domingo, 22 de abril de 2018

MODELO DE APEO Y DESLINDE



CIUDADANO JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEPEACA DE NEGRETE, PUEBLA.








                                  
MARIA GARCIA RAMOS, promoviendo como Apoderada Legal del señor APOLINAR RAMÍREZ ROSAS, en términos del instrumento notarial que me fue otorgado por el, con domicilio particular el ubicado en CARRETERA FEDERAL VÍA JALAPA CUARENTA Y CINCO SAN JUAN ACOZAC, LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA,  señalando como domicilio para oír notificaciones MORELOS SUR DOSCIENTOS SIETE ALTOS UNO, CENTRO DE LA CIUDAD DE TEPEACA DE NEGRETE, PUEBLA, nombrando como mis Abogados Patronos a JANET CRUZ LEÓN, quien cuenta con título registrado bajo la partida 697, foja 175 frente, del Tomo I, y, a VICTOR HUGO MÍAZ SERRANO, con título registrado bajo la partida 280, a fojas 70 vuelta, del libro XIV, ambos títulos registrados ante el Honorable Tribunal de Justicia en el Estado, ambos señalan como domicilio particular el sito en LA CASA MARCADA CON EL NUMERO SEISCIENTOS DIECISIETE DE LA PRIVADA TREINTA Y DOS A, NORTE, DE LA COLONIA RESURGIMIENTO, DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, ante Usted respetuosamente comparezco y expongo:


Que, por medio del presente escrito, vengo a interponer formal juicio de Apeo y deslinde, en jurisdicción voluntaria, pidiendo se cite al señor EFRÉN SÁNCHEZ LIMÓN, quien pudiera tener interés legal dentro de las presentes diligencias; señalándole como domicilio para que sea citado el ubicado en CALLE REFORMA CIEN DE SAN JUAN ACOZAC, MUNICIPIO DE LOS REYES DE JUÁREZ, PUEBLA, para que comparezca en términos de ley por sí o por apoderado para que exhiban títulos o documentos que acrediten su propiedad o posesión.


                              P R E S T A C I O N E S:


A.- Que mediante resolución judicial se determinen los límites, superficie y medidas y colindancias del bien inmueble objeto de las presentes diligencias de Apeo y deslinde.


 B.- Que se cite al señor EFRÉN SÁNCHEZ  LIMÓN, quien pudiera tener interés legal dentro de las presentes diligencias


Fundo mi solicitud en los siguientes hechos y consideraciones legales:


                                                      H E C H O S:


1.- Tal y como acredito con la escritura, en dicho acto jurídico consta en el volumen 185, instrumento 10,518 pasado ante la fe del LICENCIADO JUAN RODRÍGUEZ ABILA, NOTARIO TITULAR DE LA NOTARIA UNO DE TEPEACA, PUEBLA, que en el capítulo de los ANTECEDENTES fracción SEGUNDA que en el primer testimonio del instrumento 10,518, volumen 185 de fecha otorgada el cuatro de mayo de dos mil uno, pasado ante la fe del LICENCIADO JUAN RODRÍGUEZ ABILA, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO UNO DE LOS DE TEPEACA, PUEBLA, el señor APOLINAR RAMÍREZ ROSAS, adquirió la propiedad de un predio rustico dedicado a la agricultura, ubicado del municipio de los Reyes de Juárez, Puebla con las siguientes medidas y colindancias:


Al norte: Diecisiete metros colinda con Jaime Rosas,


Al Suroeste: treinta metros colinda con Efrén Ramirez,


Al Oriente: treinta y dos metros colinda con camino.


Inmueble que cuenta con una superficie privativa de doscientos setenta y dos mil metros cuadrados (272.00 m2), documental que se anexa al presente escrito.


2.- Mediante instrumento notarial 14206, volumen CCXVIII, pasado ante la fe del notario público número uno de los del Distrito Judicial de Tepeaca de Negrete, Puebla, Maestro en DERECHO PAULO JAVIER RODRÍGUEZ CASTELLANO, me fue otorgado poder General para Pleitos y Cobranzas, Poder General para Actos de Administración y Poder Especial para Actos de Dominio de Inmuebles Irrevocable y sin Obligación de Rendir Cuentas, respecto del bien inmueble descrito en el punto uno de Hechos del presente; tal y como lo demuestro con la documental en cita.


