lunes, 1 de octubre de 2018

MODELO DE JUICIO REIVINDICATORIO




CIUDADANO JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEPEACA DE NEGRETE, PUEBLA.









MARÍA GARCÍA RAMOS, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio particular el ubicado en CALLE EMILIANO ZAPATA, NÚMERO NUEVE, DE LA COLONIA VICENTE GUERRERO, DEL MUNICIPIO DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones que por ley me correspondan el ubicado en MORELOS SUR, DOSCIENTOS SIETE, ALTOS UNO, CENTRO DE LA CIUDAD DE TEPEACA DE NEGRETE, PUEBLA, nombrando como mis Abogados Patronos a los Licenciados VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO y/o JANET CRUZ LEÓN; el primero, cuenta con título debidamente registrado bajo la partida 280, a fojas 70 vuelta, del libro XIV; la segunda, cuneta con título debidamente registrado bajo la partida 697, foja 175 frente, del Tomo I; ambos  ante el Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla, y quienes señalan como domicilio particular el ubicado en PRIVADA TREINTA Y DOS “A” NORTE, SEISCIENTOS DIECISIETE, DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, por medio del presente escrito, vengo a formular JUICIO REIVINDICATORIO en contra del señor EFRÉN SÁNCHEZ GARCÍA, a quien le señalo como domicilio para ser emplazado el sito en CALLE REFORMA CIEN DE SAN JUAN ACOZAC, MUNICIPIO DE LOS REYES DE JUAREZ, PUEBLA, a quien le reclamo las siguientes:

                           P R E S T A C I O N E S:

A).- La reivindicación de la parte del bien inmueble de objeto de este juicio, siendo dicho bien inmueble que más adelante determinaré.

B).- En consecuencia, la entrega material de la cosa reclamada con todos sus frutos y accesorios.

C).- El pago de los daños y perjuicios que me han causado por tener la posesión y sin derecho del bien inmueble de mi propiedad y objeto del presente juicio.

D.- El pago de los gastos y costas causados por la tramitación del presente juicio.
Fundo la presente al tenor de los hechos y consideraciones de carácter legal:

                                    H E C H O S:

1.- Tal y como acredito con la escritura, en dicho acto jurídico consta en el volumen 185, instrumento 10,518 pasado ante la fe del LICENCIADO JUAN RODRÍGUEZ ABILA, NOTARIO TITULAR DE LA NOTARIA UNO DE TEPEACA, PUEBLA, que en el capítulo de los ANTECEDENTES fracción SEGUNDA que en el primer testimonio del instrumento 10,518, volumen 185 de fecha otorgada el cuatro de mayo de dos mil uno, pasado ante la fe del LICENCIADO JUAN RODRIGUEZ ABILA, NOTARIO PUBLICO NUMERO UNO DE LOS DE TEPEACA, PUEBLA, el señor LEOPOLDO GARCÍA RAMÍREZ adquirió la propiedad de un predio rustico dedicado a la agricultura, ubicado del municipio de los Reyes de Juárez, Puebla con las siguientes medidas y colindancias:

Al norte: Diecisiete metros colinda con Jaime Robles,

Al Suroeste: treinta metros colinda con Efrén Domínguez,

Al Oriente: treinta y dos metros colinda con camino.

Inmueble que cuenta con una superficie privativa de doscientos setenta y dos metros cuadrados (272.00 m2), documental que se anexa al presente escrito.

2.- Mediante instrumento notarial 14206, volumen CCXVIII, pasado ante la fe del notario público número uno de los del Distrito Judicial de Tepeaca de Negrete, Puebla, Maestro en Derecho PAULO JAVIER RODRÍGUEZ CANTELLANO, me fue otorgado poder General para Pleitos y Cobranzas, Poder General para Actos de Administración y Poder Especial para Actos de Dominio de Inmuebles Irrevocable y sin Obligación de Rendir Cuentas, respecto del bien inmueble descrito en el punto uno de Hechos del presente; tal y como lo demuestro con la documental en cita.

3.- Ahora bien, con fecha tres de septiembre de dos mil diecisiete como a las doce horas, fui al lote de mi propiedad ya señalada, para darle mantenimiento y cercar la parte suroeste que colinda con propiedad del señor EFRÉN SÁNCHEZ GARCÍA, quien salió para impedirme a través de insultos y de amenazas poder llevar a cabo mi propósito. Me dijo que si no me iba del lugar junto con mis acompañantes me iba a poner en la madre. Por lo que decidí retirarme.

