CIUDADANO JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO DEL DISTRITO
JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA.
GUSTAVO MÉNDEZ CANO, promoviendo por mi propio derecho,
señalando como domicilio particular el sito en nave C bodega sesenta de
la Central de Abasto de la ciudad de Puebla, Puebla, señalando como domicilio para
recibir notificaciones la casa marcada con el numero SEISCIENTOS DIECISIETE DE
LA PRIVADA TREINTA Y DOS A NORTE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE
PUEBLA, nombrando como mi Abogado Patrono a VÍCTOR HUGO MIAZ
SERRANO, quien tiene como domicilio particular el ubicado en el numero
Seiscientos Diecisiete de la Privada Treinta y Dos A Norte de la Colonia
Resurgimiento de la ciudad de Puebla, y cuenta con título registrado ante el
Tribunal superior de Justicia en el Estado de Puebla, bajo la partida número 280,
foja 70, libro XIV, ante Usted comparezco y expongo:
Que, por medio del presente
escrito, vengo a denunciar la SUCESIÓN INTESTAMENTARIA, a bienes de mi padre el
señor FRANCISCO MÉNDEZ MORALES, en los términos propuestos; me fundo en los
siguientes puntos de hechos y consideraciones de derecho:
H E C
H O S:
1.-.- Tal y como lo acredito con
la copia certificada de defunción, de mi padre, el señorFRANCISCO ALONSO
ZAVALETA falleció en la ciudad de Veracruz, Veracruz, con fecha veintiocho de
junio de mil novecientos noventa y nueve a las catorce horas con cincuenta
minutos, según consta en el acta expedida por el Juez del Registro del Estado Civil
de las personas de Veracruz, Veracruz. Anexo Uno.
2.- Tal y como lo acredito
con la copia certificada de defunción, de mi señora madre GUADALUPE MÉNDEZ HERRERA, falleció en la ciudad de Orizaba, Veracruz, según consta en el acta
expedida por el Juez del Registro del Estado Civil de las personas de Orizaba,
Veracruz. Anexo Dos.
3.- Toda vez que desconozco si el
de Cujus otorgó o no disposición testamentaria, promuevo la presente acción,
solicitando a su Señoría que en términos de ley, se gire atento oficio al
Director del Archivo General de Notarias en el Estado, a fin de que informe a
la brevedad posible si el autor de la herencia, Francisco Méndez Morales dejó
o no disposición testamentaria alguna. Asimismo, solicito sea girado atento
oficio al ciudadano Registrador Publico de la Propiedad de este Distrito
Judicial, a fin de que informe sobre los bienes que estén inscritos a nombre del
De Cujus.
4.- Tal y como lo acredito
con el acta de nacimiento del suscrito soy hijo del autor de la herencia.
Manifiesto a su Señoría, bajo protesta de decir verdad conozco que al de Cujus le
sobreviven sus hijos Neftalí Méndez Cano, quien tiene su domicilio ubicado en
número cuarenta, del Circuito Interior “A” norte de la Central de Abastos nave
G, bodega quince de la ciudad de Puebla, Puebla, y Roberto Méndez Cano y José Méndez Cano, quienes tienen su domicilio el ubicado en número cuarenta del
Circuito Interior “A “ norte de la Central de Abasto nave G bodega seis de la
ciudad de Puebla, Puebla; por lo que la presente sucesión deberá abrirse a
todos aquellos que se crean con derecho al haber hereditario; en consecuencia,
solicito a su Señoría sea publicado el edicto de Ley, en el diario que
considere. Adjunto copia certificada de matrimonio como anexo dos.
5.- Así mismo, desde este momento
bajo protesta de decir verdad, manifiesto que el autor de la presente Sucesión,
Francisco Méndez Morales, ratificó en su oportunidad contrato privado de
compraventa respecto del inmueble ubicado en la Calle Francisco I. Madero, número doce, de la Junta Auxiliar de San Pablo Xochimehuacan, de esta ciudad de
Puebla, el cual consta de una superficie total de 620.12 metros cuadrados,
según lo acreditó con el contrato ya mencionado, mismo que se anexa.
