EXP. NUM: 515/2016
CIUDADANO JUEZ TERCERO ESPECIALIZADO EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO
JUDICIAL DE PUEBLA.
EUGENIA SIMUTA LARA,
promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio particular el
ubicado en Avenida Morelos número seis mil cuatrocientos cinco, esquina con
Calle Insurgentes de la Colonia Tepeyac, de la Ciudad de Puebla, señalando como
domicilio para recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en PRIVADA
TREINTA Y DOS NORTE NUMERO SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO,
DE LA CIUDAD DE PUEBLA, nombrando como mi abogado patrono al LICENCIADO VÍCTOR
HUGO MÍAZ SERRANO quien tiene su domicilio particular en PRIVADA TREINTA Y DOS “A”
NORTE NUMERO SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO, DE LA CIUDAD
DE PUEBLA, PUEBLA, quien cuenta con su título debidamente registrado ante el
Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla bajo la partida 280, foja 70
vuelta, del libro XIV, ante Usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que, al través del presento ocurso,
con fundamento en lo establecido por los artículos 204 y 212 del
Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, vengo a dar
contestación la demanda instaura en mi contra, en consecuencia manifiesto lo
siguiente:
P R E S T A C I O N E S:
A) Niego totalmente que el actor
tenga derecho a exigir la restitución y entrega del bien inmueble motivo de la
presente Litis, en razón de las excepciones y defensas que el suscrito
manifiesta.
B) Niego el derecho de la parte
actora para reclamar la nulidad del documento con el que justifico la
detentación del inmueble de referencia, debido a las excepciones y defensas que
hago valer en esta contestación de demanda.
C) Niego que el actor tenga derecho
al pago de daños y perjuicios que reclama, dada la operancia de las excepciones
y defensas que hago valer en el presente ocurso.
D) Niego el derecho
de la parte actora para reclamar el pago de los gastos y costas, por
la procedencia de las excepciones y defensas a que me referiré más adelante.
De igual modo, doy contestación a los
puntos de hechos y consideraciones de orden legal, de la siguiente manera:
H
E C H O S
I.- Este punto no lo
niego ni lo afirmo por no ser hecho propio.
II.- Este punto no lo
niego ni lo afirmo por no ser hecho propio.
III.- Este punto ni lo niego no lo
afirmo, por no ser hecho propio.
IV.- Este punto lo niego, dado que,
con fecha uno de junio de dos mil dieciséis, celebré contrato de arrendamiento,
respecto del local comercial destinado a
dulcería bajo la denominación Súper C y, efectivamente, con venta de
ropa y, con ese derecho estoy en posesión del bien inmueble, que de manera
ilegal y alegando hechos falsos ante esta autoridad judicial, mi contraria pretende
reivindicar. Lo anterior, en virtud de ser el dueño, el señor Pedro Silverio Ramos, el dueño legal y legítimo del bien que se me reclama.
Ahora bien, en el presente caso, la suscrita me cerciore de contratar con el legal y legitimo dueño del bien inmueble, Pedro Silverio Ramos, quien me mostro documentos y sentencias de primera, segunda y tercera instancia, en donde se le daba el derecho de propiedad respecto del local comercial que poseo; en efecto, y toda vez que es imperioso, para demostrar mi derecho de arrendataria, solicito exhiba las documentales ya descritas.
Ahora bien, en el presente caso, la suscrita me cerciore de contratar con el legal y legitimo dueño del bien inmueble, Pedro Silverio Ramos, quien me mostro documentos y sentencias de primera, segunda y tercera instancia, en donde se le daba el derecho de propiedad respecto del local comercial que poseo; en efecto, y toda vez que es imperioso, para demostrar mi derecho de arrendataria, solicito exhiba las documentales ya descritas.
E X C E
P C I O N E S
1.- CARENCIA DE LA ACCIÓN: Esto en
virtud de no tener la acción para perseguir una cosa que no le pertenece; basta
leer los hechos de su demanda para darse plena cuenta de no haber identidad
entre el bien perseguido y el local comercial que tengo rentado con el dueño
del bien inmueble.
2.- FALTA DE DERECHO: Consistente en
el hecho de que al no haber identidad entre el bien que reclama y el que la
suscrita posee y que aquí se dan por reproducidas como si a la letra se
insertaran en obvio de repeticiones innecesarias, carece de derecho para
reclamarme todas y cada una de las prestaciones que señala en el capítulo
de prestaciones de su demanda inicial.