4.- Por lo anteriormente manifestado y en virtud, de rehusarse a entregarme el bien inmueble de mi propiedad por parte de mi demandado, me veo en la necesidad de ocurrir ante esta autoridad a efecto demandar la reivindicación del bien inmueble ya señalado en los términos propuestos.

                                   D E R E C H O:

I.- Es Usted competente en conocer y fallar el presente juicio según lo dispone el artículo 108 fracción V del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla y el artículo 39 fracción I de la Ley Orgánica del Órgano Judicial del Estado de Puebla.

II.- Tengo interés jurídico, capacidad legal, personalidad, legitimación y la demanda es formal y sustancialmente válida según lo preceptuado en los artículos 101, 102, 103, 104, y 105 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

III.- El procedimiento se rige según lo preceptuado por los artículos 615, 616 y 617 del Código de procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

IV.- En cuanto al fondo son aplicables 984, 988, 1363 y demás relativos y aplicables del Código Civil para el Estado de Puebla.

                                 P R U E B A S:

1.- LA DECLARACIÓN DE PARTES SOBRE HECHOS PROPIOS Y AJENOS.- Misma que estará a cargo de la parte demandada EFRÉN SÁNCHEZ GARCÍA, quien se sujetará al pliego de posiciones que se le hagan de viva voz; bajo el apercibimiento de ser declarado confeso, de las que se califiquen de legales, en caso de dejar de asistir sin justa causa. Esta prueba se relaciona con todos y cada uno de los hechos de la presente demanda y el objeto de la misma es acreditar que soy la legal y legítima dueña del bien inmueble a reivindicar y probar que la demandada tiene la posesión del bien inmueble objeto del presente juicio.

2.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en las copias certificadas del instrumento notarial volumen 185, instrumento 10,518 pasado ante la fe del LICENCIADO JUAN RODRÍGUEZ ABILA, NOTARIO TITULAR DE LA NOTARIA UNO DE TEPEACA, PUEBLA, que en el capítulo de los ANTECEDENTES fracción SEGUNDA que en el primer testimonio del instrumento 10,518, volumen 185 de fecha otorgada el cuatro de mayo de dos mil uno, pasado ante la fe del LICENCIADO JUAN RODRÍGUEZ ABILA, NOTARIO PUBLICO NUMERO UNO DE LOS DE TEPEACA, PUEBLA, el señor LEOPOLDO GARCÍA RAMÍREZ adquirió la propiedad de un predio rustico dedicado a la agricultura, ubicado del municipio de los Reyes de Juárez, Puebla. Documental con la que se pretende probar que soy propietaria del bien inmueble a reivindicar con sus medidas, colindancias y superficie ya señaladas, misma que se relaciona con todos y cada uno de los hechos de la presente demanda, en especial con el número 2 (dos) y 4 (cuatro).

3.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en el Certificado de Libertad de Gravámenes, expedido por el Registrador Publico de la Propiedad, respecto al bien inmueble que se pretende reivindicar. Prueba con la cual se pretende demostrar que soy la dueña del bien inmueble a reivindicar con las medidas, colindancias y superficie señaladas en el escrito inicial de demanda, misma que se relaciona con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente demanda inicial y en especial con los números 2 (dos) y 4 (cuatro).

4.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en el Cuadro de Construcción donde se efecto la propiedad de mi representado, emitido por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, a través de la Dirección General de Carreteras Nacionales. Prueba con la que se pretende probar la actual superficie del bien inmueble objeto del presente juicio. Documental que relaciono con el punto 4 (cuatro), de hechos de la presente demanda.

