En
ocho de enero de dos mil veinticuatro, doy cuenta al Juez con un escrito de parte actora, para su acuerdo correspondiente. Conste. En Ciudad
Judicial Puebla, a ocho de enero de dos mil veinticuatro.
Agréguese
a los autos el escrito de la parte actora, por su propio derecho y como
representante común, para que surta sus efectos legales, visto su contenido, se
acuerda:
ÚNICO.
– Con fundamento en lo dispuesto en los articulo 80 y 88 del Código de
Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, se tiene a la parte actora
proporcionando los nombres de los posibles herederos del finado, quien era
demandado dentro del presente juicio.
Por
lo cual se le requiere a la parte actora proporcione los domicilios de todos y
cada una de las personas de las cuales proporcionó los nombres para acordar lo
procedente.
Notifíquese
electrónicamente a la parte actora y, demandada y por lista a los demás codemandados.
Así
lo acuerda y firma el Juez Tercero Especializado en Materia Civil del distrito
judicial de Puebla, abogado HELIODORO JUÁREZ FERNÁNDEZ, ante la Secretaria de
acuerdos que autoriza y da fe, SILVIA ORTÍZ MÁRQUEZ.
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