En
quince de marzo de dos mil diecinueve, la Secretaria da cuenta con el escrito de
cuenta signado por VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, para su acuerdo, recibido el día
once de marzo de esta anualidad, así como con los autos del expediente en que
se actúa, para su acordar lo procedente. Conste.
ABOGADO
ELÍAS SÁNCHEZ PÉREZ
EXP.
708/2018. CIVIL.
XICOTEPEC
DE JUÁREZ, PUEBLA, QUINCE DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE.
Agréguese
el escrito de cuenta a los presentes autos, visto su contenido y con fundamento
en lo establecido en los artículos 80, 88, 229, 431 y 437 del Código de
Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, se acuerda:
1.-
Téngase por recibido el escrito de VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, haciendo las
manifestaciones que del mismo se desprenden y toda vez que en diligencia de
fecha cinco de marzo de dos mil diecinueve, la Diligenciaria de la Adscripciones
constituyó en el domicilio del demandado ERNESTO PAREDES GARCÍA, a fin de que
hiciera entrega del bien inmueble materia de la presente Litis, en termino de
tres días, sin que hasta la fecha lo haya hecho; es por lo que se le hace
efectivo el apercibimiento decretado en auto de fecha diecinueve de febrero de
este año, y como lo solicita el promovente, en ejecución de sentencia, se
ordena el lanzamiento del demandado ERNESTO PAREDES GARCÍA, a través de la fuerza pública, respecto del bien inmueble que
se identifica como el sito en General Lindoro Hernández, sin número de Piedras
Negras, municipio de Jalpan, Puebla con las siguientes medidas y colindancias:
al norte: mide 4 metros con 51 centímetros y colinda con propiedad
de José Duran Paredes; al sur: mide 4 metros 79 centímetros y colinda con calle
Lindoro Hernández; al oriente: mide 18 metros y colinda con propiedad de
Hortencia Paredes Chávez y al poniente mide 18 metros y colinda con propiedad de
Mateo Cruz Santos.
En
consecuencia, se ordena turnar los autos a la Ciudadana Diligenciaria de la Adscripción,
para que se constituya en el inmueble materia del presente juicio, asociada de
la parte actora LEONILA PAREDES GARCÍA, y le haga la entrega material
del mismo, totalmente vacío, desocupado y deshabitado, con todos sus usos,
costumbres y accesiones, autorizando el rompimiento de chapas y cerraduras, debiéndose
girar atento oficio correspondiente al Agente del Ministerio Publico de la Adscripción,
para que ordene a elementos a su mando para que presten el auxilio solicitado a
la Diligencia ordenada, señalándose cualquier día y hora había de oficina para
llevar a cabo la misma.
NOTIFÍQUESE
EN TÉRMINOS DE LEY
Así
lo acordó y firma la Maestra en Derecho MARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ AGUILERA, Jueza
de los Civil de este Distrito Judicial, ante el Secretario que autoriza y da fe,
Abogado ELÍAS SÁNCHEZ PÉREZ.
MAESTRA
EN DERECHO MARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ AGUILERA,
JUEZA
DE LOS CIVIL
ABOGADO
ELÍAS SÁNCHEZ PÉREZ.
SECRETARIO
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