Razón de cuenta. En Tepeaca, Puebla, a 04 cuatro de julio de dos mil dieciocho. Doy cuenta al Ciudadano Juez con el escrito del sentenciado REMIGIO GARCIA ROMERO, para acuerdo. CONSTE.
PROCESO NÚMERO 63/2014
En Tepeaca, Puebla, a cuatro de julio de dos mil dieciocho.
Agréguese a sus autos lo de cuenta para que surta sus efectos legales procedentes y visto su contenido con fundamento en lo dispuesto en los artículos 31, 45, 271, 273 fracción I, 275, 277, 278, 282 y 283 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social para el Estado se acuerda:
PRIMERO.- Se tiene al sentenciado REMIGIO GARCIA ROMERO, interponiendo Recurso de Apelación por escrito, en contra de la sentencia condenatoria, pronunciada el diecinueve de junio de dos mil dieciocho, y toda vez que el mismo se encuentra interpuesto en tiempo y forma legal, se admite de plano, por lo que en su oportunidad remítase ORIGINAL de los autos en que se actúa, mediante atento oficio a la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado que en Turno le corresponda substanciar este medio de impugnación, por lo que prevéngase a las partes, a excepción del representante social, para que señale domicilio para recibir notificaciones ante el Tribunal de Alzada, en la inteligencia que de no hacerlo, se les notificará por cédula que se colocará en los estrados de la Sala que conozca sobre la substanciación de dicho recurso, así mismo se previene al sentenciado para que nombre defensor ya que de no hacerlo se le nombrara al defensor público.
SEGUNDO.- Se tiene por recibido el oficio número 0328/2018 de la Directora del Centro de Reinserción Social de Tepeaca, Puebla, mediante el cual solicita se informe el estado procesal que guarda la presente causa penal, en contestación infórmesele que el diecinueve de junio de dos mil dieciocho, se pronunció sentencia condenatoria a REMIGIO GARCIA ROMERO, resolución que le fue comunicada mediante oficio número 2039, el cual recibió el veintidós de junio del dos mil dieciocho. Así mismo que con esta fecha se admitió el recurso de apelación interpuesto por el mencionado sentenciado en contra del fallo definitivo.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
Así lo acordó y firma el Maestro en Ciencias Penales MARCO ANTONIO BENITES RODRÍGUEZ, Juez del Juzgado Penal de Tepeaca, Puebla, ante la Abogada ANGÉLICA ZAMORA MENDOZA, Secretaria de acuerdos que autoriza y DOY FE.
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