EXP. 142/17
CIUDADANO
JUEZ OCTAVO ESPECIALIZADO EN MATERIA MERCANTIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA,
PUEBLA.
VÍCTOR HUGO MÍAZ
SERRANO, promoviendo con el carácter de autorizado en términos del tercer
párrafo del artículo 1069 del Código de Comercio, personalidad que tengo
debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco y
expongo:
Que, por medio
del presente, escrito, vengo a exhibir la correspondiente Planilla de Liquidación
de Sentencia dentro del presente Juicio, al rubro citado, en los siguientes términos:
I.- Concepto que
divido en los incisos a y b para su mejor comprensión:
a).-
En el punto resolutivo CUARTO de la sentencia definitiva de fecha dieciocho de
septiembre de dos mil diecisiete, se condena a la parte demandada a pagar a la
parte actora, por concepto de suerte principal la
cantidad $10,000.00 (DIEZ MIL PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL).
b).-
En el punto resolutivo QUINTO de la sentencia definitiva citada en el inciso a,
inmediato anterior, se condena a la parte demandada a pagar a la actora los
intereses causados a partir del día en que se constituyó en mora hasta la total
solución del adeudo, a razón del 1.93 por ciento mensual sobre la suerte
principal, interés moratorios que se establecen de la siguiente manera:
Toda
vez que el demandado cayó en mora a partir del día dieciséis de agosto del año
dos mil dieciséis y hasta el dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete van
transcurriendo quince meses completos, que multiplicados por $193.33 (CIENTO
NOVENTA Y TRES PESOS CON TREINTA Y TRES CENTAVOS MONEDA NACIONAL), que nos dan
la cantidad total de $2,899.95 (DOS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVES
PESOS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS MONEDA NACIONAL) , que
corresponden a los intereses generados por la suerte principal hasta
el día dieciséis de noviembre del presente año.
A
la cantidad anterior se le suma la suerte principal y obtenemos la cantidad que
debe pagar el demandado hasta la fecha actual por concepto de suerte principal más
intereses moratorios:
Suerte
principal $10,000.00
Intereses
moratorios $2,899.95
Suma
total $12,899.95
II.-
Por consiguiente, el total de la presente liquidación de sentencia es por la
cantidad de $12,899.95 (DOCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS CON NOVENTA
Y CINCO CENTAVOS MONEDA NACIONAL, misma cantidad que se deberá requerir como
pago a la parte demanda.
Lo
anterior tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 1346, 1347, 1348,
1397 y demás relativos aplicables del Código de Comercio
Me
reservo el derecho a formular mi actualización de Liquidación de Sentencia
hasta en tanto no sea liquidado, en definitiva, el presente juicio.
Por
lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, ciudadano Juez, respetuosamente,
solicito:
PRIMERO.-
Tenerme por presentado en tiempo y forma legal el presente, solicitando se me
tenga por exhibida la Planilla de Liquidación.
SEGUNDO.-
Dar vista a mi parte contraria para que el termino de Ley, alegue lo que a su
derecho convenga y, hecho lo anterior o no, se dicte la resolución correspondiente.
PROTESTO A USTED MI RESPETO
HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, DIECISEIS DE NOVIEMBRE
DE DOS MIL DIECISIETE
VÍCTOR
HUGO MÍAZ SERRANO
esta con madres!
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