domingo, 15 de abril de 2018

MODELO DE DEMANDA PARA QUE SE RETIRE ÁRBOL



CIUDADANO JUEZ ESPECIALIZADO EN MATERIA CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUEBLA, PUEBLA EN TURNO







PRISCILA MÍAZ ZÚÑIGA, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio particular el sito en LA CASA MARCADA CON EL NUMERO SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA PRIVADA TREINTA Y DOS A, NORTE, DE LA COLONIA RESURGIMIENTO, DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, señalando como domicilio para oír notificaciones el ubicado en LA CASA MARCADA CON EL NUMERO SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA PRIVADA TREINTA Y DOS A, NORTE, DE LA COLONIA RESURGIMIENTO, DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, nombrando como mis Abogados Patronos a JANET CRUZ LEÓN, quien cuenta con título registrado bajo la partida 697, foja 175 frente, del Tomo I, y, a VICTOR HUGO MÍAZ SERRANO, con título registrado bajo la partida 280, a fojas 70 vuelta, del libro XIV, ambos títulos registrados ante el Honorable Tribunal de Justicia en el Estado, ambos señalan como domicilio particular el sito en LA CASA MARCADA CON EL NUMERO SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA PRIVADA TREINTA Y DOS A, NORTE, DE LA COLONIA RESURGIMIENTO, DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, ante Usted respetuosamente comparezco y expongo:

Que, por medio del presente escrito, vengo a interponer formal demanda en contra de los señores AURORA MERLO RAMOS, SALUSTIO SÁNCHEZ MERLO y WENCESLAO SANCHEZ FLORES, por la siembra de un árbol, plantas y daños ocasionados a mi propiedad, quienes tienen su domicilio para ser emplazados en la casa SEISCIENTOS QUINCE DE LA PRIVADA TREINTA Y DOS A NORTE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, al tenor de las siguientes consideraciones de hechos y de Derecho:

                                   P R E S T A C I O N E S:

A) .- Se ordene se arranquen tanto el árbol de aguacate que está sembrado justo junto a la pared de mi propiedad en virtud de infringir un derecho.

B).- El pago de los daños ocasionados al bien inmueble del cual soy copropietaria en los términos solicitados.

C).- El pago de los gastos y costas judiciales por la tramitación del presente juicio.


H E C H O S:

1.- Tal y como lo demuestro con el instrumento notarial que para tal efecto exhibo soy copropietaria del bien inmueble sito en LA CASA MARCADA CON EL NUMERO SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA PRIVADA TREINTA Y DOS A, NORTE, DE LA COLONIA RESURGIMIENTO, DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, mismo que esta indiviso, respecto de las dos restantes copropietarias, con las medidas y colindancias siguientes:

Al norte mide 28 metros y linda con Javier Ramos,

Al sur mide 28 metros y linda con Salustio Sánchez Moreno,

Al oriente mide 8 metros y linda con privada 32 A norte y,

Al poniente mide 8 metros y linda con lote 25.

2.- Es el caso que, los dueños del bien inmueble marcado con el número SEISCIENTOS QUINCE DE LA PRIVADA TREINTA Y DOS A NORTE DE LA COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, construyeron su casa sin erigir pared alguna en la colindancia sur que para ellos es el norte.

Ahora bien, no conformes con no levantar barda alguna hicieron plantación a todo lo largo del lado sur del bien inmueble de un árbol y diversas plantas, sin ninguna precaución o dispositivos que evitaran la filtración de agua o deterioro de la pared de mi propiedad. Como el árbol de aguacate y las diversas plantas necesitan agua la señora AURORA MERLO RAMOS, tiene la costumbre de regar el árbol y las plantas desde hace aproximadamente treinta años con el consecuente daño a mi propiedad.

3.- No obstante de haberles solicitado tanto al esposo como a la señora AURORA MERLO RAMOS, erradicaran el árbol y las plantas para evitar que hubiera filtraciones de agua, con ello el deterioro por la humedad han hecho caso omiso de mi petición, alegando que, no necesitan permiso alguno para sembrar árboles y plantas en su propiedad, de manera libre de toda injerencia externa a sus voluntades y sin observar la ley civil.

4.- En virtud de la negativa de la parte demandada a no infringir lo que manda el artículo 993 del Código Civil para el Estado de Puebla, de no plantar árboles o plantas de diversa índole a tres metros de la pared sur del bien inmueble de la que soy propietaria.

5.- Ahora bien, debido a que la parte demandada riega el árbol y las plantas en comento, se ha ido filtrando la humedad, produciendo sarro que ha deteriorado las paredes causando que la pintura se caiga o que no se pueda reparar y dar mantenimiento a las misma. En este mismo contexto, las raíces del árbol de aguacate, han ido dañando la pared en la parte donde esta plantado por lo que han surgido grietas en la construcción. En efecto, los daños causados no pueden provenir más que de lo ya marrado. En consecuencia, me veo en la necesidad de iniciar el presente juicio en los términos propuestos.

                D E R E C H O:

I.- DE LA COMPETENCIA.- Es Usted competente para conocer y fallar el presente según lo preceptúa el artículo 108 fracción XII del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla y 39 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.

