lunes, 11 de mayo de 2015

INFORMACIÓN AD PERPETUAM


CIUDADANO JUEZ ESPECIALIZADO EN MATERIA CIVIL EN TURNO







SARA RAMOS GARCÍA, promoviendo por mi propio derecho, con domicilio particular el sito en el lote de terreno numero veintiocho de la privada Belén de la colonia Nueva San Salvador de San Sebastián Aparicio de la ciudad de Puebla, nombrando como mi Abogado Patrono al Licenciado VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, quien cuenta con título debidamente registrado ante el Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla, bajo la partida 280, foja 79 vuelta, del libro XIV, quien señala como domicilio particular el sito en PRIVADA TREINTA Y DOS A NORTE SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, mismo que señalo para recibir todo tipo de notificaciones, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, por medio del presente ocurso, en JURISDICCIÓN VOLUNTARIA NO CONTENCIOSA, vengo a ofrecer INFORMACIÓN AD PERPETUAM, para acreditar la posesión respecto del bien inmueble que más adelante señalare, al tenor de las siguientes:

                                            H E C H O S:

1.- Con fecha catorce de enero de dos mil cuatro, adquirí, mediante contrato de compraventa el lote marcado como el número veintiocho de la privada belén de la colonia san salvador  con las siguientes medidas y colindancias:

Al noreste: mide 16.00 metros y colinda con privada belén;

Al suroeste: mide 18.20 metros y colinda con lote baldío;

Al sureste: mide 17.00 metros y colinda con lote veintiséis y

Al noroeste: mide 16.00 y colinda con lote treinta.

2.- Con fecha veinte de agosto de dos mil catorce, promoví juicio de otorgamiento de contrato en escritura pública respecto del lote señalado en el número inmediato anterior.

3.- Con fecha veinte de enero de dos mil quince, previos los tramites de ley, se dictó sentencia definitiva respecto del bien inmueble citado en el número uno del presente escrito con las medidas y colindancias ya señaladas. Se anexa documental pública.

4.- Ahora bien, a efecto de acreditar la posesión, no obstante que dentro de la Sentencia Definitiva se ordenó el otorgamiento de escritura pública a favor de la suscrita por la parte condenada en su resolutivo CUARTO de la sentencia definitiva de fecha veinte de enero de dos mil quince, para los fines legales procedentes ofrezco la presente testimonial en términos de ley.

                                             D E R E C H O:

Atendiendo a las normas procesales me permito fundamentar el presente ocurso, de la manera siguiente:

I.- DE LA COMPETENCIA.- De acuerdo al artículo 100 y el diverso 108 fracción XII del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla y el numeral 39 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial, esta autoridad es competente para conocer y fallar el presente.

II.- DEL INTERÉS JURÍDICO.- Con fundamento en los dispuesto por los dispositivos legales 99 fracción II y el 101 Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla tengo interés, satisfaciendo lo preceptuado por los citados artículos.

III.- DE LA CAPACIDAD.- De acuerdo con lo señalado por los diversos 99 fracción III y 102 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, la suscrita tiene capacidad para comparecer al presente juicio, al encontrarme en pleno ejercicio de mis derechos civiles.

IV.- DE LA PERSONALIDAD.- Así mismo, demuestro mi personalidad según lo preceptuado por los numerales 99 fracción IV y 103 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

V.- DE LA LEGITIMIDAD.- En cuanto a la legitimación del promovente, se ajusta y acredita según lo señalado por los artículos 99 fracción V Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

VI.- DEL PROCEDIMIENTO.- Son aplicables los diversos 300, 301, 303, 306, 823, 824 y 825 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla. 

                                                          P R U E B A S:

1.- LA TESTIMONIAL.- Consistente en la declaración que hagan de viva voz, los testigos GABRIEL LOBO SANTOS, con domicilio en CALLE SAN JOSÉ DEL CABO NUMERO CIENTO UNO y MARTHA VICTORIA SIERRA, con domicilio en CALLE REVOLUCIÓN NUMERO VEINTE, ambas direcciones pertenecientes a la COLONIA NUEVA SAN SALVADOR, DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, a quienes presentare el día y hora que señale su Señoría para que tenga verificativo la audiencia de ley, en donde declararan respecto a los hechos que saben y les consta con relación a la posesión que detenta la suscrita. 

                                                              P E T I C I O N E S:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma, el presente ocurso, ofreciendo la INFORMACIÓN AD PERPETUAM, para acreditar la posesión del bien inmueble objeto de la presente.

SEGUNDO.- Tenerme por señalado domicilio y nombrado a mi Abogado Patrono en los términos señalados.

TERCERO.- Se examinen a los testigos en términos legales, en la audiencia en el día y hora que se sirva señalar su Señoría.

CUARTO. Previos los tramites de Ley, se me expidan por triplicado copias certificadas.

                                                 PROTESTO A USTED MI RESPETO

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, OCHO DE MAYO DE DOS MIL QUINCE.





SARA RAMOS GARCÍA






                                                    VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO
                                                             ABOGADO PATRONO


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