CIUDADANO JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO DEL DISTRITO
JUDICIAL DE TECAMACHALCO, PUEBLA
ALEJANDRA RODRÍGUEZ TÉLLEZ, promoviendo por
mi propio derecho y en representación de mi menor hijo ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, señalando como domicilio particular el sito en CALLE DE LA RIVERA,
EDIFICIO DOS, INTERIOR “G” TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA JALISCO Y LA CASA MARCADA CON
EL NUMERO CIENTO OCHO, AVENIDA SEIS PONIENTE, BARRIO SAN ANTONIO, ACATZINGO
PUEBLA, nombrando como mis
Abogados Patronos a los Licenciados VÍCTOR HUGO MÍAZ SERRANO y/o JANET
CRUZ LEÓN; el primero, cuenta con título debidamente registrado bajo la partida
280, a fojas 70 vuelta, del libro XIV; la segunda, cuenta con título
debidamente registrado bajo la partida 697, foja 175 frente, del Tomo I;
ambos ante el Tribunal Superior de
Justicia en el Estado de Puebla, y quienes señalan como domicilio particular el
ubicado en PRIVADA TREINTA Y DOS “A” NORTE, SEISCIENTOS DIECISIETE, DE LA
COLONIA RESURGIMIENTO DE LA CIUDAD DE PUEBLA, PUEBLA, ante Usted, con el debido
respeto comparezco y expongo:
Que, por medio del presente
escrito y documentos que acompaño, vengo
a promover JUICIO PRIVILEGIADO consistente en la DECLARACIÓN JUDICIAL SOBRE LA GUARDA Y CUSTODIA
DEFINITIVA, de mi menor hijo ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, mismo que promuevo en contra del señor HIPÓLITO MARTÍNEZ MEDINA, de quien señalo domicilio
para su legal emplazamiento el ubicado en CALLE VICTORIA TRESCIENTOS Y/O AVENIDA CUATRO ORIENTE SIN NÚMERO ENTRE VICTORIA Y CALLE
GUADALUPE, AMBAS DIRECCIONES PERTENECIENTES A DE SANTA ÚRSULA CHICONQUIAC,
GENERAL FELIPE ÁNGELES, PUEBLA de a
quien reclamo las siguientes:
P R E S T A C
I O N E S:
I.- Se decrete de inmediato y de manera provisional la
preferencia de GUARDA Y CUSTODIA respecto del menor ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRIGUEZ para después
hacerlo de manera DEFINITIVA en la sentencia correspondiente y
definitiva.
II.- Se ordene al demandado la entrega
inmediata y de manera provisional y en su caso de manera definitiva la guarda y
custodia a favor de la suscrita.
III.- El pago de los gastos y costas que se generen la
tramitación del presente juicio.
H E C H O S
1.- Desde el inicio del año dos mil once, inicie una
relación de concubinato con el señor HIPÓLITO MARTÍNEZ MEDINA, en una vivienda de SANTA ÚRSULA municipio GENERAL FELIPE
ÁNGELES, PUEBLA, hasta el día tres de mayo de dos mil catorce.
2.- Producto de la relación a la que se refiere el punto
que antecede, el demandado y la suscrita procreamos un hijo de nombre ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, tal
y como lo demuestro con la copia certificada del acta de nacimiento de mi hijo.
3.- Como ya lo he referido, con fecha tres de mayo de dos
mil catorce, nos separamos, el ahora demandado y la suscrita. El motivo de la
separación del ahora demandado y la suscrita, lo fue la violencia familiar en
contra de la suscrita y mi menor hijo, ya que se enojaba por el hecho de no
poder mantenernos pues yo me dedicada a las labores del hogar y no percibía
ingresos. Mi concubino me decía que era una tonta exigente y que mi hijo era
una carga mientras me daba de empujones; esto ante la presencia de vecinos y
conocidos.
Esta conducta agresiva y soez se repetía constantemente y
con motivo de ello decidí separarme de mi concubino, quedándome con la custodia
y guarda; además del pago de todos y cada uno de los gastos que generaron el
mantenimiento de mi menor hijo ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, sin que su padre se preocupara ni ocupara de
pagar gasto alguno. No obstante lo
anterior, en todo momento permití que tuviera convivencia con su menor hijo,
cuando así me lo solicitaba.
