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EXP. 0000/2023
JUICIO REIVINDICATORIO
CIUDADANO
JUEZ MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEPEACA, PUEBLA.
LAURENTINO SERRANO ZAYAS Y/O JOSÉ LAURENTINO SERRANO ZAYAS Y EULALIA RAMOS LARA,
promoviendo con el carácter de demandados dentro del presente juicio,
personalidad que tenemos debidamente acreditadas dentro del presente juicio,
señalado al rubro, ante Usted, con el debido respeto comparecemos y exponemos:
Que,
por medio del presente escrito, estando en tiempo y forma, toda vez que se nos notificó
la resolución con fecha ocho de enero del dos mil veinticuatro el termino de
tres días para, señalar cuál de los dos escritos deberá ser tomado como contestación
de demanda, manifestamos que, el libelo que debe tomarse en cuenta como
CONTENCIÓN DE LA DEMANDA instaurada en nuestra contra, es, el segundo escrito
acompañado de copia certificada de una cédula profesional, un acuse de recibo
del archivo con copia y copia certificada de escritura con copia de esta. Lo
anterior, tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 1, 8, 17 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 19, 20, 25 204 y 225 del
Código de Procedimientos Civiles para el Estado.
Por
lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicitamos:
ÚNICO.
– Tenernos por presentado en tiempo y forma el presente escrito, haciendo las
manifestaciones que, del mismo se desprenden.
PROTESTAMOS A USTED NUESTROS RESPETOS
TEPEACA DE NEGRETE, PUEBLA, NUEVE DE ENERO DE DOS MIL
VEINTICUATRO
LAURENTINO SERRANO ZAYAS Y/O
JOSÉ LAURENTINO SERRANO ZAYAS
EULALIA RAMOS LARA
VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO
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