II.- DEL INTERES, LA CAPACIDAD Y LA PERSONALIDAD.- Tengo interés de acuerdo con lo establecido en el artículo 101, tengo capacidad según lo señala el diverso 102 y mi personalidad tiene su fundamento en lo preceptuado en el dispositivo 103, todos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

III.- DE LA LEGITIMIDAD.- La legitimidad activa y pasiva se satisface de acuerdo al artículo 104 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

IV.- DE LA FORMALIDAD Y LA VALIDEZ.- Es formal y sustancialmente valida la demanda ya que cumple los términos señalados por la ley y que señala el artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

V.- DEL PROCEDIMIENTO.- Son aplicables los numerales 817 al 822 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.

VI.- DEL FONDO DEL ASUNTO.- Son aplicables los artículos 993, 994 y demás relativos aplicables del Código Civil para el Estado de Puebla.
P R U E B A S:

I.- LA DECLARACIÓN DE HECHOS PROPIOS Y AJENOS.- Consistente en la declaración que haga la parte demandada de los hechos propios y ajenos el día y hora que su Señoría señale, al tenor de aquellas posiciones que sean calificadas de legales, con el apercibimiento de que, en caso de no comparecer de manera personalísima sin justa causa se decretaran ciertas y por existente una fundada razón de mi dicho. Prueba con la cual pretendo probar que existen tanto el árbol como las plantas justo junto a la pared sur de mi propiedad que colinda con el inmueble de la demandada, prueba que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente. 

II.- LA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en el instrumento notarial con el cual demuestro que soy copropietaria del bien inmueble sito en LA CASA MARCADA CON EL NUMERO SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA PRIVADA TREINTA Y DOS A, NORTE, DE LA COLONIA RESURGIMIENTO, DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, mismo que esta indiviso. Prueba con la cual demuestro mi interés y colindancia con la parte demandada, misma que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente demanda inicial.

III.- LA PERICIAL EN AVALÚO DE DAÑOS.- Consistente en el dictamen pericial que emita el perito en ingeniería civil GERARDO MÉNDEZ FLORES con número de cedula 1072345 expedida por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaria de Educación pública. Perito quien manifiesta conocer los puntos cuestionados, cuenta con los conocimientos requeridos para dictaminar, acepta, protesta el cargo y, acepta comparecer a la audiencia a ser interrogado en caso necesario y ocurrir  cuantas veces sea necesario. Se anexa cuestionario.

IV.- LA TESTIMONIAL.- consistente en las declaraciones de los señores GABRIEL CASCO MIER con domicilio en PRIVADA TREINTA Y DOS A NORTE SEISCIENTOS DIECINUEVE y DULCE MIEL GARCÍA, con Domicilio en calle SEIS B ORIENTE NUMERO DOS MIL SEISCIENTOS DOS, ambas direcciones de la colonia RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA. Prueba con la que pretendo probar que existen plantados el árbol y las plantas, justo junto en la pared sur de mi propiedad y que existe un daño, misma que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de a presente.

V.- LAS DOCUMENTALES PRIVADAS.- Consistentes en seis placas fotográficas. Pruebas con las cuales demuestro que hay un árbol de aguacate y diversas plantas sembradas a los largo de la pared sur del bien inmueble de mi propiedad, mismas que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos de la presente demanda.

VI.- LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- Consistente la primera en la presunción emanada del artículo 993 del Código Civil para el Estado de Puebla, que señala que no se pueden sembrar árboles a menos de tres metros de distancia si son grandes y de no menos de metro y medio si son pequeños o plantas; en la especie se infringen dichas normas.

La presuncional humana, consistente en la concatenación lógica jurídica que haga su Señoría a partir de un hecho conocido como lo es que hay un árbol y diversas plantas junto a la pared de mi propiedad, así como todas y cada una de las pruebas que se desahoguen dentro del presente a efecto de llegar a la verdad que se quiere. Pruebas con las cuales pretendo probar que existen las infracciones legales señaladas. Pruebas que relaciono con todos y cada uno de los puntos de hechos.


Por lo antes expuesto y fundado a usted Ciudadano Juez, atentamente solicito:


P E T I C I  O N E S:


PRIMERO.- Se tenga por presentado en tiempo y forma el presente escrito de demanda, anexos y copias en términos de ley.

SEGUNDO.- Se señale día y hora para el desahogo de la audiencia de conciliación correspondiente que señale su Señoría.

TERCERO.- Se me tenga por señalado domicilio para recibir todo tipo de notificaciones y por nombrados a los profesionistas como abogados Patronos.

CUARTO.- dictar, en su caso, Sentencia Definitiva, condenando a la parte demandada sean arrancados tanto el árbol como las plantas, y que en su caso sean plantados a tres metros de distancia de mi pared; de la misma manera solicito sea condenada al pago de daños y costas.


                                      PROTESTO MIS RESPETOS



HEROICA PUEBLA DE ZARAGOZA, DOS DE MARZO DE DOS MIL DIECIOCHO





PRISCILA MÍAZ ZÚÑIGA






VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO

ABOGADO PATRONO






JANET CRUZ LEÓN

ABOGADA PATRONA


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