RAZÓN DE CUENTA: En San Pedro
Cholula, Puebla, a treinta de noviembre del dos mil veintiuno, doy cuenta al
Ciudadano Juez con el escrito de TONY OLVERA VERA, fechado el diez y recibido
el diecisiete de noviembre del año en curso, para su acuerdo. Conste.
EXP. 189/2021.
SAN PEDRO CHOLULA, PUEBLA, A
TREINTA DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL VEINTIUNO.
Agréguese el escrito de cuenta,
visto su contenido, el suscrito Juez acuerda: Con fundamento en los artículos
33 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, aplicado
supletoriamente al 1054 y 1066 del Código de Comercio, dígase al promovente que
en el término de tres días siguientes a su notificación deberá comparecer
debidamente identificado a ratificar su escrito de cuenta, apercibiéndole que
de no hacerlo se le tendrá por no interpuesto.
Notifíquese en términos de ley. Así
lo acordó y firma el Ciudadano Abogado JOSÉ CUAUHTÉMOC BLÁZQUEZ GUEVARA, Juez
Segundo de lo Civil de éste Distrito Judicial de Cholula, Puebla, ante el
Licenciado ROBERTO VEGA GREGORIO, Secretario de Acuerdos quién autoriza y da
fe.
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