3.- No obstante que en el primer testimonio del instrumento 10,518, volumen 185 de fecha otorgada el cuatro de mayo de dos mil uno, pasado ante la fe del LICENCIADO JUAN RODRÍGUEZ ABILA, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO UNO DE LOS DE TEPEACA, PUEBLA, se especifica que las medidas, colindancias y superficie son las ya narradas un posterior levantamiento topográfico del predio en cita, determinó que las medidas, colindancias y superficie correctas son las siguientes:


Al sureste: Dieciséis metros con cincuenta centímetros, colinda con Jaime Robles;


Al noreste: Veintinueve metros con noventa y siete centímetros, colinda con Efrén Sanchez y


Al suroeste: treinta y cuatro metros con quince centímetros, colinda con carretera federal.


Con una superficie de 247. 10 metros cuadrados, tal y como lo pruebo con la documental publica expedida por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla, el mes de octubre de dos mil trece.


4.- Ahora bien, debido a la expropiación que realizo la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, a través de la Dirección General de Carreteras Federales, se afectó tanto las medidas como la superficie, quedando de la siguiente manera:

Al sureste: Siete metros con setenta y tres centímetros, colinda con Jaime Rosas;


Al suroeste: Veintidós metros con sesenta y ocho centímetros, colinda con Efrén Sánchez Limón y


Al suroeste: Veintitrés metros con noventa y dos centímetros, colinda con carretera federal.


Con una superficie de 87.47 metros cuadrados, tal y como lo pruebo con la documental publica expedida por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, a través de la Dirección General de Carreteras Federales.


5.- El presente Apeo y Deslinde debe ejecutarse principalmente en el lado suroeste, mismo que colinda con el predio del señor EFRÉN SÁNCHEZ LIMÓN, de quien ya se ha señalado domicilio y quien pudiera tener interés en las presentes diligencias.


6.- En el plano que se adjunta y objeto de las presentes diligencias se señalan los lugares donde deben colocarse las señales que marquen las líneas de división entre el referido inmueble y el colindante.


7.- Finalmente, solicito se me tenga por nombrado como perito para las presentes diligencias al INGENIERO GERARDO MÉNDEZ FLORES, quien cuenta con título expedido por la Dirección General de Profesiones, dependiente de la Secretaria de Educación Pública y cédula profesional número 1070307, mismo que cuenta con los conocimientos necesarios para intervenir dentro de las presentes diligencias, realizar todas y cada una de ellas el día que se señale para tal efecto.


                                                   D E R E C H O:


I.- DE LA COMPETENCIA.- Es Usted competente para conocer y fallar el presente según lo preceptúa el artículo 108 fracción XII del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla y 39 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.


II.- DEL INTERES, LA CAPACIDAD Y LA PERSONALIDAD.- Tengo interés de acuerdo con lo establecido en el artículo 101, tengo capacidad según lo señala el diverso 102 y mi personalidad tiene su fundamento en lo preceptuado en el dispositivo 103, todos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.


III.- DE LA LEGITIMIDAD.- La legitimidad activa y pasiva se satisface de acuerdo al artículo 104 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.


IV.- DE LA FORMALIDAD Y LA VALIDEZ.- Es formal y sustancialmente valida la demanda ya que cumple los términos señalados por la ley y que señala el artículo 105 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.


V.- DEL PROCEDIMIENTO.- Son aplicables los numerales 817 al 822 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla.


Por lo antes expuesto y fundado a usted Ciudadano Juez, atentamente solicito:


PRIMERO.- Se tenga por presentado en tiempo y forma el presente escrito de demanda, anexos y copias en términos de ley.


SEGUNDO.- Se señale día y hora para el desahogo de la presente diligencia de apeo y deslinde que señale su Señoría.


TERCERO.- Se me tenga por señalado domicilio para recibir todo tipo de notificaciones y por nombrados a los profesionistas como abogados Patronos.


CUARTO.- Determinar lo que por ley corresponda dentro del presente Apeo y Deslinde.


                                                      PROTESTO MIS RESPETOS


TEPEACA DE NEGRETE, PUEBLA, DIECISÉIS DE ABRIL DE DOS MIL DIECIOCHO.






 MARIA GARCIA RAMOS






JANET CRUZ LEÓN

ABOGADA PATRONA






VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO

ABOGADO PATRONO





INGENIERO GERARDO MÉNDEZ FLORES

PERITO

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