4.- OBSCURIDAD DE LA DEMANDA.-
Consistente en el hecho que no menciona las circunstancias de modo, tiempo y
lugar con relación a los hechos que dice ocurrieron en el punto cuatro de su
escrito de demanda con fecha quince de junio de dos mil quince. Por lo que al
no estar debidamente enterada de las circunstancias de modo, tiempo y lugar
donde se dice ocurrieron los hechos, me deja en estado de indefensión al no
darme oportunidad de contestarlos de manera clara y precisa. Por si esto
fuera poco, se advierte que las medidas y colindancias a que alude no hacen
esquina (Calle Insurgentes y Avenida Morelos de la colonia Tepeyac, de la
ciudad de Puebla, Puebla).
D E R E C H O
I.- DE LA COMPETENCIA.- Es Usted
competente para conocer y fallar el presente juicio con los numerales, 106,
107, 108 109, 110, 111, 112, 113, 114, 1115, 116, 117, 118 del Código de
Procedemos Civiles Para el Estado de Puebla.
II.- DE MI INTERÉS, CAPACIDAD.- Se
rigen con los numerales 100, 101, 102, 103, 104 y 105 de acuerdo al Código de
Procedimientos Civiles Para el Estado de Puebla.
III.- DEL
PROCEDIMIENTO.- Se rige según los numerales 204, 205, 206, 207, 207,
208, 209, 210 y demás relativo al Código de Procedimiento Civiles Para el
Estado de Puebla.
IV.-DEL FONDO.- Lo rige con los
numerales 2261, 2262 y demás relativos aplicables al Código Civil.
Para acreditar y hacer valer las
defensas y excepciones estipuladas dentro de la presente contestación de
demanda y con fundamento en lo estipulado por el numeral 229 del Código de
Procedimientos Civiles para el Estado, ofrezco las siguientes:
P R U
E B A S
1.- LA DECLARACIÓN DE PARTE DE HECHOS
PROPIOS Y AJENOS.- Consistente en la declaración que realice el señor MARTÍN TORRES CISNEROS, al tenor del pliego de posiciones que se le articulen por la
parte demandada de manera verbal, al momento del desahogo de la presente
probanza. Apercibido el actor de que en caso de no comparecer de manera
personalísima absolver se le atendrá por confeso de manera ficta de aquellas
posiciones que sean calificadas de legales. Prueba con la cual pretendo demostrar
que el local que la suscrita detenta, ubicado en calle Morelos seis mil
cuatrocientos cinco y calle Insurgentes de la colonia Tepeyac del Municipio de
Puebla, Puebla, no es el que el actor reclama y que, por el contrario, lo tengo
en arrendamiento con el legítimo dueño. Prueba que relaciono con todos y cada
uno de los puntos de la presente contestación.
2.- LAS DOCUMENTALES PUBLICAS.- Consistentes en la Sentencia Definitiva emitida dentro del Expedientes 551/14 que se tramito en el Juzgado Primero especializado en Materia Civil; la sentencia de segunda instancia, emitida dentro del Toca 431/15 que se tramito en la Cuarta Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado y la Sentencia definitiva emitida por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito dentro del Amparo Directo 72/16. Pruebas con las cuales pretendo demostrar que contrate con el legal y legitimo dueño y por ende me asiste el derecho para poseer el bien que ilegalmente se me reclama. Pruebas que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente contestación.
3.- LA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en el contrato de arrendamiento firmado entre la suscrita y el señor Pedro Silverio Ramos de fecha uno de junio de dos mil dieciséis. Prueba con la cual pretendo demostrar que, tengo derecho para detentar el local comercial que reclama el actor indebida e ilegalmente. Probanza que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente contestación de demanda.
3.- LA DOCUMENTAL PRIVADA.- Consistente en el contrato de arrendamiento firmado entre la suscrita y el señor Pedro Silverio Ramos de fecha uno de junio de dos mil dieciséis. Prueba con la cual pretendo demostrar que, tengo derecho para detentar el local comercial que reclama el actor indebida e ilegalmente. Probanza que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente contestación de demanda.
