lunes, 7 de noviembre de 2016

MODELO DE AUTO ADMITIENDO RECURSO DE APELACION.


En Ciudad Judicial, Puebla, a doce de octubre de dos mil dieciséis, doy cuenta al Secretario de la Sala, con el oficio cuatro mil seiscientos cincuenta y cuatro, signado por el Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, con el que envía expediente 1092/2012, y expedientillo de apelación, asi mismo que las fojas 1, 110, 131, 443 y 482 se encuentran rotas, recibido el once del mes y año en curso, para su acuerdo. Conste.

Lic. Guillermo Maximo Ocelotl Coatl

Oficial Mayor de la Sala.


En catorce de octubre de dos mil dieciséis, la Secretaria dando cuenta a la Sala, CERTIFICA: Que el recurso de apelación en trámite se presentó en tiempo y forma legal, puesto que el recurso de apelación se encuentra firmado por su autor. Conste.

Toca 561/2016.jcbg/mlo.

Mecanógrafa

Lic. Maira López Ortiz

Ciudad Judicial de Puebla, a catorce de octubre de dos mil dieciséis.

Con el oficio cuatro mil seiscientos cincuenta y cuatro, signado por el Juez de lo Civil del Distrito Judicial de TepeAca, Puebla, con el que se envía expediente 1092/2012 y expedientillo, formando con motivo del recurso de apelación, interpuesto por María Teresa de Jesús Vázquez Sánchez, en contra de la sentencia definitiva de dos de agosto de dos mil dieciséis, fórmese y regístrese el toca que corresponde.

Con fundamento en los artículos 30 y 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, 49, 376, 377, 380, 382, 383, 384, 385, 390, 392 fracciones I, II, III y 393 del Código de Procedimientos Civiles del Estado se declara:


Primero. Que la resolución recurrida es apelable con suspensión de su ejecución, por tratarse de sentencia definitiva; que el recurso de apelación fue interpuesto en tiempo, y que este reúne los requisitos del artículo 382 del citado Código Procesal.

Segundo. En razón de lo anterior, se admite el recurso de apelación en ambos efectos y se señalan las DOCE HORAS DEL NUEVE DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE, para que tenga verificativo la Audiencia de Vista que corresponde, por así permitirlo la agencia de este Tribunal de apelación.

Tercero. Por otra parte, se tiene a María Teresa de Jesús Vázquez Sánchez y a Florencia Romano Huerta, señalando domicilio para recibir notificaciones en esta instancia, autorizando para recibirlas a los profesionistas que indican, en los términos que de sus escritos se desprenden, dado que una de las partes omitió hacerlo, se ordena hacer las mismas por medio de lista.


Notifíquese en forma domiciliaria a  María Teresa de Jesús Vázquez Sánchez y a Florencia Romano Huerta, por medio de lista a Rubén Sánchez Amado.


Asi lo acordaron los Magistrados DAVID MUÑOZ ROLDÁN, JOEL ROLDAN LÓPEZ y ELIER AYUSO ROMANO, que integran la Cuarta Sala en materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado, siendo ponente el tercero de los nombrados y firman ante el licenciado  JOSÉ CUAUHTÉMOC BLÁZQUEZ GUEVARA, Secretario de Acuerdos que autoriza y da fe.


     

No hay comentarios.:

Publicar un comentario