RAZÓN DE CUENTA. En nueve de agosto de dos mil veintidós, el Secretario
de acuerdos adscrito a este Juzgado, doy cuenta a la Ciudadana Juez del Juzgado
Cuarto de lo Familiar, con el estado procesal de los presentes autos para su
acuerdo. CONSTE.
CIUDAD JUDICIAL, PUEBLA; NUEVE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDÓS.
V I S T O, el estado procesal que guardan los presentes autos, tomando en consideración que por diligencia de fecha cinco de agosto de dos mil veintidós (f. 81 y 83), se tuvo a EDITH LÓPEZ RAMOS y a FIDEL VELEZ ARCE aceptando y protestando el cargo de tutora dativa y albacea definitiva, respectivamente, atento a ello, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 22, 639 fracción I, 648, 651 y 652 3421, 3422, 3487 del Código Civil para el Estado, 80, 81, 677, 781, 792, 794 y 795 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, se le confiere a EDITH LÓPEZ RAMOS el cargo de TUTORA DATIVA, respecto del adolescente de iniciales E.S.R.; asimismo se le confiere a FIDEL VELEZ ARCE el CARGO DE ALBACEA DEFINITIVO a bienes de BEATRIZ SÁNCHEZ VALDIVIA, cargo que se les discierne con la suma de facultades inherentes a las de su especie, ordenándose expedir tantas cuantas copias certificadas solicite de su nombramiento para acreditar su personalidad.
En consecuencia, se le exhorta a la interesada a dar cumplimiento a los
lineamientos señalados por el acuerdo de treinta y uno de julio de dos mil
veinte, emitido por el Presidente del Consejo de la Judicatura del Poder
Judicial del Estado de Puebla, en el que se señaló que mediante el Sistema
Electrónico de Control y Gestión Judicial, en su plataforma en línea solicite
por este medio cita con la Secretaria de la Unidad de Gestión Judicial adscrita
a este juzgado, señalando número de expediente, el motivo de la cita (copias
certificadas), con el propósito de que se le expida el Código QR respectivo,
comunicándole que el día de la cita deberá comparecer con dicho Código QR a
efecto de que se le permita la entrada al recinto judicial.
NOTIFÍQUESE MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO A LOS DENUNCIANTES Y POR LISTA
TODO AQUEL QUE SE CREA CON DERECHO.
Así lo proveyó y firma la Abogada VERÓNICA ROJAS PASÁN, Juez Cuarto de
lo Familiar del Distrito Judicial de Puebla, ante la suscrita Licenciada ANA
CRISTINA RAMALES AMARO, Secretaria de acuerdos par, por ausencia temporal del
Titular de la Secretaria de acuerdos non, que autoriza y firma. DOY FE.
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