sábado, 23 de junio de 2018

MODELO DE DEMANDA EN JUICIO ORAL SUMARÍSIMO DE RESCISIÓN DE CONTRATO



CIUDADANO JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE XICOTEPEC DE JUÁREZ, PUEBLA










LEONILA PAREDES GARCÍA, por mi propio derecho con domicilio particular el que se ubica en calle Sinaloa numero dos de Piedras Negras, Jalpan, Puebla, señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones la casa marcada con el NÚMERO TRES DE LA CALLE SANTO DOMINGO DE XICOTEPEC DE JUAREZ, PUEBLA, nombrando como mis Abogados Patronos a VICTOR HUGO MIAZ SERRANO y /o JANET CRUZ LEÓN; el primero, con Título Profesional debidamente registrado ante el Tribunal Superior de Justicia  en el Estado bajo la partida 280 a fojas 70 vuelta tomo XIV; la segunda con Título Profesional debidamente registrado ante el Tribunal Superior de Justicia  en el Estado bajo la partida 697, foja 175 frente, del Tomo I, ambos con domicilio en el NÚMERO SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA PRIVADA TREINTA Y DOS A NORTE, EN LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, por medio del presente  escrito, vengo a promover JUICIO ORAL SUMARÍSIMO DE RESCISIÓN Y DESOCUPACIÓN POR FALTA DE PAGO DE RENTA, EL PAGO DE PENSIONES RENTÍSTICAS ADEUDADAS Y DEMÁS PRESTACIONES  en contra del señor ERNESTO  PAREDES GARCÍA, en su calidad de arrendatario quien tiene su domicilio para efectos de Ley en el departamento número tres de los de la casa marcada con el numero ocho de la calle Alcatraz de la colonia Viveros del Valle de esta Ciudad de Puebla, persona a quien reclamo las siguientes:

                                                     P R E S T A C I O N E S:

Al  arrendatario le reclamó:

 1.- La declaración de que se ha terminado el contrato de arrendamiento para casa habitación que  celebré por escrito el día seis de julio de dos mil trece, el suscrito en su calidad de arrendador y el señor ERNESTO ORTIZ PAREDES en su calidad de arrendatario respecto del bien inmueble objeto del contrato de arrendamiento que se anexa.

2.- Como consecuencia de lo anterior, la desocupación y entrega material del inmueble objeto del presente juicio.

3.- El pago de las pensiones rentísticas adeudadas razón de  mil quinientos  pesos mensuales $ 800.00 (OCHOCIENTOS PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), por cada mes adeudado y los que se sigan venciendo hasta la total solución del presente juicio.

4.- El pago de los intereses que genera cada pensión rentística calculada al tipo legal y hasta la liquidación del adeudo.

5.- El pago de los gastos y costas judiciales que se originen por la tramitación del presente juicio.

Me fundo para tal efecto en los siguientes puntos de hechos y consideraciones de Derecho.

      H E C H O S:

 1.- Con fecha quince de diciembre de dos mil diecisiete en Piedras Negras, Jalpan, Puebla, celebramos contrato de arrendamiento por escrito,  la actora en su calidad de arrendador, y el señor ERNESTO PAREDES GARCÍA en su calidad de arrendatario  respecto del bien inmueble que se identifica como el sito en calle Emiliano Zapata sin número de Piedras Negras, municipio de Jalpan, Puebla, con las siguientes medidas y colindancias al norte mide 9 metros y colinda con calle Emiliano Zapata; al sur mide 15 metros y colinda con propiedad de Hortencia Paredes Chávez; al poniente mide 9 metros y colinda con propiedad del señor Mateo Cruz Santos y al oriente mide 15 metros y colinda con propiedad del señor Bernabé Cruz Paredes, tal y como se acredita con el contrato de arrendamiento en su cláusula primera que anexo como fundatorio de mi acción.

2.-  En la cláusula segunda del documento base de mi acción se pactó que el valor de la renta mensual del inmueble sería de $ 800.00 (OCHOCIENTOS PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) que pagaría el arrendatario sin excusa ni pretexto en los primeros cinco días de cada mes, en el domicilio que señalaron las partes y que es el que se ubica.

3.-Acordando las partes que la vigencia del referido contrato de arrendamiento sería por el término de un año. Lo anterior en términos de la cláusula tercera del contrato base de la acción.

4.- Siendo el caso de que el arrendatario ha dejado de pagar a partir del mes de marzo de dos mil dieciocho y que el hoy demandado no me ha entregado el bien inmueble motivo del arrendamiento, ha dejado de pagar las rentas que corresponden a los meses de marzo, abril, mayo y junio de dos mil dieciocho, según la cláusula segunda.

5.- Por lo anteriormente expuesto y en virtud de que la conducta  omisa del hoy demandado de entregarme el bien inmueble arrendado y de abstenerse a pagar la renta en el tiempo y forma convenidos se encuentre entre las que dan causa a la desocupación y entrega del bien inmueble objeto del contrato de arrendamiento; no obstante de haber sido requerido por mí de cumplir con lo pactado. Es por lo que me veo en la necesidad de promover el presente juicio.

D   E   R   E   C   H   O:

 I.- Es Usted Competente Ciudadano Juez para conocer y fallar dentro del presente juicio atento a lo dispuesto por el artículo 108 fracción VIII del Código de Procedimientos  Civiles para el Estado de Puebla.

II.- Mi personalidad se acredita en términos de los artículos 8, 9, 10 del Código Adjetivo Civil para el Estado de Puebla.

III.- Tiene aplicación en cuanto al fondo del presente asunto los artículos 2261, 2268, 2271, 2290, 2292, 2318, y  relativos aplicables del Código Civil vigente para el Estado de Puebla.

