EXP. 905/2019
CIUDADANO JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE
TEPEACA, PUEBLA.
VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO,
promoviendo con el carácter de Abogado Patrono de la parte actora, personalidad
que tengo debidamente acreditada en autos, ante usted, con el debido respeto
comparezco y expongo:
Que, por medio del presente
escrito, vengo a manifestar que, mediante acuerdo de fecha once de marzo de dos
mil veintidós, se ordenó girara atento oficio al DIRECTOR DE SEGURIDAD PUBLICA
DE TEPEACA, Puebla, siendo esto indebido e ilegal toda vez que, de acuerdo con
el articulo 115 de la Constitución General de la República, “los Estados adoptarán
para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático,
laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización
política y administrativa, el municipio libre,…”.
En este sentido, la fracción tercera
del mismo articulo señala:
III. Los municipios tendrán a su
cargo las funciones y servicios públicos siguientes:
h) Seguridad Publica…
En este entendido, se debe girara
atento oficio al DIRECTOR DE SEGURIDAD PUBLICA DEL MUNICIPIO DE LOS REYES DE
JUÁREZ, PUEBLA, a efecto de no invadir facultades que le competen a este último
municipio en términos de lo ya hecho valer en la promoción electrónica enviada
a este juzgado con fecha diez de marzo de dos mil veintidós, mismo con el que
se dio cuenta con fecha once de marzo de la misma anualidad.
Lo anterior tiene su fundamento en
lo establecido en los artículos 1, 8, 17 y 115 de la Constitución General de la
República, 19, 22, 25, 26 y demás relativos aplicables del Código de
Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.
Por lo anteriormente expuesto y
fundado a Usted, ciudadano Juez, respetuosamente, solicito:
ÚNICO. – Tenerme por presentado en
tiempo y forma legal el presente escrito, solicitando lo que del mismo se
desprende.
PROTESTO A USTED MI RESPETO
TEPEACA, PUEBLA, VEINTINUEVE DE MARZO DE DOS MIL
VEINTIDÓS
VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO
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