En
nueve de septiembre de dos mil veinte, la Secretaria de acuerdos da cuenta al
Juez para su acuerdo, con el escrito de VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, recibido el
siete de septiembre de dos mil veinte, así como los autos del expediente en que
se actúa, a fin de acordar lo procedente. Conste
C.
SECRETARIA
MARÍA
GRACIELA RIVERO ROSAS
XICOTEOPEC DE JUÁREZ,
PUEBLA, NUEVE DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE.
Agréguese
el escrito de cuenta a los presentes autos, visto su contenido y con fundamento
en lo establecido en los artículos 80, 86, 229, 429, 431y 437 y demás relativos
del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla, se acuerda:
1. –
Téngase por recibido el escrito de VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, haciendo las
manifestaciones que del mismo se desprenden y toda vez que en diligencia de
fecha cinco de marzo de dos mil diecinueve, la Diligenciaria de la Adscripción,
se constituyó en el domicilio del demandado ERNESTO PAREDES CHÁVEZ, a fin de
que hiciera la entrega del bien inmueble materia de la presente litis, en termino
de tres días, sin que hasta la fecha lo haya hecho, es por lo que se hace
efectivo el apercibimiento decretado por auto de fecha diecinueve de febrero de
dos mil diecinueve, y como lo solicita el promovente en ejecución de sentencia,
se ordena el lanzamiento a través de la fuerza pública del demandado ERNESTO
PAREDES CHÁVEZ, respecto del inmueble que se identifica como el sito en Calle
General Lindoro Hernández sin numero de Piedras Negras, Municipio de Jalpan,
Puebla, cuyas medidas y colindancias son: AL NORTE MIDE CUATRO METROS CON
CINCUENTA Y UN CENTÍMETROS Y COLINDA CON PROPIEDAD DE JOSÉ PAREDES LIMÓN; AL
SUR MIDE CUATRO METROS SETENTA Y NUEVE CENTÍMETROS Y COLINDA CON CALLE GENERAL
LINDORO HERNÁNDEZ; AL ORIENTE MIDE DIECIOCHO METROS Y COLINDA CON PROPIEDAD DE
HORTENSIA CHÁVEZ Y AL PONIENTE MIDE DIECIOCHO METROS Y COLINDA CON PROPIEDAD
DEL SEÑOR MATEO SANTOS RAMÍREZ; EN CONSECUENCIA, SE ORDENA TURNAR LOS AUTOS A
LA CIUDADANA DILIGENCIARIA DE LA ADSCRIPCIÓN PARA QUE SE CONSTITUYA EN EL
INMUEBLE MATERIA DE ESTA LITIS Y ASOCIADA DE LA PARTE ACTORA LEONILA PAREDES
CHÁVEZ, y le haga entrega material del mismo, totalmente vacío, desocupado y
deshabitado, con todos sus usos, costumbres y accesiones, autorizando el
rompimiento de chapas y cerraduras, debiéndose girar el oficio correspondiente
al Agente del Ministerio Publico, de la Adscripción para que ordene a elementos
a su mando presten el auxilio solicitado a la Diligenciaria Adscrita a este
Juzgado para el desahogo de la Diligencia ordenada, señalándose cualquier día y
hora hábil de oficina para llevar a cabo la misma.
NOTIFÍQUESE
EN TÉRMINOS DE LEY.
Así
lo acordó y firma la maestra en Derecho MARÍA DEL ROSARIO SÁNCHEZ AGUILERA,
Jueza de lo Civil de este Distrito Judicial ante el Secretario que autoriza y
da fe, abogado ELÍAS SÁNCHEZ PÉREZ.
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