5.- LA PERICIAL EN TOPOGRAFÍA Y AGRIMENSURA.- Consistente en el dictamen pericial, respecto al bien a reivindicar y que emita el ingeniero civil GERARDO MÉNDEZ FLORES quien cuenta con número de cédula Profesional 1070307 expedida por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaria de Educación Pública cuya copia, pasada ante la fe de la notaria María del Rosario Galeana Bonilla, auxiliar del  notario número treinta y dos,  de los de la Cuidad de Puebla, se agrega a la presente; perito que tiene su domicilio CALLE CINCUENTA Y SEIS NORTE, NUMERO MIL SEISCIENTOS, DE LA COLONIA SAN JOSÉ VILLA VERDE, DE LA CIUDAD DE PUEBLA, y que en señal equivoca de aceptación y protesta de cargo conferido firma al calce la presente, manifestando que conoce los puntos concretos cuestionados, que cuenta con los conocimientos suficientes para dictaminar, que acepta comparecer a la audiencia a presentar su dictamen y a ser interrogado, si resultare necesario a este Honorable Juzgado. Prueba con la cual pretendo demostrar que hay identidad entre el bien de la cual soy propietaria y el que le reclamo a la demandada. Prueba que relaciono con todos y cada uno de los puntos de la presente contestación de demanda y en especial con los números 3 (tres) y 4 (cuatro).

7.- LA TESTIMONIAL.- Consistente en las declaraciones que de viva voz realicen EVARISTO FÉLIX ARENAS quien tiene su domicilio en CALLE DOS ORIENTE, SIN NÚMERO, DE LA POBLACIÓN DE CARMEN SERDÁN; y ADOLFO ÁNGEL ARENAS ARENAS, quien tiene su domicilio en CALLE MIGUEL HIDALGO CIENTO NUEVE, DE LA POBLACIÓN DE GUADALUPE MORELOS, ambas poblaciones pertenecientes al municipio de ACATZINGO DE HIDALGO, PUEBLA, quienes declararan sobre los hechos de los que tuvieron conocimiento directo, dando razón de su dicho y a quienes presentare el día y hora que se señale. Probanza que se ofrece para acreditar que el bien inmueble lo tiene en posesión mi demandado en los términos ya expresados. Prueba que se relaciona con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente contestación de demanda en especial el punto 5 (cinco).

8.- LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- Consistente en la concatenación lógico-jurídica, tanto de las presunciones legales como humanas, en el primer caso para llegar a conocer un hecho partiendo de las presunciones legales; en el segundo caso, partiendo de un hecho conocido para llegar a conocer un hecho desconocido. Pruebas con las cuales pretendo probar que soy la legítima y legal dueña del inmueble  reivindicar y que mi demandado tiene en posesión el mismo. Pruebas que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente demanda inicial.

La presuncional legal la hago consistir en lo preceptuado en el artículo 984 del Código Civil para el estado de Puebla.

Articulo 984.- “La propiedad es el derecho real que faculta a su titular para usar, gozar y disponer de un bien, con las modalidades que fijan las leyes”.

Es decir, que al ser la propietaria y no dejárseme hacer uso, goce y disposición del bien inmueble de mi propiedad motivo del presente juicio, por parte de mi demandado, se me está impidiendo lo que por ley me corresponde. En consecuencia, solicito se me restituya en mi derecho de propiedad.

La presuncional humana, la hago consistir en el hecho de estar, mi demandado en posesión ilegítima e ilegal del bien inmueble objeto del presente juicio, causando que la suscrita este impedida para usar, gozar y disponer del bien inmueble que aquí nos ocupa. Por lo que de todo lo actuado se desprenderá que mi demandado tiene la posesión y por ende, debe hacerme la entrega de dicho bien inmueble con todos sus frutos y accesorios en términos de ley.

P E T I C I O N E S:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma legales el presente ocurso.

SEGUNDO.- Tenerme por señalado como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el señalado en el proemio del presente escrito, y por nombrado como abogado patrono al profesionista a que hago referencia en el presente ocurso.

TERCERO.- Se tengan por ofrecidas por parte de la suscrita las pruebas y en su momento sean admitidas y se señale día y hora para su desahogo.

CUARTO.- Se sirva ordenar se emplace a la parte demandada o a quien legalmente la represente en el domicilio que se le tiene señalado para los efectos legales correspondientes.

QUINTO.- En su momento procesal oportuno se sirva dictar Sentencia Definitiva condenado al pago de las prestaciones reclamadas a la demandada.

PROTESTO A USTED MI RESPETO

TEPEACA DE NEGRETE, PUEBLA, UNO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO






              MARÍA  GARCÍA RAMOS





VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO

ABOGADO PATRONO






JANET CRUZ LEÓN

ABOGADA PATRONA







ING. GERARDO MÉNDEZ FLORES

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