participantes, y visto el contenido de la misma,
con fundamento en el artículo 82 fracción III del Código Fiscal y
Presupuestario para el Municipio de Puebla, se le hace sabedor de la sanción en
que incurren los que declaran falsamente ante esta Autoridad Fiscal Municipal,
firman para constancia en todas sus fojas al margen y al calce los que en ella
intervinieron, para todos los efectos legales a que haya lugar, dejando el
original de todo lo actuado en poder de la C. María Teresa Hernández Flores,
con lo que se da por terminada la presente diligencia, siéndose las catorce
horas con diez minutos del día veintiocho del mes de mayo del dos mil quince.
El visitador y/o inspector El visitado o quien
atiende la diligencia.
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Nombre
y Firma
Nombre y Firma
Testigo. Testigo.
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Nombre
y Firma
Nombre y Firma
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