viernes, 23 de mayo de 2014

DESPACHO PARA EMPLAZAMIENTO EN AMPARO

                                                Cuaderno Principal                                             659/2014
           
En siete de mayo de dos mil catorce, se da cuenta a la Jueza, con la razón asentada por el Actuario Judicial adscrito a este juzgado de fecha seis de mayo del año en curso. Conste.

San Andrés Cholula, Puebla, siete de mayo de dos mil catorce.

Vista la razón asentada por el Actuario Judicial adscrito a este juzgado de fecha seis de mayo del actual, en la que se hace constar que le fue imposible emplazar a los terceros interesados Manuel Martínez Román y Álvaro Sánchez Martínez, por las razones que de la misma se desprenden: en tales condiciones, a fin de evitar dilaciones procesales, con apoyo en el artículo 27, fracción II, primer párrafo, de la ley de Amparo, así como en los diversos 298 y 314, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia, en términos de su numeral 2°, gírese atento Despacho al JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO  JUDICIAL DE TEPEACA, PUEBLA, para que en auxilio de las labores de este juzgado, ordene a quien corresponda se constituya en los domicilios ubicados en: “Avenida Emiliano Zapata, número veinte, de la población de Santa María Actipan, Municipio de Acatzingo, Puebla”; y , “Calle Ayuntamiento, número ciento dos, del municipio de los Reyes de Juárez, Puebla, y proceda a emplazar al presente juicio de amparo a los terceros interesados Manuel Martínez Román y Álvaro Sánchez Martínez; le corra traslado con copia simple de la demanda de amparo, del auto de fecha treinta de abril del año en curso y del presente proveído que para tal efecto se anexan, le haga saber que se encuentran señaladas las ONCE HORAS CON UN MINUTO DEL TREINTA DE MAYO DE DOS MIL CATORCE, para la celebración de la audiencia constitucional, el derecho que tienen de apersonarse al juicio si a su interés conviene y prevenirles para que señalen domicilio en esta ciudad o en la ciudad de Puebla, Puebla, para recibir notificaciones, con el apercibimiento que de no hacerlo los subsecuentes se les harán por lista aun las de carácter estrictamente personal.

Así mismo, con fundamento en el precepto 21, último párrafo, de la ley de Amparo, se habilitan días y horas inhábiles, para el desahogo de tal diligencia.

En el entendido de que aun cuando el presente despacho lo recibiere el día de la audiencia o con posterioridad a la misma, deberá llevar a cabo el emplazamiento de que se trata, pues en  su caso se proveerá lo conducente.

Previniendo  a la citada autoridad para que en el término de tres días contados a  partir al en que reciba el despacho de que se trata, remita a este juzgado las constancias que acrediten haber efectuado dicho emplazamiento. Con el apercibimiento que de no hacerlo, se le impondrá, una multa de cincuenta días de salario mínimo general vigente en el distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 237, fracción I, en relación con el diverso 259, de la ley de Amparo.

Notifíquese.

Así lo acordó y firma la Licenciada Juana Ramírez Alvarado, Jueza Séptimo de Distrito en el Estado de Puebla, ante el Licenciado Anuar Cruz Sanchez, Secretario que autoriza y da fe.

Es copia fiel que se autoriza.

El Secretario del Juzgado Séptimo

de Distrito en el Estado de Puebla.


Anuar Cruz Sánchez


            Esta hoja corresponde a la parte final del acuerdo dictado el siete de mayo de dos mil catorce, en el incidente de suspensión relativo al juicio de amparo 659/2014, y se libró el despacho correspondiente, en términos de la minuta que se agrega.- Conste.

RAZÓN DE ACTUARIO JUDICIAL EN AMPARO



Cuaderno Incidental                                              659/2014

            En siete de mayo de dos mil catorce, se da cuenta a la Jueza, con la razón asentada por el Actuario Judicial adscrito a este juzgado de fecha seis de mayo del año en curso.- Conste. 

San Andrés Cholula, Puebla, siete de mayo de dos mil catorce.

