NÚM. DE EXPEDIENTE: 1718/2018
FECHA DEL AUTO: 15/10/2018
FECHA DE PUBLICACIÓN: 16/10/2018
SÍNTESIS:
Se recibe el oficio sin número
de la autoridad responsable el cual manifestó que el acto que de ella se
reclama es parcialmente cierto, En mérito de lo anterior, requiérase a la
autoridad señalada como responsable ejecutora a fin de que dentro del término
de tres días, aclare su informe justificado, así como el oficio recibido en
esta propia fecha, pronunciándose expresamente sobre la existencia y
constitucionalidad del acto que efectivamente le atribuyó el quejoso, esto es,
la ejecución de impedir a través de amenazas y uso de la fuerza física el uso
de las canchas de básquetbol el del Parque Ecológico Revolución Mexicana.
Luego, el Encargado de Despacho de la Oficina del Abogado General del Organismo
Público Descentralizado "Convenciones y Parques". rinde su informe justificado,
se le tiene por señalado el domicilio que indica, para recibir sus
notificaciones y nombrando delegados se ordena dar vista a las partes, para que
se impongan de su contenido, del contenido del informe justificado manifiesta
que al ser un Organismo Público con personalidad jurídica y patrimonio propio,
el cual tiene a su cargo la administración de diversos inmuebles, y parques de
jurisdicción estatal, y que a su vez, tiene la facultad de realizar
instrumentos jurídicos, autorizaciones de uso, y contratos de arrendamiento de
espacios para su autofinanciamiento, por lo que, la cancha a que hace
referencia el quejoso fue arrendada a un tercero requiérase a la citada
autoridad responsable, para que dentro del término de tres días remita a este
órgano jurisdiccional copia certificada de las constancias con las cuales
justifique su dicho,
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