domingo, 22 de noviembre de 2020

REQUERIMIENTO DE RATIFICACION DE ESCRITO

 

RAZÓN DE CUENTA. En doce de noviembre del dos mil veinte, la suscrita Secretaria de Acuerdos Par, procede a dar cuenta al Ciudadano Juez con una promoción electrónica de LOURDES AQUINO CENTENO, recibida en el Sistema Electrónico de Control y Gestión de este Tribunal el diez de noviembre del dos mil veinte e impreso por el Oficial Mayor de este Juzgado el once de noviembre del año en curso y turnado para su acuerdo correspondiente el doce del mismo mes y año. Conste.

 

EXP. NO.1096/2019/2C. PTC.

 

Ciudad Judicial Puebla, a doce de noviembre del dos mil veinte.

 

Agréguese a los autos la promoción electrónica de cuenta, para que surta sus efectos legales procedentes, visto su contenido, con fundamento en los artículos 33 y 201 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, y 31 del Reglamento del Tribunal Virtual, se acuerda:

 

ÚNICO. Téngase a LOURDES AQUINO CENTENO parte actora, pretendiendo desistirse de la instancia dentro del presente juicio, por así convenir a sus intereses; en ese contexto y tomando en consideración que puede constituir la pérdida de un derecho, esta Autoridad estima pertinente requerirla para que dentro del término de tres días, comparezca con identificación oficial vigente y copia de la misma, observando la sana distancia, el uso de cubrebocas y careta obligatorio, con la finalidad de privilegiar el derecho humano a la salud y a la vida tanto de los trabajadores del Poder Judicial del Estado, como de los propios usuarios, en atención a las medidas tomadas por el Consejo de la Judicatura del Estado de Puebla, para prevenir riesgos laborales, dada la Contingencia Sanitaria por el Virus COVID-19, con la finalidad de ratificar su solicitud, bajo el apercibimiento que de no hacerlo en el lapso establecido, se tendrá por no presentada su petición, lo que necesariamente implicaría desechar la misma sin ulterior acuerdo.

 

NOTIFÍQUESE EN TÉRMINOS DE LEY.

 

Así lo proveyó y firma el C. MARCO ANTONIO GABRIEL GONZÁLEZ ALEGRÍA, Juez Segundo Especializado en Materia Civil del Distrito Judicial de Puebla, ante la ABOGADA ELIZABETH CHANTRÉ ORTEGA, Secretaria que autoriza. DOY FE.

 

 

 

JUEZ.

 

 

C. MARCO ANTONIO GABRIEL GONZÁLEZ ALEGRÍA.

 

 

 

 

SECRETARIA.

 

 

 

ABOGADA ELIZABETH CHANTRÉ ORTEGA


No hay comentarios.:

Publicar un comentario