            Vista la razón asentada por el Actuario Judicial adscrito a este juzgado de fecha seis  de mayo del actual, en la que se hace constar que le fue imposible notificar a los terceros interesados Manuel Martínez Román y Álvaro  Sánchez Martínez, el proveído de fecha treinta de abril del año en curso, por las razones que de la misma se desprenden: en tales condiciones, a fin de evitar dilaciones procesales, con apoyo en el artículo 27, fracción II, primer párrafo, de la ley de Amparo, así como en los diversos 298 y 314, del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la ley de la materia, en términos de su numeral 2°, gírese atento Despacho al JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO  JUDICIAL DE TEPEACA, PUEBLA, para que en auxilio de las labores de este juzgado, ordene a quien corresponda se constituya en los domicilios ubicados en: “Avenida Emiliano Zapata, número veinte, de la población de Santa María Actipan, Municipio de Acatzingo, Puebla”; y , “Calle Ayuntamiento, número ciento dos, del municipio de los Reyes de Juárez, Puebla, y proceda a notificar a los terceros citados interesados Manuel Martínez Román y Álvaro Sánchez Martínez; el auto de fecha treinta de abril del año en curso y del presente proveído que para tal efecto se anexa.

            Así mismo, con fundamento en el precepto 21, último párrafo, de la ley Amparo, se habilitan días y horas inhábiles, para el desahogo de tal diligencia.

            Previniendo a la citada autoridad para que en el término de tres días contados a partir al en que reciba el despacho de que se trata, remita a este juzgado las constancias que acrediten haber efectuado dicho emplazamiento. Con el apercibimiento que de no hacerlo, se le impondrá, una multa de cincuenta días de salario mínimo general vigente en el distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 237, fracción I, en relación con el diverso 259, de la ley de Amparo.
            
Notifíquese.

Así lo acordó y firma Juana Ramírez Alvarez, Jueza séptimo de Distrito en el Estado de Puebla, ante Anuar Cruz Sanchez, Secretario que autoriza y da fe.

Es copia fiel que se autoriza.

El Secretario del Juzgado Séptimo

de Distrito en el Estado de Puebla.


Anuar Cruz Sánchez


            Esta hoja corresponde a la parte final del acuerdo dictado el siete de mayo de dos mil catorce, en el incidente de suspensión relativo al juicio de amparo 659/2014, y se libró el despacho correspondiente, en términos de la minuta que se agrega.- Conste.

miércoles, 21 de mayo de 2014

ESCRITO, SEÑALANDO DOMICILIO EN AMPARO




AMPARO  659/2014

CIUDADANO JUEZ SEPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA.





ALVARO SANCHEZ MARTINEZ, promoviendo por mi propio derecho, señalando domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en la casa marcada con el numero veintisiete de la Avenida Llanos ciento once del Fraccionamiento Residencial Vereda en la Colonia Real Campestre Bosques de San Sebastián de la ciudad de Puebla; ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, por medio del presente escrito, vengo a autorizar ampliamente al Licenciado en Derecho VICTOR HUGO MIAZ SERRANO, dentro del presente juicio de garantías, mismo que tiene su cedula profesional numero 5381143 expedida por la Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaria de Educación Pública, registrada ante los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito, bajo el número de registro único 960608 de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil siete y a la Licenciada en Derecho NATALIA VEGA MENDEZ, para recibir todo tipo de notificaciones en mi nombre y representación y para que se imponga de los autos. Lo anterior tiene su fundamento en lo preceptuado en el artículo 12 de la Ley de Amparo vigente.

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma el presente escrito, señalando domicilio para recibir todo tipo de notificaciones que por ley me correspondan.

SEGUNDO.- Tener por autorizados a los profesionistas nombrados en los términos propuestos para los efectos legales correspondientes.

“PROTESTO MI RESPETO”

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, VEINTIUNO DE MAYO DEL DOS MIL CATORCE.




ALVARO SÁNCHEZ MARTINEZ

martes, 20 de mayo de 2014

ESCRITO SOLICITANDO CÉDULA CATASTRAL



INSTITUTO DEL CATASTRAL Y REGISTRAL DEL ESTADO DE PUEBLA. 

