En Ciudad Judicial Puebla, nueve de septiembre de dos
mil veintidós, doy cuenta al Juez, con un escrito del actor,
turnado para su acuerdo respectivo. CONSTE.
EXP. No. 0000/2021/7M
En Ciudad Judicial Puebla, nueve de septiembre de dos
mil veintidós. Agréguese a los autos el escrito de cuenta para que surta sus
efectos legales correspondientes y visto su contenido se acuerda:
ÚNICO. Con fundamento en lo dispuesto por los
artículos 1054, 1063, 1066 y 1406, del Código de Comercio, téngase al ocursante
haciendo las manifestaciones que de su escrito de cuenta se desprenden y
tomando en consideración que las pruebas admitidas se desahogan por su propia
naturaleza. En consecuencia, como lo solicita se señalan las DIEZ HORAS CON
TREINTA MINUTOS DEL DIA VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDÓS, para que
formulen en forma verbal sus alegatos, por sí o por sus abogados o apoderados,
procurando la mayor brevedad y concisión. Así mismo, se les hace saber que
concluida la etapa de alegatos se citará para sentencia, siempre que los autos
guarden estado para ello y se hayan perfeccionado todas las pruebas admitidas.
NOTIFÍQUESE POR CORREO ELECTRÓNICO A LA PARTE ACTORA Y
AL DEMANDADO PRINCIPAL Y POR LISTA A AL AVAL.
Así lo acuerda y firma HUMBERTO BORJA SÁNCHEZ Juez
Séptimo Especializado en Materia Mercantil ante la Secretaria que autoriza y da
fe, MARÍA DEL CARMEN VAZQUEZ OROZCO.
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