4.- Ahora bien, no obstante de no haberse ocupado en pagar
los gastos generados por la manutención de nuestro menor hijo, el padre del
mismo HIPÓLITO MARTÍNEZ MEDINA, desde
que nos separamos no dejo de acosarme y amenazarme con quitarme a mi hijo y, no
volver a dejármelo ver y con darme una golpiza cada vez que yo intentara
recuperar la guarda y custodia de mi menor hijo; lo que ocurrió con fecha
veintiuno de junio de dos mil dieciocho.
Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que la suscrita
tiene los ingresos económicos suficientes para mantener a mi menor hijo y, a mí
misma y por el contrario el padre de mi hijo no cuenta con trabajo fijo ni
residencia fija por lo que lo he andado buscando por diversas ciudades pues
huye con mi menor hijo a efecto de que la suscrita no tenga ningún contacto con
el mismo; lo que traerá como consecuencia falta de identidad, sano desarrollo
tanto físico como mental así como social. En consecuencia y por el interés
superior de mi hijo se debe determinar lo conducente en términos de ley.
5.- En consecuencia, como medida precautoria, solicito a su
Señoría la Guarda y custodia provisional,
en virtud de ser la más capacitada e idónea para ello pues siempre he velado
porque tenga todos los bienes y servicios para su adecuado crecimiento y su
sano desarrollo mental, social y educativo.
6.- El día veintiuno de junio, de dos mil dieciocho, siendo
las once de la mañana, me encontraba en mi domicilio, ubicado en calle de la
rivera, edificio dos, interior “c” fraccionamiento valle de Tejeda, Tlajomulco
de Zúñiga, Jalisco. Cuando llego Hipólito Bartolomé Medina, abrí la puerta y me
dijo que quería ver a mi hijo Tadeo Alejandro Bartolomé Martínez, a lo que yo
acepte cuando llego mi hijo Tadeo Bartolomé Martínez, Hipólito lo abrazo, volteo
hacia mí y me dijo despídete del niño porque esta es la última vez que lo vas a
ver, de inmediato le dije que no, e intente tomar a mi hijo, entonces Hipólito
me dijo se hará por mis huevos hija de la chingada, a lo que yo, intento
agarrar otra vez a mi hijo y le dije que estás haciendo? ya habíamos quedado en
un acuerdo, a lo que él me respondió ya te dije que se va a hacer lo que yo
diga y lo que yo quiera, sigo intentando sujetar a mi hijo, luego de eso HIPOLITO MARTINEZ MEDINA con su mano derecha abierta me empuja de mi pecho, comienzo a
gritarle dame a mi hijo, dame a mi hijo, en eso Hipólito saca de atrás de su
pantalón con su mano derecha una pistola, color negro, media veinte centímetros
aproximadamente, y me apunta a la cabeza y me dice, te voy a dar en la madre, y
si me buscas te mato, yo seguí gritándole por favor dame a mi hijo, tomo a mi
hijo y sale corriendo a la calle, yo salí detrás de él y alcanzo a ver que se
sube a un auto color dorado al que no pude verle las placas y se van con rumbo al
poniente.
7.- bajo protesta de decir verdad, manifiesto que el
demandado HIPÓLITO MARTÍNEZ MEDINA, no cuenta con un domicilio propio, y es
por eso que se ve en la necesidad de habitar inmuebles propiedad de sus
familiares ni cuenta con trabajo estable;
en consecuencia, carece de los medios materiales e idóneos para el sano
desarrollo de mi menor hijo
8.- en fecha diecisiete de agosto de dos mil ocho realice
una llamada telefónica al demandado HIPÓLITO MARTINEZ MEDINA para tener contacto con mi menor hijo y cerciorarme que se
encontraba bien, durante la llamada el demandado se manejó con un lenguaje soez
y presento negativa en que tuviera contacto con mi menor hijo, además
manifiesto que desde el día en que el
demandado se llevó a mi menor hijo, he tratado de tener contacto con él y la la
respuesta que he obtenido siempre ha sido negativa
D E R E C H O:
I.- Es usted competente Ciudadano Juez para conocer de las
presentes diligencias, en términos de los artículos 14, 16, 104 fracción
I y 133 Constitucional, 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, 100
y 108 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.