DIRECTOR GENERAL DEL CATASTRO DEL ESTADO DE PUEBLA

LICENCIADO JESÚS MORENO PEDRAZA.

PRESENTE:









JULIO CESAR OSORIO MONTES, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio para recibir todo tipo de notificaciones el despacho ubicado en PRIVADA TREINTA Y DOS A NORTE SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, con teléfono 602 57 52 autorizando a los Licenciados VICTOR HUGO MIAZ SERRANO Y/O NATALIA VEGA MENDEZ, para que las reciban en mi nombre y representación y se impongan de los autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, por medio del presente ocurso, vengo a solicitar se me expida cédula catastral, a efecto de solicitar CERTIFICADO DE NO INSCRIPCION ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. El bien inmueble del cual solicito cedula catastral, tiene las siguientes medidas y colindancias:

Al noroeste: mide seis metros y linda con calle Tlamacas;

Al suroeste: mide veinte metros y linda con lote 76 de la manzana 10;

Al sureste: mide seis metros y linda con lote 75 de la manzana 10 y

Al noreste: mide veinte metros y linda con lote 78.

Ubicado en “el Refugio” o “El Edén” de este municipio de Puebla, Puebla. Anexo copias certificadas del contrato de compraventa del bien inmueble y de la sentencia definitiva del juicio 145/12 que se tramito en el Juzgado octavo de lo civil de los del distrito Judicial de Puebla, Puebla.  Lo anterior tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 138 de la Constitución Local, 12 fracción XXIV de la Ley del Catastro

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma le presente escrito, solicitando la expedición de la cédula catastral del bien inmueble descrito.

SEGUNDO.- Tener por autorizados a los profesionistas nombrados para tal efecto.

              PROTESTO A USTED MI RESPETO

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, VEINTITRÉS DE MAYO DEL DOS MIL CATORCE.



            JULIO CESAR OSORIO MONTES 

sábado, 10 de mayo de 2014

ESCRITO OFRECIENDO PRUEBAS EN INCIDENTE


INCIDENTE

AMPARO 659/14

AUDIENCIA INCIDENTAL.

FECHA: 12/05/14

HORA: 9:00 HORAS


CIUDADANO JUEZ SÉPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA.





ANA BALBUENA MATEO, promoviendo por mi propio derecho con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, por medio del presente ocurso, en virtud de la celebración de la Audiencia Incidental, vengo a ofrecer las siguientes:

                                          P R U E B A S:

1.- LA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en el contrato de arrendamiento de fecha cuatro de diciembre de dos mil siete, firmado entre el señor Álvaro Sánchez Martinez y la suscrita, mediante la cual pruebo que soy poseedora de la fracción parcela 98 Z-1 P 1/3 relativa al certificado parcelario 275587, perteneciente a la población de Santa María Actipan, municipio de Acatzingo, Puebla.

2.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES.- Consiste en en todo lo actuado dentro del presente juicio de Amparo y que favorezca a la suscrita.

3.- LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- Consisten en el enlace lógico jurídico que haga su Señoría y que parta de una presunción de la ley o de la presunción humana con base en un hecho conocido para encontrar uno desconocido.

La presunción legal, la hago consistir, en lo preceptuado en el artículo 2261 del código Civil para el Estado de Puebla que señala:

Articulo 2261.- Arrendamiento es el contrato por el cual una persona llamada arrendador, concede a la otra llamada arrendatario, el uso o goce de un bien por tiempo determinado mediante un precio cierto.

En el presente caso, se deriva que, al existir dicho contrato entre el señor Álvaro Rojas Sánchez y la suscrita de fecha cuatro de diciembre de dos mil siete, tengo derecho a usar el bien inmueble objeto del contrato de arrendamiento por el tiempo estipulado por haber pagado las rentas pactadas.

