viernes, 18 de junio de 2021

ESCRITO INFORMANDO QUE EL PROCESADO NO PUEDE IR A FIRMAR

 

PROCESO 387/2015 MAS SU

ACUMULADA 437/2015

 

CIUDADANO JUEZ DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA

 

 

 

 

 

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, promoviendo con el carácter de Abogado Defensor Particular, del procesado CRISTÓBAL AGUILAR RAMOS, personalidad que tengo debidamente acreditada y reconocida dentro de la causa penal al rubro citada, con el debido respeto comparezco y expongo:

 

Que, por medio del presente escrito, vengo a hacer del conocimiento de su Señoría que, mi defendido se contagió de Neumonía por Sars Cov2 (Covid-19). Lo anterior, en virtud de haber presentado síntomas de fiebre entre otros más y, al acudir a realizarse estudios a la CLÍNICA SAN GABRIEL UBICADA EN DOS NORTE NUMERO DOSCIENTOS TRES DE CHACHAPA, AMOZOC, PUEBLA, CON NÚMERO DE TELÉFONO 222 122 60 63 Y CELULAR 2223 39 44 82, CON LA LICENCIA SANITARIA NÚMERO 30900150369 Y CLUES PLSM00550, al hacérsele el tratamiento médico correspondiente con síntomas de Covid-19, por lo que se ordenó se le hicieran estudios de Tomografía Computada Helicoidal del Tórax en el Hospital Angelopolitano sito en PRIV. 9 C SUR NÚMERO CUATRO MIL CIENTO OCHO, COLONIA GABRIEL PASTOR, DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, resultando tener etiología por COVID-19 (CO-RADS 5). Afección severa. En consecuencia, se anexan dos documentos; el primero signado por el Doctor BERNARDO RAMOS PARRAGUIRRE, médico de la primera institución de salud y el segundo, por la Doctora JACQUELINE MARTÍNEZ RAMOS, de la última institución de salud. 

 

En consecuencia, por órdenes medicas se le está administrando tratamiento domiciliario por Medicina Interna con soporte de oxigeno por lo cual no puede desplazarse de su domicilio hasta orden médica. Por lo que solicito, se tenga todo esto en cuenta porque en tales condiciones no puede acudir a la firma periódica a la que está sujeta pues de hacerlo pondría a todos con los que tenga contacto. Por lo que, está a su disposición para que se verifique su estancia en su domicilio por cualquier vía, forma, día y hora que tenga a bien determinar su Señoría. Lo anterior tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 1, 8 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a su Señoría, respetuosamente solicito:

 

 

PRIMERO. – Tenerme por presentado en tiempo y forma legal el presente escrito, con dos anexos médicos.

 

SEGUNDO. – Tomar las medidas que considere necesarias para verificar la estancia domiciliaria de mi defendido.

 

PROTESTO A USTED MI RESPETO

 

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, DIECIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL VEINTIUNO

 

 

 

VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO.


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