CIUDADANO JUEZ ESPECIALIZADO EN MATERIA
CIVIL EN TURNO
SARA
RAMOS GARCÍA, promoviendo por mi propio derecho, con domicilio particular
el sito en el lote de terreno numero veintiocho de la privada Belén de
la colonia Nueva San Salvador de San Sebastián Aparicio de la ciudad de
Puebla, nombrando como mi Abogado Patrono al Licenciado VÍCTOR HUGO MÍAZ
SERRANO, quien cuenta con título debidamente registrado ante el Tribunal
Superior de Justicia en el Estado de Puebla, bajo la partida 280, foja 79
vuelta, del libro XIV, quien señala como domicilio particular el sito en
PRIVADA TREINTA Y DOS A NORTE SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA COLONIA
RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, mismo que señalo para recibir todo
tipo de notificaciones, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:
Que, por medio del presente ocurso, en
JURISDICCIÓN VOLUNTARIA NO CONTENCIOSA, vengo a ofrecer INFORMACIÓN AD
PERPETUAM, para acreditar la posesión respecto del bien inmueble que más
adelante señalare, al tenor de las siguientes:
H E C H O S:
1.- Con fecha catorce de enero de dos mil
cuatro, adquirí, mediante contrato de compraventa el lote marcado como el número
veintiocho de la privada belén de la colonia san salvador con las
siguientes medidas y colindancias:
Al noreste: mide 16.00 metros y colinda
con privada belén;
Al suroeste: mide 18.20 metros y colinda
con lote baldío;
Al sureste: mide 17.00 metros y colinda
con lote veintiséis y
Al noroeste: mide 16.00 y colinda con
lote treinta.
2.- Con fecha veinte de agosto de dos mil
catorce, promoví juicio de otorgamiento de contrato en escritura pública
respecto del lote señalado en el número inmediato anterior.
3.- Con fecha veinte de enero de dos mil
quince, previos los tramites de ley, se dictó sentencia definitiva respecto del
bien inmueble citado en el número uno del presente escrito con las medidas y
colindancias ya señaladas. Se anexa documental pública.
4.- Ahora bien, a efecto de acreditar la
posesión, no obstante que dentro de la Sentencia Definitiva se ordenó el
otorgamiento de escritura pública a favor de la suscrita por la parte condenada
en su resolutivo CUARTO de la sentencia definitiva de fecha veinte de enero de
dos mil quince, para los fines legales procedentes ofrezco la presente
testimonial en términos de ley.
D E R E C H O:
Atendiendo a las normas procesales me
permito fundamentar el presente ocurso, de la manera siguiente:
I.- DE LA COMPETENCIA.- De acuerdo al
artículo 100 y el diverso 108 fracción XII del Código de Procedimientos Civiles
para el Estado de Puebla y el numeral 39 fracción I de la Ley Orgánica del
Poder Judicial, esta autoridad es competente para conocer y fallar el presente.
II.- DEL INTERÉS JURÍDICO.- Con
fundamento en los dispuesto por los dispositivos legales 99 fracción II y el
101 Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla tengo interés,
satisfaciendo lo preceptuado por los citados artículos.
III.- DE LA CAPACIDAD.- De acuerdo con lo
señalado por los diversos 99 fracción III y 102 del Código de Procedimientos
Civiles para el Estado de Puebla, la suscrita tiene capacidad para comparecer
al presente juicio, al encontrarme en pleno ejercicio de mis derechos civiles.
IV.- DE LA PERSONALIDAD.- Así mismo,
demuestro mi personalidad según lo preceptuado por los numerales 99 fracción IV
y 103 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.
V.- DE LA LEGITIMIDAD.- En cuanto a la
legitimación del promovente, se ajusta y acredita según lo señalado por los
artículos 99 fracción V Código de Procedimientos Civiles para el Estado de
Puebla.
VI.-
DEL PROCEDIMIENTO.- Son aplicables los diversos 300, 301, 303, 306, 823, 824 y
825 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de
Puebla.
P R U E B A S:
1.- LA TESTIMONIAL.- Consistente en la
declaración que hagan de viva voz, los testigos GABRIEL LOBO SANTOS, con
domicilio en CALLE SAN JOSÉ DEL CABO NUMERO CIENTO UNO y MARTHA VICTORIA
SIERRA, con domicilio en CALLE REVOLUCIÓN NUMERO VEINTE, ambas direcciones
pertenecientes a la COLONIA NUEVA SAN SALVADOR, DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA,
a quienes presentare el día y hora que señale su Señoría para
que tenga verificativo la audiencia de ley, en donde declararan respecto a los
hechos que saben y les consta con relación a
la posesión que detenta la suscrita.
P E T I C
I O N E S:
PRIMERO.- Tenerme por presentado en
tiempo y forma, el presente ocurso, ofreciendo la INFORMACIÓN AD PERPETUAM,
para acreditar la posesión del bien inmueble objeto de la presente.
SEGUNDO.- Tenerme por señalado domicilio
y nombrado a mi Abogado Patrono en los términos señalados.
TERCERO.- Se examinen a los testigos en
términos legales, en la audiencia en el día y hora que se sirva señalar su
Señoría.
CUARTO. Previos los tramites de Ley, se
me expidan por triplicado copias certificadas.
PROTESTO A USTED MI
RESPETO
HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, OCHO DE
MAYO DE DOS MIL QUINCE.
SARA RAMOS GARCÍA
VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO
Legalismo mejicano
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