domingo, 1 de septiembre de 2019

MODELO DE AUTO ADMISORIO EN JUICIO DE AMPARO



NÚM. DE EXPEDIENTE: 1286/2019 

FECHA DEL AUTO: 29/08/2019 

FECHA DE PUBLICACIÓN: 30/08/2019 


SÍNTESIS: 


Tramítese por duplicado el incidente de suspensión, relativo al juicio de amparo 1284/2019, promovido por SAMUEL VERA DURAN, por propio derecho, contra actos de Agua de Puebla para Todos y otras autoridades; con apoyo en lo dispuesto por los artículos 128, 138, 140 y 147 de la Ley de Amparo.

INFORMES PREVIOS.

Pídase informe previo a las autoridades señaladas como responsables, quienes deberán rendirlo por duplicado y en el término de cuarenta y ocho horas, contado a partir de que reciban el oficio de notificación correspondiente; enviándoles para ese efecto, copia simple de la demanda de amparo. Apercíbase a las citadas autoridades que, en caso de no hacerlo dentro del lapso señalado, se presumirá cierto el acto que se les atribuye y se harán acreedoras a la imposición de una corrección disciplinaria, consistente en una multa de cien a mil unidades de medida y actualización, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 142, 238 y 260, fracción I, de la Ley de Amparo.

FECHA DE LA AUDIENCIA INCIDENTAL.

Se señalan las nueve horas veinte minutos del CINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, para llevar a cabo la audiencia incidental.

SUSPENSIÓN PROVISIONAL

Ahora bien, respecto a las consecuencias jurídicas que generan los actos reclamados por el quejoso consistente en el corte de servicio de drenaje en el inmueble ubicado en .esta ciudad de Puebla, Puebla, se niega la suspensión provisional solicitada, toda vez, que la parte quejosa no acredita su interés suspensional, esto es, ser propietario o poseedor del bien inmueble del cual se ordenó la suspensión del servicio de drenaje, lo anterior en términos de la fracción I del artículo 138 de la Ley de Amparo.


DEL EXPEDIENTE ELECTRÓNICO. En términos del artículo 3o. de la Ley de Amparo y en relación con los diversos 89, 90 y Sexto transitorio del Acuerdo General Conjunto 1/2015, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, que regula los Servicios Tecnológicos relativos a la tramitación electrónica del Juicio de Amparo, las Comunicaciones Oficiales y los Procesos de Oralidad Penal en los Centros de Justicia Penal Federal, intégrese y tramítese a partir de este proveído el expediente electrónico del incidente de suspensión derivado del Juicio de Amparo en que se actúa en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE).

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