II.- Mi personalidad se encuentra debidamente acreditada,
de acuerdo a los artículos 8, 101, 102, 103 del Código de Procedimientos
Civiles para el Estado.
III.- En cuanto al fondo del asunto se encuentra
reglamentado por los artículos 291, 293, 600, 635, 636, y demás relativos y
aplicables al Código Civil para el Estado.
IV.- En cuanto al procedimiento se encuentra establecido
por los artículos 677, 679, 680, 685 y demás relativos y aplicables del Código
de Procedimientos Civiles para el Estado.
P R U E B A S:
I.- LA DECLARACIÓN DE HECHOS PROPIOS.- Consistente en las posiciones que el señor HIPÓLITO MARTÍNEZ MEDINA, deberá absolver de
viva voz y que mi abogado patrono formulara el día que Usted tenga a bien
señalar y que en forma personalísima la demandada deberá absolver para el
desahogo de la pre aludida prueba, apercibiéndole que para el caso de no comparecer
a la citación sin justa causa, será declarado confeso al tenor de las
posiciones que resulten calificadas de legales, probanza que se aporta para
probar todos y cada uno de los hechos narrados en la presente demanda.
II.- LA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en todas y cada una de las actuaciones
practicadas y las que se practiquen dentro del presente juicio, en tanto y cuanto
favorezcan a mi interés Prueba que tiene como fin demostrar todos y cada uno de
los puntos de la presente demanda y que se relacionan con todos los puntos de
hechos del presente escrito inicial.
III.- LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en el acta de nacimiento de mi menor hijo ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ,
probanza que tiene relación con el punto dos de hechos del presente escrito y
que se ofrece para demostrar de que producto de la relación que existió entre
la hoy demandada y el suscrito procreamos al menor de referencia que tengo la
patria potestad y que es procedente otorgarme la guarda y custodia provisional
y definitiva. Anexo 1.
IV.-LA DOCUMENTAL PÚBLICA.- Consistente en la Constancia de
Hechos número 70/2014/GFA, donde consta la declaración de los hechos de la
suscrita. Prueba que ofrezco para demostrar que la suscrita tenía la guarda y
custodia; además del mantenimiento de mi menor hijo ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ y que tiene relación con el punto tres de hechos de la presente demanda. Anexo
2.
V.-LA DOCUMENTAL PUBLICA.- consistente en las constancias de
estudio de la escuela Francisco Villa, en
Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, con clave “14DJN1557M” folios RE14180170544 y RE14171720900, expedidas por
la Secretaría de educación pública. Prueba que se ofrece para acreditar que, mi
menor hijo ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, siempre ha estado bajo mi cuidado y custodia, y que siempre
he procurado el sano desarrollo físico, emocional mental y educativo de mi hijo
y que relaciono con los puntos cuatro y cinco de la presente demanda.
VI.-LA INSPECCIÓN
JUDICIAL.- Misma
que consiste en la inspección que haga el personal del juzgado en cada una de
las direcciones señaladas y que son domicilios donde se cambia, por el momento,
para evitar que tengamos el mínimo contacto mi hijo y la suscrita. Prueba que
se ofrece para acreditar que el padre de mi menor hijo se niega a que tengamos
sana convivencia en términos de ley. Prueba que se relaciona con el punto cuatro
y siete de hechos del presente libelo.
