Toca
539/2016
En
Ciudad Judicial, Puebla, once de julio de dos mil dieciséis.
Visto
el estado procesal que guardan los presentes autos, y en virtud de haber
transcurrido el termino concedido a las
partes para que ofrecieran las probanzas que estimaran conducentes, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, 35, 234, 294, 295 y 296 del Código
de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado de Puebla, se
señalan las once horas del veintiocho de septiembre de dos mil dieciséis, para
que tenga verificativo la Audiencia de Vista dentro del Toca en que se actúa,
con citación a las partes; se apercibe al defensor particular VÍCTOR HUGO MÍAZ
SERRANO, que en caso de no comparecer se hará acreedor a una corrección disciplinaria,
consistente en una multa de diez días de salario mínimo vigente en la región;
sirve de apoyo a lo anterior, lo dispuesto por los artículos 17 fracción XII,
inciso B y 25 de la Ley Orgánica del Órgano Judicial del Estado.
Notifíquese
y cúmplase.
Así
lo acordó y firma el Magistrado ARTURO MADRID FERNÁNDEZ, integrante de la
Primera Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado,
ante la Secretaria de Acuerdos, Licenciada MARÍA DE LOS ÁNGELES TORRES OLGUÍN,
quien da fe.
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