EXP. 498/2011
CIUDADANO
JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN PEDRO CHOLULA, PUEBLA.
VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, promoviendo
con el carácter de Abogado Patrono de JORGE GONZÁLEZ PEREZ,
personalidad que tengo debidamente acreditada en autos, ante Usted, con el
debido respeto comparezco y expongo:
Que, por medio del presente escrito,
vengo a solicitar que, se le notifique de manera personal a la señora JUANA CORTÉS RAMIREZ que, toda vez que se
ratificó el convenio y su modificación, por medio del cual se disolvió la
Sociedad Conyugal, entre mí cliente y su entonces esposa, quedando los bienes inmuebles
de la siguiente manera, para mi representado el usufructo vitalicio del bien
sito en la Unidad Habitacional Cuatro Caminos, calle Estacionamiento número
Ocho, Edificio Sesenta y siete, departamento siete de Cuautlancingo, así mismo,
se me otorgó el usufructo vitalicio del bien inmueble ubicado en el numero
Treinta y Ocho, letra “A”, de la calle Estación Central, del lote catorce,
Manzana Dos, del conjunto Habitacional Misiones de San Francisco II, con número
oficial veinticinco, de la calle Lado Norte del Anillo Periférico, Municipio de
Coronango, ambas direcciones del Estado de Puebla; sin embargo, hasta la fecha
ambos bienes inmuebles los usufructúa la Señora JUANA CORTÉS RAMIREZ,
incumpliendo con el convenio y sentencia definitiva. En consecuencia, solicito
se le notifique el sentido del convenio y se le haga saber que tiene que hacer
la entrega física de los mismos al señor JORGE GONZÁLEZ PEREZ. Lo anterior tiene su fundamento en lo
establecido en los artículos 19, 22, 25, 677, 678 y demás relativos aplicables
del Código de Procedimientos Civiles parea el Estado de Puebla.
Por lo anteriormente expuesto y fundado
a Usted, respetuosamente solicito:
ÚNICO.- Se me tenga por presentado en
tiempo y forma legal el presente escrito, solicitando se no notifique de manera
personal y se cite a la señora JUANA CORTÉS RAMIREZ, a efecto de que se le
confirme los términos del convenio.
PROTESTO A USTED MI RESPETO
SAN PEDRO CHOLULA, PUEBLA, TRES
DE ENERO DE DOS MIL DIECIOCHO
VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO
ABOGADO PATRONO
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