La presuncional humana la hago, consistir en el hecho de tener la posesión y uso del bien inmueble objeto del contrato de arrendamiento, firmado entre el señor Álvaro Sánchez Martinez y la suscrita de fecha cuatro de diciembre de dos mil siete y de lo cual estaba enterado el señor Manuel Martínez Roman, así sus hijos. Tan es así, que el día veinticuatro de abril de dos mil catorce, cuando se iba a dar posesión al señor Manuel Martínez Roman, estuvo presente la señora María Artemia Marinez Dolores, hija y apoderada del señor Manuel Martínez Roman, quien al reconocer mi derechos sobre el bien inmueble se opuso a la entrega de la fracción de la parcela 98 Z-1 P 1/3 relativa al certificado parcelario 275587, perteneciente a la población de Santa María Actipan, municipio de Acatzingo, Puebla.

Lo anterior, tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 143, 144, 146, 147 y demás relativos aplicables de la Ley de Amparo vigente. 

Por lo anteriormente, expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma legal, el presente ocurso, ofreciendo los medios de prueba que, del mismo se desprenden para sus efectos legales conducentes.

SEGUNDO.- Concederme la Suspensión Definitiva en términos de la Ley de amparo vigente.
                  
                           PROTESTO A USTED MI RESPETO

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, DOCE DE MAYO DE DOS MIL CATORCE.





                                 ANA BALBUENA MATEO 

viernes, 9 de mayo de 2014

ESCRITO EXHIBIENDO FIANZA EN AMPARO


INCIDENTE

AMPARO 659/14


CIUDADANO JUEZ SÉPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA.





ANA BALBUENA MATEO, promoviendo por mi propio derecho con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, por medio del presente ocurso, vengo a exhibir la fianza en los términos ordenados por su Señoría mediante acuerdo de fecha treinta de abril de dos mil catorce, notificado por lista a la suscrita con fecha dos de mayo del dos mil catorce:

a).- Billete de depósito por la cantidad de $1,800.00 (UN MIL OCHOCIENTOS PESOS CERO CENTAVOS MONEDA NACIONAL), para garantizar posibles daños y perjuicios a terceros, que con la medida cautelar concedida se causaren si no obtiene sentencia favorable la suscrita.

b).- Por lo que manifiesto mi autorización expresa al Secretario Técnico del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia del Consejo de la Judicatura Federal, para que solicite y reciba de la Institución crediticia depositaria información que le permita el control de dichos depósitos de manera amplia y sin restricción alguna.

Lo anterior, tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 125, 130, 132, 133, 136 y demás relativos de la Ley de Amparo vigente. 

Por lo anteriormente expuesto y fundado a Usted, respetuosamente, solicito:

PRIMERO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma legal el presente ocurso, exhibiendo la fianza fijada por su Señoría para los efectos legales conducentes.  

SEGUNDO.- Autorizando al Secretario Técnico del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia del Consejo de la Judicatura Federal para que solicite y reciba de la Institución crediticia depositaria información que le permita el control de dichos depósitos

                         PROTESTO A USTED, MI RESPETO.

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, NUEVE DE MAYO DE DOS MIL CATORCE.




                        ANA BALBUENA MATEO

ESCRITO ACLARATORIO RESPECTO DEL NOMBRE


AMPARO 659/14


CIUDADANO JUEZ SÉPTIMO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE PUEBLA.






ANA BALBUENA MATEO, promoviendo por mi propio derecho con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que, por medio del presente ocurso, vengo a manifestar que por un error involuntario mi nombre aparece como ANA BALBUENA MATOS, siendo que el completo y correcto lo es, ANA BALBUENA MATEO, tal y como se desprende del Contrato de arrendamiento, de fecha cuatro de diciembre de dos mil siete, así como de la copia certificada de mi credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral como anexo del contrato de mérito Lo anterior, tiene su fundamento en lo establecido en los artículos 8 de la Constitución General de la República y 119 párrafo segundo de la Ley de Amparo vigente. 

Por lo anteriormente, expuesto y fundado a Usted, respetuosamente solicito:

          ÚNICO.- Tenerme por presentado en tiempo y forma legal, el presente ocurso, manifestando mi nombre completo y correcto para sus efectos legales conducentes.

                  PROTESTO A USTED MI RESPETO

HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, NUEVE DE MAYO DE DOS MIL CATORCE.




                       ANA BALBUENA MATEO