martes, 23 de agosto de 2016

MODELO DE ESCRITO, SOLICITANDO CANCELACIÓN DE EMBARGO


CIUDADANO REGISTRADOR PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DEL PARTIDO JUDICIAL DE SAN LUIS DE LA PAZ, GUANAJUATO.









MARTÍN SÁNCHEZ LIMÓN, promoviendo por mi propio derecho y en calidad de propietario del inmueble ubicado en calle VELAZCO IBARRA CIENTO DE LA COLONIA LA CENTRAL DE LA CIUDAD DE SAN LUIS DE LA PAZ, GUANAJUATO, señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones el mismo domicilio, autorizando para que las reciban y se impongan de los autos, en mi nombre y representación a los licenciados JESÚS SÁNCHEZ NUÑEZ Y/O VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, por medio del presente ocurso, en atención a que el inmueble de mi propiedad con folio electrónico número R33*6333, presenta inscripción de embargo numero 23330 derivado del expediente M136/06 del Juzgado Menor Mixto Interino de este Partido Judicial, la inscripción realizada hasta la fecha tiene transcurrido en exceso el termino de tres años que señala la ley de la materia para su vigencia, sin que haya realizado trámite alguno en términos de Ley para el pago correspondiente para la prorroga de la inscripción y la prelación registral, por un plazo de tres años cada vez que se requiera y hasta antes de que caduque la existente, respecto a su derecho real de embargo sobre el bien inmueble sito en calle VELAZCO IBARRA CIENTO DE LA COLONIA LA CENTRAL DE LA CIUDAD DE SAN LUIS DE LA PAZ, GUANAJUATO, folio electrónico número R33*6333, propiedad del suscrito; con las siguientes medidas y colindancias: al norte mide ocho metros con cincuenta y siete centímetros lineales y linda con calle Velazco Ibarra; al sur mide ocho metros sesenta y dos centímetros lineales y linda con la sucesión de Juan Perez, al oriente mide treinta metros lineales linda con propiedad de Francisco Triana y al poniente mide veintiocho metros con doce centímetros lineales linda con propiedad de Juan León; embargo trabado por los endosatarios en procuración de Juan Lara Hernández, Lic. Raúl Torres Limón y Patricia García Iris, para garantizar el pago de la cantidad de veintiocho mil pesos cero centavos moneda nacional;  en consecuencia solicito se reconozca que ha quedado caducado la inscripción que nos ocupa, por el mero transcurso del tiempo de tres años sin que se hubiera hecho la prorroga hasta antes de operar su caducidad. En consecuencia, solicito se califique y decrete la extinción de la inscripción de embargo, por así establecerlo la ley. Lo anterior, tiene su fundamento en lo señalado por los artículos 2521, 2522, 2523, 2524 fracción VII, 2524 A, 2535, 2536 y 2536 B del Código Civil, 78, 79, 80 demás relativos de la Ley del Registro Público de la Propiedad, ambos ordenamientos para el Estado de Guanajuato.


  Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:


PRIMERO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma legal, solicitando se me tenga por señalado domicilio para recibir todo tipo de notificaciones y por autorizados a los profesionistas nombrados.


SEGUNDO.- Tenerme por solicitado se califique, decrete y cancele la inscripción de embargo ya señalada.


PROTESTO A USTED MI RESPETO

SAN LUIS DE LA PAZ, GUANAJUATO, VEINTIDÓS DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISÉIS






C. MARTÍN SÁNCHEZ LIMÓN


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