AMPARO 72/2019
AUDIENCIA CONSTITUCIONAL
FECHA: 28/02/2019
HORA: 10: 20 HORAS
CIUDADANO
JUEZ DE DISTRITO EN MATERIA DE AMPARO CIVIL, ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO Y DE
JUICIOS FEDERALES EN EL ESTADO DE PUEBLA
VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, promoviendo
con el carácter de Autorizado Ampliamente, personalidad que tengo debidamente
acreditada en autos, ante Usted, respetuosamente comparezco y expongo:
Que, por medio del presente escrito, a
fin de acreditar que fue ilegal el citatorio y emplazamiento de fecha diez de
julio de dos mil dieciocho, realizado por la autoridad responsable ejecutora del Juzgado
Mixto de Tecamachalco, Puebla, vengo a ofrecer, dentro de la Audiencia
Constitucional, los siguientes medios:
P R U E B A S:
1.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente
en todo lo actuado dentro del presente juicio que favorezcan a la quejosa.
2.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente
en mi acta de nacimiento con la cual pruebo que soy originaria de la población
de MAGDALENA, JALISCO.
3.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente
en la copia certificada de mi credencial para votar expedida por el Instituto
Federal Electoral con año de expedición en dos mil trece y vigencia hasta el
dos mil veintitrés y domicilio en AVENIDA ROMA DOS OCHENTA, CLUSTER
DOCE, DEL FRACCIONAMIENTO HACIENDA SANTA FE, TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA,
JALISCO.
4.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente
en la CARTA DE RESIDENCIA, expedida a favor de la suscrita, por la Secretaria
del Ayuntamiento del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, a través del
director de Acuerdos y Seguimiento de Secretaria General, Ciudadano JULIO CESAR
TORRES ARCINIEGA, con la cual acredito mi domicilio durante el emplazamiento que se dice se me hizo en uno distinto.
5.- LAS DOCUMENTALES PÚBLICAS.- Consistentes
en dos constancias de estudios de mi
menor hijo ALEJANDRO MEDINA RODRÍGUEZ, ambas expedidas por la directora
de la escuela “FRANCISCO VILLA”, ubicada en TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO, en
la primera se aprecia el ciclo escolar, el grado y horario con fecha de
expedición veintidós de junio de dos mil dieciocho; la segunda, se aprecia mi domicilio, signada por la
Directora de dicho plantel, L.E. P. FÁTIMA GONZÁLEZ HEREDIA con fecha doce de
febrero de dos mil diecinueve.
6.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente
en oficio número 4628/2018, de fecha tres de julio de dos mil dieciocho,
expedido por el CIUDADANO AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO, ADSCRITO A LA AGENCIA
DEL MINISTERIO PUBLICO NÚMERO DOS, DE LA UNIDAD ESPECIALIZADA EN
INVESTIGACIONES DE DELITOS COMETIDOS CONTRA MUJERES, en el cual se aprecia que
la suscrita tiene su domicilio actual en CALLE VALLE DE LA RIVERA, EDIFICIO
DOS, LETRA C, DE LA COLONIA VALLE DE TEJEDA, TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO.
7.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente
en el reporte de evaluación emitido por el Sistema Educativo Nacional, de mi
menor hijo ALEJANDRO MEDINA RODRÍGUEZ, que no obstante haber faltado 72
veces durante el ciclo escolar, se determinó que termino su educación
preescolar en el jardín de niños “FRANCISCO VILLA”, sito en TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO.
8.- LA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente
en la constancia de trabajo emitida por la moral “LA DOÑA”, a favor de la
suscrita y signada por PEDRO PABLO ACOSTA GARCÍA, Gerente Operativo de fecha
catorce de enero de dos mil diecinueve, en la cual se parecía mi dirección
actual y donde se menciona que trabaje el día en que se dice se me cito y
emplazó.
9.- LA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en
la constancia expedida a favor de la suscrita por la empresa BETTERPLAN S. A DE
C. V., con domicilio en GUADALAJARA, JALISCO, en donde consta la fecha de mi
ingreso, horario y puesto, además de señalar que el DÍA DIEZ DE JULIO DE DOS
MIL DIECIOCHO labore normalmente y mi domicilio actual; documental expedida con
fecha quince de enero de dos mil diecinueve y signada por el supervisor de zona
JORGE LÓPEZ PINEDA.
10.- LA TESTIMONIAL.- Misma que estará a
cargo de los señores JUAN LOPEZ RAMOS, con domicilio en calle del Carbón numero tres, de la colonia Madreselva, y CARLOS RIVERA PIÑAS, quien tienes su domicilio en calle del Carbón numero siete, de la colonia Madreselva, ambas direcciones de Guadalajara, Jalisco, quienes declararan
de viva voz, sobre los hechos a probar, el día y hora que este Juzgado señale y
a quienes me comprometo a presentar debidamente identificados a satisfacción de
este órgano judicial.
11.- LA PRESUNCIONAL LEGAL.- La hago
consistir en que no se observó lo que señala el artículo 61 fracción III del
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla; es decir, que la
responsable no se cercioro que efectivamente fuera mi domicilio y por lo tanto,
es ilegal.
12.-
LA PRESUNCIONAL HUMANA.- Consistente en la concatenación lógica-jurídica
que haga su Señoría, partiendo de los hechos conocidos para encontrar la verdad
que se busca; es decir, que no puede haber sido citada y notificada en los
términos que señala la autoridad ejecutora por tener mi domicilio en Tlajomulco
de Zúñiga, Jalisco y haber laborado en Guadalajara, Jalisco.
Lo anterior tiene su fundamento en lo
establecido en los artículos 119, 123 124 de la Ley
de Amparo.
Por lo anteriormente expuesto y fundado
a usted, ciudadano Juez, respetuosamente, solicito:
PRIMERO.- Tenerme por presentado en
tiempo y forma legal el presente escrito, ofreciendo los diversos medios de
convicción.
SEGUNDO.- Se manden a preparar los medios
de pruebas que así lo requieran.
PROTESTO A USTED MI RESPETO
HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA,
DIECIOCHO DE FEBRERO DE DOS MIL DIECINUEVE
VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO
No hay comentarios.:
Publicar un comentario