miércoles, 3 de agosto de 2022

ACUERDO PARA ACEPTAR Y PROTESTAR LOS CARGOS CONFERIDOS. JUICIO INTESTAMENTARIO


RAZÓN DE CUENTA. En uno de agosto de dos mil veintidós, la Secretaria de Acuerdos adscrita a este Juzgado, doy cuenta a la Ciudadana Juez con un escrito de VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, presentado en la oficialía de este juzgado el once de julio de dos mil veintidós, turnado para su acuerdo. CONSTE.

 

Expediente Número: 973/2021

 

CIUDAD JUDICIAL, PUEBLA, A UNO DE AGOSTO DEL DOS MIL VEINTIDÓS.

 

Agréguese a los autos el escrito de cuenta para que surta sus efectos legales correspondientes, visto su contenido, con fundamento en los artículos 25 del Código Civil del Estado, en relación con los diversos 80, 375 y 677 fracción I, inciso a) del Código de Procedimientos Civiles del Estado, se tiene al ocursante haciendo las manifestaciones que de su escrito de cuenta se desprenden, y en atención a las mismas y visto el estado procesal de las actuaciones se declara que HA CAUSADO ESTADO la resolución de fecha veintiocho de abril de dos mil veintidós.

 

Por otra parte, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 3, 81 y 677 fracción I, inciso a) y 781 fracción VII del Código de procedimientos Civiles para el Estado y en cumplimiento al tercer y cuarto punto de la citada resolución, se requiere a FIDEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ (albacea definitivo) y a EDITH LÓPEZ MARTÍNEZ (tutora dativa) respecto del adolescente de iniciales E.S.R., para que comparezcan debidamente identificados a satisfacción plena del Juzgado a aceptar y protestar el cargo conferido. En consecuencia, se le exhorta a dar cumplimiento a los lineamientos señalados por el acuerdo de treinta y uno de julio de dos mil veinte, emitido por el Presidente del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Puebla, en el que se señaló que mediante el Sistema Electrónico de Control y Gestión Judicial, en su plataforma en línea solicite por este medio cita con la Secretaria de la Unidad de Gestión Judicial adscrita a este juzgado, ingresando el número de expediente, el motivo de la cita (protesta de cargo de Albacea y tutor...etc.); con el propósito de que se le expida el Código QR respectivo, comunicándole que el día de la cita deberá comparecer con dicho Código QR.

 

Finalmente, se reitera el requerimiento que le fue hecho a FIDEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ, mediante resolución de fecha veintiocho de abril de dos mil veintidós, en tal virtud se requiere nuevamente para que en el término de TRES DÍAS, contados a partir de que sea notificada de la presente declaratoria de herederas, nombre curador del adolescente de iniciales E.S.R., haciéndole saber al albacea que dicho nombramiento no puede recaer en una misma persona (tutor) tal y como lo reseña el numeral 646 fracción I del Código Adjetivo Civil.

 

NOTIFÍQUESE POR EL SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTROL Y GESTIÓN JUDICIAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE PUEBLA.

 

Así, lo proveyó y firma, la Abogada VERÓNICA ROJAS PASÁN, Juez Cuarto de lo Familiar del Distrito Judicial de Puebla, ante la Licenciada ANA CRISTINA RAMALES AMARO, Secretaria de Acuerdos Par, por ausencia temporal del Titular de la Secretaría de Acuerdos Non, que autoriza y firma. DOY FE.


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