AMPARO
D-415/2017
SEGUNDO TRIBUNAL
COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.
PEDRO SILVERIO RAMOS, promoviendo por mi propio derecho, con la personalidad que
tengo debidamente acreditado dentro del presente juicio, ante ustedes,
comparezco y expongo:
Que,
por medio del presente escrito, vengo a manifestar que la el cumplimiento de la
ejecutoria en su especie de una nueva sentencia emitida por la Segunda Sala en
Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Puebla, es
congruente con todos el material probatorio desahogado dentro del juicio de
origen y con base en el análisis lógico jurídico pertinente. Manifiesto bajo
protesta de decir verdad que dentro del material probatorio existe copia
certificada de la Sentencia emitida por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia
Civil que da por terminadas las tres instancias respecto del Juicio de DIVISIÓN
DE COSA COMÚN que se inició con el juicio número 550/14 que se tramitó en el
Juzgado Primero Especializado en Materia Civil y de Extinción de Dominio del
distrito Judicial de Puebla, Puebla, mismo que sentencio dando la razón al
suscrito, sentencia definitiva que fue apelada por la ahora quejosa y que se tramitó
en la Tercera Sala en Materia Civil del Tribunal superior de Justicia en el
Estado de Puebla, quien confirmó la sentencia definitiva mediante la sentencia
dentro del toca 433/2015 y finalmente el Tercer Tribunal Colegiado en Materia
Civil del Sexto Circuito negó el Amparo Directo con lo que mi 75% sobre el bien
inmueble objeto de la controversia quedó con una superficie de 422.06 metros
cuadrados y, con las siguientes medidas y colindancias:
PEDRO SILVERIO RAMOS
Al
norte mide: 12.86 metros, linda con calle Insurgentes,
Al
sur mide: 16.45 metros linda con lote número ciento uno,
Al
oriente mide: 27.40 metros linda con calle Morelos y
Al
poniente mide en tres tramos: El primero de norte a sur en 9.95 metros, el
segundo tramo quiebra de oriente a poniente en 14.14 metros y colindan con
predio que se segrega, el tercer tramo quiebra de norte a sur en 16.70 metros y
colinda con lote 56. Se anexa plano.
El
25% restante le correspondió a la sucesión a bienes de mi extinta hermana LAURA SILVERIO RAMOS, representada por el Albacea Definitivo MARTÍN TORRES MANCHADO y quedó con una superficie de 140.69 metros cuadrados y, con las
siguientes medidas y colindancias:
MARTÍN TORRES MANCHADO
Al
norte mide 14.14 metros linda con calle Insurgentes,
Al
sur mide: 14.14 metros linda con el resto del lote 57 del cual se segrega,
Al
oriente mide: 9.95 metros linda con el resto del lote 57 y
Al
poniente mide: 9.95 metros y linda con el lote 56.
Por
lo cual, el ahora quejoso mintió al asegurar que la superficie que reclama
dentro del juicio reivindicatorio le pertenece, lo que hice del conocimiento al
juez de origen, a la Sala correspondiente y, ahora a este Tribunal colegiado.
En consecuencia, no prosperó su acción ni sus pretensiones.
Lo
anterior tiene su fundamento en lo establecido en el artículo 196 de la Ley de
Amparo vigente. Por lo que el suscrito considera que la ejecutoria está
cumplida en su totalidad sin excesos ni defectos.
Por
lo anteriormente expuesto y fundado a ustedes, respetuosamente solicito:
ÚNICO.-
Que este Tribunal la consideres cumplida la ejecutoria y en consecuencia se ordene su
archivo.
PROTESTO
A USTEDES MI RESPETO
HEROICA
PUEBLA DE ZARAGOZA, SIETE DE MAYO DE DOS MIL DIECIOCHO
PEDRO SILVERIO RAMOS
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