sábado, 25 de febrero de 2012

ESCRITO DIRIGIDO A PROCURADOR

CIUDADANO PROCURADOR DE JUSTICIA EN EL ESTADO.

LIC. RODOLFO IGOR ARCHUNDIA SIERRA

PRESENTE:





GABRIEL GONZALEZ DE ITA, promoviendo por mi propio derecho, con el carácter de indiciado dentro de la Constancia de Hechos numero 176/2009/RVPUE., señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones LA CASA MARCADA CON EL NUMERO SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA PRIVADA TREINTA Y DOS A NORTE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO, autorizando para que en mi nombre y representación las reciban y se impongan de los autos a los Licenciados VICTOR HUGO MIAZ SERRANO Y/O CARLOS BARTO HERNANDEZ ROLDAN, ante usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, al través del presente ocurso, vengo a poner de su conocimiento las diversas irregularidades que se cometen en el segundo turno de la Agencia Especializada en Robo de Vehículos y Asalto a Transportistas de la Procuraduría del Estado de Puebla, YAZMIN ARACELI NICANOR GONZALEZ:

1.- La falta de atención que debe de dar la titular de la Agencia en comento ya que a partir de la solicitud, por parte del suscrito, de tener acceso a la Constancia de Hechos 176/2009/RVPUE hasta el obsequio de dicha solicitud, transcurre invariablemente por lo menos tres cuartos de hora. Haciendo la observación de observar el suscrito de que la citada representante social no tenia otra cosa que hacer que perder el tiempo y al hacerle tal observación contesta que lo hará hasta que lo crea pertinente y que se nos llame. 

2.- El permitir el acceso a la Constancia de Hechos 176/2009/RVPUE., a personas que no tienen interés ni personalidad alguna dentro de la misma y la negativa de permitir al suscrito y abogados nombrados de enterarse del estado que guarda la constancia que aquí nos ocupa. Tal y como ocurrió el día uno de mayo del año dos mil nueve como a las once de la mañana en la que con toda prepotencia solicito a mi abogado VICTOR HUGO MIAZ SERRANO que le detallara el caso con amplitud y hecho lo anterior, solicito se retirar del recinto publico hasta que fuera llamado. Así las cosas, no solo no permitió que nos enteráramos del estado que guarda la Constancia de Hechos 176/2009/RVPUE sino que le permitió el acceso a una persona que no tiene interés ni personalidad dentro de la citada constancia. Lo anterior ante nuestra presencia evitando así la imparciabilidad, honradez, eficacia y legalidad que debe observar todo funcionario publico.

3.- La falta de seguimiento a los peritajes que la titular solicito a la Dirección de Servicios Periciales de la Procuraduría de Justicia en el Estado. Cosa que se traduce en la retardación de la impartición de Justicia hacia el suscrito.

4.- Lo anterior, tiene como efecto la molestia y privación del uso y menoscabo económico en mi perjuicio al tener el vehiculo de mi propiedad marca Chrysler, tipo Van, modelo 1998, color verde oscuro, serie “P4GP4439WR791919, motor importado, placas TWJ2804 del Estado de Puebla, línea Voyager con refactura numero 0146 de fecha siete de octubre de dos mil ocho, emitida por Importaciones y Exportaciones Aguilar a nombre de José Alfredo Morales Castillo y vendida al sucrito según consta en el endose que aparece en dicha documental. Ahora bien, dado que el vehiculo en comento no tiene reporte de robo se pretende dolosamente que el documento con la que acredito la propiedad (refactura numero 0146), sea analizado por un perito en grafoscopia y documentoscopia de la Dirección de Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia en el Estado. Estoy plenamente convencido de que mi vehiculo así como la documentación que acredita la propiedad, no tienen irregularidad alguna por lo que mucho he de agradecer ordene a quien corresponda se agilicen todas y cada una de las diligencias que hay lugar a efecto de corroborar mi dicho o en su caso consignar la averiguación correspondiente a la Autoridad Jurisdiccional en turno a efecto de deslindar responsabilidades.

5.- En consecuencia mucho he de agradecer gire las ordenes pertinentes a la titular del Segundo Turno Especializada en Robo de Vehículos y Asalto a Transportistas de la Procuraduría del Estado de Puebla a efecto de que se agilicen las diligencias en términos de las atribuciones que le corresponden y no perjudicar la Institución del Ministerio Publico como una institución de buena fe, transparente, respetuosa de las garantías individuales, eficaz en su trabajo y de respetuosa de las personas humanas.


Lo anterior tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 21 de la Constitución General de la Republica; 96 de la Constitución Local; 9, 10, 12, 14 fracción VI de La Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado.



Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:



UNICO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma legales el presente ocurso, solicitando lo que del mismo se desprende.


              PROTESTO AUSTED, MI RESPETO

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, CUATRO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL NUEVE





GABRIEL GONZALEZ DE ITA

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