3.- LA PERICIAL EN TOPOGRAFÍA Y
AGRIMENSURA.- Consistente en el dictamen pericial que emita el ingeniero civil SAÚL COYAC SAYAS quien cuenta con número de cédula Profesional 1603891 expedida
por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaria de
Educación Pública cuya copia, pasada ante la fe del doctor NABOR ALONSO CELON
notario número tres de los de la Cuidad de Puebla, se agrega a la
presente; perito que tiene su domicilio CALLE CINCUENTA Y SEIS NORTE NUMERO MIL
SEISCIENTOS DE LA COLONIA SAN JOSE VILLA VERDE DE LA CIUDAD DE PUEBLA, y
que en señal equivoca de aceptación y protesta de cargo conferido firma al
calce la presente, manifestando que conoce los puntos concretos cuestionados,
que cuenta con los conocimientos suficientes para dictaminar que acepta
comparecer a la audiencia a presentar su dictamen y a ser interrogado, si
resultare necesario a este Honorable Juzgado. Prueba con la cual pretendo
demostrar que no hay identidad entre el bien que me reclama el actor y el bien ubicado
en la casa marcada con el número seis mil cuatrocientos cinco de la Avenida
Morelos de la colonia Tepeyac de ésta ciudad capital de Puebla. Prueba que
relaciono con todos y cada uno de los puntos de la presente contestación de
demanda.
4.- LA INSPECCIÓN JUDICIAL.-
Consistente en la inspección que realice el personal de este Honorable Juzgado,
a efecto de constatar que el bien inmueble que la suscrita posee se ubica,
efectivamente en el número SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCO DE LA AVENIDA MORELOS
EN LA COLONIA TEPEYAC DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA. Probanza con la cual
pretendo demostrar que no hay identidad entre el bien inmueble reclamado por el
actor y el que la suscrita posee. Prueba que se desahogara al tenor de los
puntos concretos siguientes:
1.- Que se determine la ubicación del
bien inmueble local comercial Súper C, sito en la esquina que hacen la calle Insurgentes
y la Avenida Morelos seis mil cuatrocientos cinco de la colonia Tepeyac de la
ciudad de Puebla, Puebla, Puebla y que está amparado por el contrato de
arrendamiento firmado por la suscrita y el señor PEDRO SILVERIO RAMOS.
2.- Que se levante el croquis, se
tomen fotografías y todos los datos que sirvan para identificar plenamente el local
comercial sito en el número SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCO DE LA AVENIDA MORELOS
EN LA COLONIA TEPEYAC DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, esquina calle Insurgentes
y calle Morelos. Prueba con la cual pretendo demostrar que el local que detento y que me reclama la actora, es diverso al que le pertenece. Probanza que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de contestación de demanda.
9.- LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.-
Consistente en la concatenación lógico-jurídica que haga su Señoría con base en la presunción legal basados en el articulo 2261 del Código Civil para el Estado de Puebla, de que si la suscrita tiene un contrato de arrendamiento con el legitimo y legal dueño, con ese mismo derecho poseo el local comercial que se me reclama.
La presuncional humana que parta de un hecho conocido, en este caso a la parte actora no le asiste derecho alguno para reclamarme el local que se dice persigue y de todas y cada una de las actuaciones para llegar a la verdad que se busca y que es, que la suscrita tiene derecho pleno a detentar el bien inmueble.
La presuncional humana que parta de un hecho conocido, en este caso a la parte actora no le asiste derecho alguno para reclamarme el local que se dice persigue y de todas y cada una de las actuaciones para llegar a la verdad que se busca y que es, que la suscrita tiene derecho pleno a detentar el bien inmueble.
O
B J E C I O N E S
1.- OBJETO LA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en instrumento notarial que exhibió la parte actora para acreditar la propiedad respecto al local comercial sito en la esquina de la calle Insurgentes y la avenida Morelos, Morelos seis mil cuatrocientos cinco de la colonia Tepeyac de la la ciudad de Puebla, Puebla. Ya que de la simple lectura de las medidas y colindancias que proporciona la actora respecto a la cosa que persigue, esta nunca hace esquina. Por lo que ofrezco las pruebas que del capitulo correspondiente.
P
E T I C I O N E S
PRIMERA.- Tenerme por presentada
dando contestación en tiempo y forma legal a la demanda instaurada en mi
contra, señalando como domicilio para recibir notificaciones el ya
indicado, y por nombrando como mi Abogado Patrono al profesionista indicado.
SEGUNDA.,- Se me tenga por opuesta
las excepciones, hechas las objeciones y por ofrecidas las pruebas que de la
presente se desprende.
TERCERA.- Sea llamado el señor Pedro Silverio Ramos, a efecto de que exhiba las documentales ya señaladas.
CUARTA.- Previos los tramites de ley
dictar sentencia absolviendo a la demandada del cumplimiento de las
prestaciones reclamadas.
PROTESTO
A USTED MI RESPETO
HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, SEIS DE
SEPTIEMBRE DE DOS MIL
EUGENIA SIMUTA LARA
EUGENIA SIMUTA LARA
VÍCTOR HUGO MIAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO
INGENIERO SAÚL COYAC SAYAS
CÉDULA PROFESIONAL 1603899
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