martes, 10 de noviembre de 2020

ACUERDO QUE NIEGA PETICION POR ESTAR PENDIENTE LA INTERLECUTORIA

 

RAZÓN DE CUENTA. – En diecisiete de septiembre de dos mil diecisiete, doy cuenta con el escrito del Licenciado EFRÉN SÁNCHEZ LÓPEZ, al ciudadano Juez de este Distrito Judicial, escrito recibido el catorce del mismo mes y año. Para su acuerdo. Conste

 

SECRETARIO PAR

 

LICENCIADO ALEJANDRO ACA ACA

 

Expediente 902/2019. Tepeaca de Negrete, diecisiete de septiembre de dos mil veinte.

 

Agréguese el escrito signado por Licenciado EFRÉN SÁNCHEZ LÓPEZ, recibido el catorce de septiembre de so mil veinte y visto su contenido, con fundamento en lo establecido en el articulo 89 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, se le hace saber al ocursante que no ha lugar a acordar de conformidad lo solicitado, en virtud de encontrase pendientes de resolver las reclamaciones interpuestas; una, por el abogado VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, en contra del auto de fecha seis de enero de dos mil veinte y, la otra, interpuesta por el propio Licenciado EFRÉN SÁNCHEZ LÓPEZ, contra el auto de fecha treinta de enero de dos mil veinte.

 

Cabe aclarar que, por un error involuntario, en la parte fine de la diligencia de veinticinco de febrero de dos mil veinte, en la que se desahogaron las pruebas aportadas por las partes contendientes; así como la formulación de alegatos y citación para sentencia (ver foja 232 vuelta), conforme lo preceptúa el diverso 228 del Código Procesal Civil para la entidad federativa, se asentó que la persona que formuló alegatos fue el abogado patrono de la parte actora VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO, cuando el mismo se reservo su derecho a realizar los mismos, en consecuencia, se advierte que quien realizó dichos alegatos fue el abogado patrono de la parte demandada; es por ello que así se tomaran en cuenta en su momento procesal oportuno.

 

NOTIFÍQUESE A LAS PARTES EN TÉRMINOS DE LEY.

 

Así lo provee y firma el ciudadano Licenciado ÁLVARO BERNAL VILLAR OSORIO. Juez de lo civil del Distrito Judicial de Tepeaca, Puebla, ante el ciudadano Licenciado ALEJANDRO ACA ACA, Secretario de Acuerdos ante quien actúa y da fe.


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