IV.- Rigen en cuanto al procedimiento los artículos 574 al 586 y relativos aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.

P R U E B A S:

I.- LA DECLARACIÓN DE PARTE DE HECHOS PROPIOS Y AJENOS.- A cargo del señor ERNESTO PAREDES GARCÍA, al tenor de las preguntas que de manera verbal formulare en el momento de la diligencia sobre hechos que le constan, prueba que relaciono con los puntos 1, 2, 3, 4 y 5 de los puntos de hechos de mi demanda y que se ofrece a efecto de acreditar, la terminación del contrato de arrendamiento base de la acción, la falta de entrega del bien inmueble y la abstención del declarante de presentarse a hacer el pago de las rentas puntualmente, apercibiendo al declarante que en caso de no comparecer a la diligencia se le tendrán por ciertos los hechos que se le cuestionen y por existente una fundada razón de su dicho.

II.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en todas las actuaciones por practicarse dentro del presente juicio y que sirva para acreditar que he probado mi acción y que es procedente condenar a los demandados al cumplimiento y pago de todas y cada una de las prestaciones que se les reclama, documental que por su naturaleza objetiva conserva en su memoria la existencia de un hecho consistente en la celebración de un contrato de arrendamiento entre el promovente y la demandada, mismo que a la fecha se ha terminado y por el incumplimiento de la obligación de pago que se impone al hoy demandado de donde deriva la acción que se ejercita  y las actuaciones derivadas del ejercicio del derecho en el consignado, prueba que relaciono con los puntos 1 al 5 de hechos de mi demanda y que se ofrece para acreditar el acto jurídico de contrato de arrendamiento, la abstención del demandado de presentarse a pagar la renta en el inmueble en que se obligó a hacerlo.

III.-LA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en el contrato de arrendamiento de fecha seis de julio de dos mil trece que como fundatorio de la acción anexo y que relaciono con los puntos 1, 2, 3, 4 y 5 de hechos de mi demanda y se ofrece a efecto de acreditar la existencia del contrato de arrendamiento entre el demandado y la suscrita  y la existencia de  las obligaciones del hoy demandado, y en especial la obligación del pago de renta, lo que se ha abstenido de hacer, prueba que se ofrece a efecto de acreditar lo manifestado en los puntos de hechos con que se relaciona.

IV.- LA DOCUMENTAL PRIVADA- consistente en los  recibos de arrendamiento correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo y junio del dos mil dieciocho que anexo al presente escrito, documentos con los que se pretende demostrar la falta de pago de la renta del hoy demandado prueba que relaciono con los puntos 2, 3 y 4 y 5 de hechos de mi demanda y que se ofrece a efecto de probar lo manifestado en los mismos, consistente en la obligación de presentarse a pagar la renta en el lugar y fecha convenidos y la falta de cumplimiento de  esta obligación de hacer, lo que da como consecuencia la procedencia de mi acción.

V- EL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA.- Misma que estará a cargo del señor ERNESTO PAREDES GARCÍA quien deberá de comparecer en forma personalísima el día y hora que se señale para tal efecto a reconocer tanto el contenido como la firmas que obran en el contrato de arrendamiento fundatorio de la acción, de fecha quince de diciembre de dos mil diecisiete, con el apercibimiento de que en caso de no comparecer se le tendrá por reconocido el contrato base del presente juicio, tanto en su contenido como en sus firmas debiendo mostrársele el contrato en el momento de la diligencia,  prueba que se relaciona con los puntos 1, 2, 3, 4 y 5  del capítulo de hechos de mi demanda y que se ofrece a efecto de acreditar la relación jurídica que existe entre la demandada y el actor, así como el pleno conocimiento de las obligaciones de la primera  derivado del documento base de la acción 

VI.- LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- Consistente en las deducciones JURE ET JURE que se sirva hacer su Señoría partiendo de la base de la existencia de un contrato de arrendamiento que acredita la existencia de obligaciones a cargo de la demandada, así como de una lógica y jurídica valoración y concatenación de las pruebas por parte de esta Autoridad,  lo lleven humanamente a determinar que al no cumplir con las obligaciones que contrajeron en dicho acto jurídico es procedente condenarlo a la rescisión del contrato de arrendamiento, al  cumplimiento y pago de todas y cada una de las prestaciones que se les reclama en el presente juicio, prueba que ofrezco y relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de mi demanda y que tiene por objeto que el juzgador declare probada mi acción.

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted Ciudadano Juez, respetuosamente hago las siguientes:

P E T I C I O N E S:

PRIMERO.- Tenerme por presentado con este escrito, demandando en la forma y vía propuesto a la persona cuyo nombre y domicilio he dejado anotados en el cuerpo de este escrito.

SEGUNDO.- Ordenar se cite a la demandada a la audiencia de conciliación y excepciones en términos de ley.

TERCERO.- Tener por ofrecidas y en su momento admitir las pruebas que he señalado en mi escrito.
CUARTO.- En su oportunidad dictar sentencia condenando a la demandada a el cumplimiento y pago de las prestaciones reclamadas ordenando la desocupación y entrega del inmueble materia de este juicio, y ordenando en su caso el lanzamiento de los mismos del inmueble materia del presente juicio con el auxilio de la fuerza pública y con la autorización del rompimiento de chapas y cerraduras.

R E S P E T U O S A M E N T E

XICOTEPEC DE JUÁREZ, PUEBLA, VEINTICINCO DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO





LEONILA PAREDES ZARATE




VICTOR HUGO MIAZ SERRANO

ABOGADO PATRONO



JANET CRUZ LEÓN

ABOGADA PATRONA


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