VII.- LA TESTIMONIAL.- Consistente en la declaración de viva voz que rindan las
personas dignas de fe de los hechos que saben y les constan respecto de
la guarda y custodia de mi menor hijo ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ. Probanza que estará a cargo de MARÍA GARCÍA SALAS, con
domicilio en AVENIDA ROMA 288, CLOUSTER 12, FRACCIONAMIENTO HACIENDA DE SANTA
FE, TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, JALISCO, y de VIANEY RODRÍGUEZ LARA,
con domicilio en CALLE DE LA RIVERA, EDIFICIO DOS, INTERIOR “F” TLAJOMULCO DE
ZÚÑIGA, JALISCO probanza que tiene relación con todos y cada uno de los
puntos de hechos del presente escrito, en especial y concreto con el punto
número seis de hechos de la presente demanda inicial y que se ofrece para
demostrar que mi menor hijo ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRIGUEZ, estaría mejor con la suscrita en atención a
su desarrollo integral.
VIII.-LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- Consistente en las deducciones
lógico jurídicas que haga su Señoría, partiendo de una presuncional legal y de
la humana para encontrar la verdad buscada.
La presuncional legal, la hago
consistir en la que se deriva del articulo 634; toda vez que el padre de mi
menor hijo al tener actualmente la guarda y custodia realiza conductas evasivas
para que mi menor hijo y la suscrita no tengamos la convivencia que exige la
ley.
La presuncional humana, ha hago
consistir en el hecho de cambiarse de domicilio y de evitar que tanto mi hijo
como la suscrita tengamos una sana convivencia a pesar de ser necesaria la
convivencia también con la suscrita por ser su madre para evitar cualquier
anomalía mental, cultural, social y familiar en el futuro inmediato.
IX.-LA DOCUMENTAL PRIVADA.- consistente en la grabación de
audio, de la llamada telefónica realizada por la suscrita al ahora demandado en
fecha, diecisiete de agosto de dos mil dieciocho, con el fin de tener contacto
con mi menor hijo ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ; prueba que ofrezco a fin de demostrar el trato soez que el
demandado tiene hacia la suscrita y la negativa a que exista una sana
convivencia entre mi menor hijo y esta
parte actora, misma que relaciono con el punto ocho de los hechos de la
presente demanda
X.-PRUEBA DE RECONOCIMIENTO de la documental privada;
consistente en el reconocimiento del contenido y la autoría del mismo, de la
grabación de la llamada, realizada en fecha veintiuno de agosto de dos mil
dieciocho, entre la suscrita y el ahora
demandado, prueba que ofrezco con el fin de probar el contenido y la autoría
del mismo y que relaciono con el punto ocho del capítulo de hechos de la
presente demanda.
Por lo anterior expuesto y fundado a Usted Señor/a Juez de
lo Familiar en Turno, solicito se sirva
PRIMERO.- Tenerme
por presentada con este escrito, promoviendo juicio especial consistente en
la DECLARACIÓN JUDICIAL SOBRE CUSTODIA DEFINITIVA de mi menor
hijo ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ a favor
de la suscrita y en contra de HIPÓLITO MARTÍNEZ MEDINA.
SEGUNDO.- Decretar la guarda y custodia provisional y en su
momento la definitiva, así como la entrega de mi menor hijo con
todas sus consecuencias y con las
copias simples se sirva correr traslado al demandado en términos de ley,
apercibiendo al demandado que en caso de no hacerlo se le impondrá una de las
medidas de apremio que por ley son conducentes.
TERCERO.- Señale
día y hora, para efecto de que tenga verificativo de JUNTA DE AVENENCIA para
discutir los derechos de protección de los interese particulares de mi menor
hijo ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRÍGUEZ, para que su Señoría
resuelva lo conducente y de no lograrlo se desahogue el material probatorio que
así lo requiera para que posteriormente se sirva dictar la sentencia
definitiva.
CUARTO.- Previos trámites
de Ley, se dicte sentencia definitiva otorgándole la DECLARACIÓN JUDICIAL
SOBRE CUSTODIA DEFINITIVA de mi menor hijo ALEJANDRO MARTÍNEZ RODRIGUEZ, a favor de la suscrita ALEJANDRA RODRIGUEZ TELLEZ.
PROTESTO A USTED MI RESPETO
TECAMACHALCO PUEBLA, VEINTE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO
ALEJANDRA RODRÍGUEZ TELLEZ,
VÍCTOR HUGO MÍAZ
SERRANO
ABOGADO PATRONO
JANET LEÓN CRUZ
ABOGADA PATRONA