NÚM. DE EXPEDIENTE: 72/2019
FECHA DEL AUTO: 22/02/2019
FECHA DE PUBLICACIÓN: 01/03/2019
SÍNTESIS:
EN VIRTUD DE QUE LA PARTE QUEJOSA NO
ACUDIÓ A ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL A NOTIFICARSE EN EL TÉRMINO CONCEDIDO EN EL
CITATORIO QUE SE DEJÓ EN SU DOMICILIO, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 27
FRACCIÓN I, INCISO B Y 29 DE LA LEY DE AMPARO, SE NOTIFICA POR MEDIO DE LISTA
LA(S) RESOLUCIÓN(ES) DE 22 DE FEBRERO DE 2019, QUE EN LO CONDUCENTE DICE(N):
"San Andrés Cholula, Estado de Puebla, veintidós de febrero de dos mil
diecinueve. Designa representante especial.
Agréguese a los autos el oficio de cuenta signado por el Titular de la
Delegación Regional en Puebla del Instituto Federal de Defensoría Pública,
mediante el cual en cumplimiento al requerimiento formulado en proveído del
quince de febrero de dos mil diecinueve, informa que el Asesor Jurídico Federal
Francisco Cuevas Pozos, fue designado para que funja como representante del
menor A.B.M., por tanto,
requiérase al referido Asesor para que en el plazo de cuarenta y ocho horas
comparezca ante este Juzgado Federal a fin de aceptar el cargo que se le
confirió, para tal efecto notifíquesele personalmente el presente proveído en
el domicilio proporcionado por el Delegado oficiante -calle 23 Poniente, número
2509, planta baja, colonia Los Volcanes, municipio de Puebla-. Con el
apercibimiento que de no hacerlo, con fundamento en los artículos 237, fracción
I, y 259 de la Ley de Amparo, se le impondrá multa consistente en cincuenta
días de salario, calculado conforme a la unidad de medida y actualización establecida
en el decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas
disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en
materia de desindexación del salario mínimo publicado en el Diario Oficial de
la Federación el veintisiete de enero de dos mil diecisiete, actualizada
conforme a la publicación del Diario Oficial de la Federación diez de enero del
dos mil dieciocho, con vigencia a partir de uno de febrero siguiente.
NOTIFÍQUESE; Y PERSONALMENTE AL ASESOR
JURÍDICO PRECISADO".
No hay comentarios.:
Publicar un comentario