6.- Finalmente, me permito
acompañar el inventario y avaluó del bien inmueble ubicado en la Calle
Francisco I. Madero, sin número, de la Junta Auxiliar de San Pablo
Xochimehuacan, de esta ciudad de Puebla, Puebla, del cual solo tenemos noticia
y que haya dejado el autor de la herencia Francisco Méndez Morales, mismo que
deberá excluirse en términos de ley.
I N V E N T A R I O:
a).- El bien inmueble ubicado en
la Calle Francisco I. Madero, número doce, de la Junta Auxiliar de San Pablo
Xochimehuacan, de esta ciudad de Puebla, el cual consta de una superficie total
de 620.12 metros cuadrados, con las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE: 41.80 metros (CUARENTA Y UN METROS OCHENTA CENTÍMETROS),
Y COLINDA CON CALLE PÚBLICA.
AL SUR: En 42.00 metros (CUARENTA Y DOS METROS), Y COLINDA CON
PROPIEDAD DE MIGUEL MORALES R.
AL ORIENTE: En 15.00 metros (QUINCE METROS), CON CALLE
PÚBLICA F. I. MADERO.
AL PONIENTE: En 14.60 metros (CATORCE METROS, SESENTA
CENTÍMETROS), CON PROPIEDAD DEL SEÑOR ANDRÉS ZEPEDA.
b).-El bien inmueble ubicado en
la Calle Francisco I. Madero, sin número, de la Junta Auxiliar de San Pablo
Xochimehuacan, de esta ciudad de Puebla, Puebla.
c).- No los hay.
d).- No los hay.
e).- No los hay.
f).- No hay de la sociedad
conyugal.
g).- No hay créditos activos ni
pasivos.
h).- No las hay.
i).- Dicho inmueble, tiene un
valor de $310,060.00 (TRESCIENTOS DIEZ MIL SESENTA PESOS CERO CENTAVOS MONEDA
NACIONAL), avaluó realizado por el Arquitecto JUAN VALDERRABANO CARREON, con cédula
profesional numero 2092323 expedida por la Dirección General De Profesiones de
la Secretaria de Educación Pública. Se adjunta avaluó que exhibimos. (Anexo
tres)
D E R
E C H O:
I.- Es Usted, competente
Ciudadano Juez, para conocer y fallar el presente en términos de lo establecido
por el artículos 100 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado y 40
fracción III de la Ley Orgánica del Poder Judicial para el Estado.
II.- Nuestro interés, capacidad y
personalidad la acreditamos según lo establecido por los artículos 101, 102 y
103 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.
III.- En cuanto al fondo
del presente juicio son aplicables los artículos 3020, 3021, 3025, 3029
fracción IV, 3031 y demás relativos aplicables del Código Civil vigente para el
Estado.
IV.- En cuanto al Procedimiento
tienen aplicación los numerales 763, 764 fracciones III, 765 y demás relativos
aplicables del Código de Procedimiento Civiles para el Estado
Por lo anteriormente expuesto y
fundado, a Usted Ciudadano Juez respetuosamente solicito:
PRIMERO: Tener por presentado en
tiempo y forma legal el presente ocurso, denunciando la Sucesión Intestamentaria
sobre los bienes DE FRANCISCO MÉNDEZ MORALES.
SEGUNDO: Se tenga por señalado
domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones ya señalados en el
proemio del presente ocurso y tener por nombrado como Abogado Patrono al
nombrado para actuar en mi representación en términos de ley.
TERCERO: Se de vista al
Representante Social adscrito a este Honorable Juzgado, a fin de que manifieste
lo procedente en términos de ley.
CUARTO: Se giren los oficios
correspondientes, al Ciudadano Registrador Publico de la Propiedad y del
Comercio de este Distrito a fin de que informe sobre los bienes que están
registrados a nombre de Francisco Méndez Morales, así como al Director General
de Notarias en el Estado, a fin de saber si otorgo o no testamento.
QUINTO: En su momento dictar las
resoluciones correspondientes hasta dar por terminada la presente sucesión.
PROTESTAMOS A USTED, NUESTRO
RESPETO.
HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, DOCE
DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECISÉIS.
GUSTAVO MÉNDEZ CANO
VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO