sábado, 2 de julio de 2016

MODELO DE ACUERDO EN ALZADA, ACEPTANDO APELACIÓN


En Ciudad Judicial, Puebla, a catorce de junio de dos mil dieciséis.

Con el oficio 3018 y proceso que acompaña; fórmese y regístrese el Toca relativo a la apelación interpuesta por el sentenciado ISRAEL MARCOS SALDAÑA, contra la sentencia condenatoria, dictada el veintiséis de octubre de dos mil quince, por el Juez Primero de lo Penal del Distrito Judicial de Puebla, Puebla, dentro de la causa penal 151/2014. Acúsese recibo de estilo correspondiente. Resérvese en la Oficialía de Partes, el citado proceso. Y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 273 fracción I, 278 fracciones II y III, 284, 287 y 301 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado, no encontrando violación alguna al procedimiento del examen previo de autos, se declara:

Es procedente este recurso de apelación por tratarse de una primera instancia de donde proviene.

En atención al contenido del escrito que obra a fojas 239 del proceso generador de esta alzada, téngase al encausado, señalando domicilio para recibir notificaciones, el sito en PRIVADA TREINTA Y DOS A NORTE SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, autoriza al Licenciado VICTOR MANUEL MORALES ROJAS para tal efecto.

También nombra como Abogado Defensor Particular al Licenciado VICTOR HUGO MÍAZ SERRANO, a quien se le hará saber la designación realizada y, con la finalidad de que se cumpla con la garantía de una defensa adecuada, requiérasele para que en termino de tres días posteriores a la notificación de este proveído, comparezca debidamente identificado con documento que lo acredite para ejercer la profesión de abogado o licenciado en Derecho a cumplir con la formalidad del procedimiento y se lleve a cabo la diligencia de aceptación y protesta del cargo conferido.

Mientras tanto, a fin de no dejarlo en estado de indefensión, se asigna al defensor público de la adscripción, a quien se le hace saber que una vez que sea enterado del contenido del presente proveído, deberá comparecer dentro del término de veinticuatro horas, al local de este órgano colegiado de segundo grado para que lleve a cabo la diligencia de aceptación y protesta del cargo conferido.

Apercíbase al encausado de referencia que, en caso de que el profesionista nombrado no comparezca en el término señalado para los efectos establecidos, subsistirá el nombramiento del defensor público adscrito y las posteriores notificaciones se le harán mediante cedula que se fije en los estrados de esta Sala.

En virtud de la razón de notificación asentada el ocho de febrero de dos mil dieciséis,-foja 234 vuelta del proceso generador de esta alzada-, túrnese el presente Toca, a la diligenciaria encargada de los expedientes nones, a efecto de que se notifique a ALMA ESCAMILLA REYES, representada por su madre ALMA REYES MEJÍA; este proveído y los subsecuentes, con instructivo que fije en el lugar visible en este órgano colegiado.

Hágasele saber a las partes que, por razón de turno corresponde al Magistrado ARTURO MADRID FERNÁNDEZ ser ponente en el presente asunto y dictar las resoluciones de mero trámite.

Notifíquese y cúmplase.

Así, lo acordaron y firman los señores Magistrados que integran la Primera Sala en Materia Penal del Tribunal Superior de Justicia en el Estado, Licenciados JOEL DANIEL BALTAZAR CRUZ, ARTURO MADRID FERNÁNDEZ y AMADOR COUTIÑO CHAVARRÍA, ante la Secretaria de Acuerdos, Licenciada MARÍA DE LOS ÁNGELES TORRES OLGUÍN, que da fe.


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